Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/7/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

ordenado Decreto N 404/95 MEOSP - Capítulo II - Título III-artículo 26º - inciso B concordante con el Decreto Reglamentario N 795/96
MEOSP - Título I - Capítulo I - artículo 5 - punto 3 y artículo 6 inciso 3 - Título IV y Decreto Modificatorio N 723/17 MEHF.
Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a confeccionar la Solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y efectuar el pago a través del Departamento Tesorería de este Ministerio, a las siguientes firmas adjudicadas: Hs Institucional SA de Santa Fe por la suma total de $ 14.999,75, Babilonia Envases de Daniel Edgardo Cabrera de esta ciudad, por la suma de $ 10.090,00, Agua Marina de Diego Leandro N. Escobar de esta ciudad, por la suma de $ 8.905,00, Amenidey de Diego Sebastián Ippólito de esta ciudad, por la suma total de $ 8.335,00, Guillermo R.
Benvenuto de esta ciudad, por la suma total de $ 6.257,84, con cargo a rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos.
RESOLUCION Nº 1475 MS
Paraná, 26 de mayo de 2017
Reconociendo la licencia sin goce de haberes a la agente Violeta Raquel Nicolini, DNI N 24.637.448, quien revista en Categoría 6 Carrera Administrativa - Escalafón General de la Dirección General de Despacho, dependiente de éste Ministerio, a partir del 20 de abril de 2017 y por el término de 30 días por razones de índole particular, encuadrándose la gestión en el artículo 29 del Decreto Nº 5703
MGJE, cuerpo unico y ordenado de la Ley N 3289 y sus modificatorios.
RESOLUCION Nº 1476 MS
Paraná, 26 de mayo de 2017
Otorgando un subsidio por la suma de $ 8.500,00, para el paciente Juan Pedro Jaimes, DNI N 14.669.662, destinado a solventar gastos por la realización de Pet cuerpo entero.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidas por el Decreto N 44/17 MS, Resolución N 881/12 MS y Resolución Nº 5392/10 MS.
Facultando a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital San Martín de Paraná por un importe de $ 8.500,00, para solventar el costo del subsidio otorgado por el presente, debiendo el hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilización parcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de los mismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N 90281/6
CBU N 386000100100009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. La constancia de dicho depósito copia qe boleto de depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 CP 3100, en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital y/o Centro de Salud dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivo de la mencionada devolución. La solicitado corresponde sin perjuicio de las obligaciones a cumplir por parte del Hospital y/o Centro de Salud en materia de rendición de subsidios conforme a lo dispuesto por Decreto N 44/17 MS, Resolución Nº 881/12 MS y Resolución Nº 5392/10
MS.

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 332 MPIyS

Paraná, 13 de marzo de 2019
Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de $ 500.000, a favor de la Municipalidad de Aldea San Antonio en la persona de su Presidente Municipal Sr. Silva Leonardo Jesús, DNI 18.514.068, con destino a la adquisición de Broza Grillada y Ripio Arcilloso.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia, para que previa intervención de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, mediante sistema de libramiento efectivice el importe correspondiente de los fondos dispuestos, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos.
DECRETO Nº 333 MPIyS
Paraná, 13 de marzo de 2019
Autorizando a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones a efectuar el llamado a licitación pública, para contratar la ejecución de la obra Ampliación y Refacción E.E.T. N 18 Gral. Manuel N. Savio"
- 1 Etapa - Urdinarrain - Departamento Gualeguaychú", con un presupuesto oficial de $ 6.720.694,04, en concepto de materiales y mano de obra, con precios vigentes al mes de enero de 2019,
Paraná, miércoles 3 de julio de 2019

estipulándose un plazo de ejecución de los trabajos de 210 días corridos, de conformidad a la documentación técnica aprobada por Resolución N 134 SSAyC de fecha 11 de marzo de 2019.
Autorizando a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, a invertir la suma de $ 6.720.694,04, con destino a la obra motivo de estos actuados.
DECRETO Nº 336 MPIyS
Paraná, 13 de marzo de 2019
Disponiendo el pago del tercer desembolso del