Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

Que conforme a la Resolución Nº 947 del 24 de Julio de 2020, de la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social, le corresponde a la afiliada percibir un haber jubilatorio mensual de pesos siete mil seiscientos treinta y tres con cuarenta y cuatro centavos $
7.633,44, a partir del mes de Julio de 2020, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos cuatro mil quinientos veinte con cuatro centavos $ 4.520,04 y b Haber Solidario: 60 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos tres mil ciento trece con cuarenta centavos $
3.113,40.
Por ello:
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Conceder el beneficio de Jubilación Ordinaria previsto en el Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos a la Sra. Emilia María Marotte, afiliada optativa Nº 1223/02, D.N.I. Nº 11.772.995, percibiendo un haber jubilatorio mensual de pesos siete mil seiscientos treinta y tres con cuarenta y cuatro centavos $ 7.633,44, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos cuatro mil quinientos veinte con cuatro centavos $ 4.520,04 y b Haber Solidario: 60 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos tres mil ciento trece con cuarenta centavos $
3.113,40, a partir del mes de Julio de 2020, conforme a lo aconsejado por la Comisión Administradora de dicho Sistema mediante Resolución Nº 947 del 24 de Julio de 2020.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Omar Alfredo Cabral, presidente; Adriana Verónica Sors, secretaria.
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONOMICAS DE ENTRE RIOS
RESOLUCIÓN Nº 1.534
Paraná, 18 de Agosto de 2020
VISTO:
La prestación de jubilación ordinaria solicitada por el Dr. Juan Horacio Bagalciaga, afiliado Nº 1112/00 del Sistema de Previsión Social, por haber cumplido los 65 años, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 25º, Inc. b del Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, establece que a la Comisión Administradora le compete: Aconsejar la concesión o denegación de las prestaciones previstas en este Reglamento y elevar al Consejo Directivo los antecedentes para su consideración y resolución.
Que la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social mediante Resolución Nº 948 del 24 de Julio de 2020, aconseja al Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos el otorgamiento del beneficio de Jubilación al Dr. Juan Horacio Bagalciaga, afiliado Nº 1112/00 de dicho Sistema.
Que conforme a la Resolución Nº 948 del 24 de Julio de 2020, de la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social, le corresponde al afiliado percibir un haber jubilatorio mensual de pesos nueve mil ciento treinta y tres con ochenta y dos centavos $
9.133,82, a partir del mes de Julio de 2020, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos seis mil trescientos treinta y uno con setenta y seis centavos $ 6.331,76 y b Haber Solidario: 54 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos dos mil ochocientos dos con seis centavos $ 2.802,06.
Por ello:
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Conceder el beneficio de Jubilación Ordinaria previsto en el Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos al Dr. Juan Horacio Bagalciaga, afiliado Nº 1112/00, D.N.I. Nº 5.830.407, percibiendo un haber jubilatorio mensual de pesos nueve mil ciento treinta y tres con ochenta y dos centavos $ 9.133,82, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos seis mil trescientos treinta y uno con setenta y seis centavos $ 6.331,76 y b Haber Solidario:
54 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos dos mil ochocientos dos con seis centavos $ 2.802,06, a partir del mes de Julio de 2020, conforme a lo aconsejado por la Comisión Administradora de dicho Sistema mediante Resolución Nº 948 del 24 de Julio de 2020.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Omar Alfredo Cabral, presidente; Adriana Verónica Sors, secretaria.

Paraná, jueves 10 de setiembre de 2020

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONOMICAS DE ENTRE RIOS
RESOLUCIÓN Nº 1.535
Paraná, 18 de Agosto de 2020
VISTO:
La prestación de jubilación ordinaria solicitada por la Dra. Sara Graciela Loker, afiliada Nº 1284/00 del Sistema de Previsión Social, por haber cumplido los 65 años, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 25º, Inc. b del Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, establece que a la Comisión Administradora le compete: Aconsejar la concesión o denegación de las prestaciones previstas en este Reglamento y elevar al Consejo Directivo los antecedentes para su consideración y resolución.
Que la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social mediante Resolución Nº 949 del 24 de Julio de 2020, aconseja al Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos el otorgamiento del beneficio de Jubilación a la Dra. Sara Graciela Loker, afiliada Nº 1284/00 de dicho Sistema.
Que conforme a la Resolución Nº 949 del 24 de Julio de 2020, de la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social, le corresponde a la afiliada percibir un haber jubilatorio mensual de pesos siete mil novecientos noventa y uno con cuatro centavos $
7.991,04, a partir del mes de Julio de 2020, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización: pesos cuatro mil ochocientos setenta y siete con sesenta y cuatro centavos $
4.877,64 y b Haber Solidario: 60 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos tres mil ciento trece con cuarenta centavos $ 3.113,40.
Por ello:
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Conceder el beneficio de Jubilación Ordinaria previsto en el Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos a la Dra. Sara Graciela Loker, afiliada Nº 1284/00, D.N.I. Nº 11.754.605, percibiendo un haber jubilatorio mensual de pesos siete mil novecientos noventa y uno con cuatro centavos $ 7.991,04, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización:
pesos cuatro mil ochocientos setenta y siete con sesenta y cuatro centavos $ 4.877,64 y b Haber Solidario: 60 Módulos del Régimen Solidario MRS que equivalen a un monto de pesos tres mil ciento trece con cuarenta centavos $ 3.113,40, a partir del mes de Julio de 2020, conforme a lo aconsejado por la Comisión Administradora de dicho Sistema mediante Resolución Nº 949 del 24 de Julio de 2020.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos por un 1 día y archívese.
Omar Alfredo Cabral, presidente; Adriana Verónica Sors, secretaria.
F.C. 04-00011048 1 v./10/09/2020
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS
ECONOMICAS DE ENTRE RIOS
RESOLUCIÓN Nº 1.536
Paraná, 18 de Agosto de 2020
VISTO:
La prestación de jubilación ordinaria solicitada por la Sra. Ana Regina Gerstner, afiliada optativa Nº 748/02 del Sistema de Previsión Social, por haber cumplido los 65 años, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 25º, Inc. b del Reglamento del Sistema de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Entre Ríos, establece que a la Comisión Administradora le compete: Aconsejar la concesión o denegación de las prestaciones previstas en este Reglamento y elevar al Consejo Directivo los antecedentes para su consideración y resolución.
Que la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social mediante Resolución Nº 950 del 24 de Julio de 2020, aconseja al Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Entre Ríos el otorgamiento del beneficio de Jubilación a la Sra. Ana Regina Gerstner, afiliada optativa Nº 748/02 de dicho Sistema.
Que conforme a la Resolución Nº 950 del 24 de Julio de 2020, de la Comisión Administradora del Sistema de Previsión Social, le corresponde a la afiliada percibir un haber jubilatorio mensual de pesos seis mil cuatrocientos cuarenta y tres con sesenta y nueve centavos $ 6.443,69, a partir del mes de Marzo de 2020, el cual se compone de la siguiente manera: a Haber de Capitalización:
pesos tres mil setecientos treinta y cinco con ochenta y nueve centavos $ 3.735,89 y b Haber Solidario: 60 Módulos del Régi-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha10/09/2020

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4803

Primera edición01/12/2003

Ultima edición06/08/2024

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