Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Paraná, martes 10 de marzo de 2020

BOLETIN OFICIAL

Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta Capital y a la Dirección del Servicio Penitenciario de Entre Ríos.
VII Comunicar la presente -sólo en su parte dispositivaa la Jefatura de Policía de Entre Ríos, Área de Antecedentes Judiciales del STJER, REJUCAV, Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria y demás Órganos Administrativos correspondientes, y librar por O.G.A. los despachos pertinentes a la Alcaidía de Tribunales encomendando el traslado del imputado al domicilio donde ha de cumplir la pena, conforme lo dispuesto en párrafo precedente, y al organismo a cargo del monitoreo del dispositivo electrónico para la continuidad del control oportunamente dispuesto.
VIII Registrar y notificar -cfme. Art. 73 inciso e del CPPER-, efectuar las comunicaciones correspondientes, y oportunamente archivar. Fdo. Dra. Elisa Zilli, Jueza de Garantías N 6.
El mencionado Alejandro Antonio Kuzmicz, es argentino, funcionario policial, casado, nacido en María Grande, ER, el 23/01/1979, hijo de Sergio Kuzmicz y de Ramona Erminda Monzón , Documento Nacional Identidad 27.105.907.Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el uno de septiembre de dos mil veintitrés 01/09/2023.Paraná, 4 de marzo de 2020 - Adriana E. Arús, secretaria Oficina de Gestión de Audiencias.
S.C-00014708 3 v./12/03/2020

VICTORIA
En los autos caratulados: Delgado Leandro Exequiel - Albornoz Andrea Anahi s/ Comercio de estupefacientes, Nº G 2158 IPP N
12458, que tramita ante este Juzgado de Garantías de Victoria, E.
Ríos, para informar que en esta causa, en fecha 30.12.2019 se ha dictado sentencia de cumplimiento efectivo/condicional, respecto del imputado Leandro Exequiel Delgado, DNI Documento Nacional Identidad 36.342.154, argentino, 04.04.1991, Victoria E. Ríos, hijo de Ramón Timoteo Delgado y de María Alejandra Baez, actualmente domiciliado/alojado en Unidad Penal N 5.
A continuación se transcribe la resolución a la que he hecho mención, en su parte pertinente: Acta de Sentencia Oral de Juicio Abreviado Art. 391 del CPP: En la ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos, a los 30 días del mes de diciembre de 2019, siendo la hora 12:26 horas, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Garantías se constituye el Sr. Juez, Dr. José Alejandro Calleja, para celebrar la audiencia señalada en los autos: Delgado, Leandro Exequiel Albornoz, Andrea Anahí Comercialización de Estupefacientes, IPP N
12458 Por lo que oídos el Ministerio Fiscal, la Defensa y los imputados. Resuelvo:1 Homologar el convenio de juicio abreviado presentado por las partes de acuerdo a los Arts. 391 y 392 del CPPER.
2 Declarar que LEANDRO EXEQUIEL DELGADO, ut supra filiado, es autor material penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas directamente al consumidor, previsto en el Art. 5, Inc. c de la Ley Nº 23737, conforme la Ley Provincial de Adhesión N 10566, ello en calidad de autor, de acuerdo al Art. 45 del Código Penal; revocándose la condicionalidad de la condena dictada en fecha 30 de agosto de 2016 por el Juzgado de Garantías de Victoria, E.R., a mi cargo en los autos Delgado, Leandro Exequiel-Lesiones leves recaratulado; Expte. N G-726, y establecer de acuerdo al monto de pena pactado por las partes, una unificación de penas quedando dicha composición en un monto de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, todo ello en los términos de los Arts. 27 y 58 del CP, debiendo cumplir la misma en la Unidad Penal N 5 de Victoria, E.R.3 Declarar que ANDREA ANAHI ALBORNOZ, ut supra filiada, es partícipe secundaria penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas directamente al consumidor, previsto en el Art. 5, Inc. c de la Ley N 23737, conforme la Ley Provincial de Adhesión N 10566, en función del Art.
46 del Código Penal, y en consecuencia condenar a la misma a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, y dentro de las prescripciones del Art. 27 bis del Código Penal, al cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el plazo de la condena: 1
Mantener el domicilio fijado, sito en calle Laprida y Las Piedras de Victoria, y dar aviso en la Fiscalía en caso de mudarlo en forma previa a efectivizarlo; 2 Obligación de realizar algún curso de capacitación en arte u oficio o la realización de tareas comunitarias no remuneradas en una entidad de bien público por una carga horaria total de 96
horas, a cumplirse en el término de un. año lo cual deberá articularse a través del oficial de control de suspensión de juicio a prueba jurisdiccional; 3 Abstenerse de verse involucrada en hechos violentos y/o relacionados a la tenencia y/o comercialización de sustancias estupefacientes. 4 La obligación de comparecer los dias lunes en el
horario comprendido entre las 7 y las 13 hs a la Fiscalía local a firmar un cuaderno de asistencia.
4 Eximir a los imputados del pago del mínimo de la multa prevista en, las penalidades del Art. 5 de la Ley N 23737, en función de los argumentos expuestos supra.5.- .- 6 .- 7 .- 8 . 9 .- 10 . 11 Registrar, librar los despachos correspondientes, hacer saber conforme al Art. 73, Inc. e del C.P.P. y, oportunamente, archivar. Con lo que no siendo para más se da por finalizado el acto labrándose la presente, que previa lectura y ratificación es firmada por los comparecientes, por ante mí, doy fe.
Se deja constancia que la audiencia ha sido videograbada en disco al que se asigna el Nº 2508. Fdo: Dr. José Alejandro Calleja, Juez de Garantías.
Victoria, 2 de marzo de 2020 José A. Calleja, Juez de Garantía, Julio R.F. Guaita, secretario.
S.C-00014705 3 v./11/03/2020

EXPURGO DE EXPEDIENTES
PARANA
El Excmo. Superior Tribunal de Justicia comunica por el término de tres 3 días que la Dirección de Archivo Judicial de Paraná, sito en calle Santos Domínguez N 205, procederá a realizar expurgo de expedientes remitidos por la jurisdicción Colón en el año 2019, pertenecientes a los siguientes organismos: Juzgado Civil y Comercial N 1, Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Juzgado de Paz de Colón, Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes -Secretaría N 1-, y Juzgado de Transición y Garantías.Las listas correspondientes estarán disponibles en dicha dependencia, con el fin de efectuar las formulaciones previstas y dentro de los sesenta 60 días corridos desde la última publicación, de conformidad a lo establecido en el artículo 4º de la Ley 10397.
Paraná, 3 de marzo de 2020 Esteban Simón, secretario.
F.C. 04-00008541 3 v./11/03/2020

LICITACIONES
PARANA
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Licitación Nº 10/2020
OB J ETO: A d q u i s i c ió n d e c u b ier t as .
A PERTURA : 17 d e f eb r er o d e 2020 a l as 8: 00 h o r as en Di r ec c i ó n d e Su m in i s t r o s , 9 d e J u lio N 679, Par an á, En t r e Río s .
VENTA DE PL IEGOS: Dir ec c ió n d e Su m i n is t r o s .
VA L OR DEL PL IEGO: $ 500.
C O N S U L T A S : s u m @p ar a n a .g o b .a r p r o v ee d o r e s @p ar an a.g o b .ar Tel: 0343 423 2529 / 421 8436
O.P. 20074
F. 05-00000370 3 v./11/03/2020
PRIMERO TU CASA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
INSTITUTO AUTARQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDA
Licitación Pública Nº 34/19
OB J ETO: L lam ad o a l ic i t ac ió n p ú b l ic a OB RA : L ar r o q u e 16 Viv ien d as 2d a. Et ap a - PP
DEPA RTA MENTO: Gu aleg u ay c h ú PRESUPUESTO OFICIA L VIVIENDA S: $ 27.872.784,37
PRESUPUESTO OFICIA L INFRA . Y COMPL EM. VIVIENDA S: $
3.344.724,12
DEPOSITO DE GA RA NTIA : $ 312.175,18.
PL A ZO DE EJ ECUCION: VIVIENDA : 8 m es es INFRA : 7
m es es A PERTURA DE PROPUESTA S: d ía 31.03.2020.
HORA : 10: 00
VA L OR DEL PL IEGO: $ 31.217,51
CONSUL TA S E INFORMES: Ger en c ia Téc n i c a I.A .P.V.
L UGA R DE PRESENTA CION Y A PERTURA DE PL IEGOS:
Sed e I.A .P.V., L ap r i d a Nº 351 Par an á En t r e Río s .
VENTA TESORERIA DEL IA PV DE: 7,30 a 12,30 h s .
Cier r e d e v en t a 10 d ías h áb il es an t es d e la f ec h a d e la ap er t u r a.
A m ér ic o Val en t e, g er en t e t éc n ic o F. 05-00000371 2 v./11/03/2020

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha10/03/2020

Nro. de páginas27

Nro. de ediciones4796

Primera edición01/12/2003

Ultima edición26/07/2024

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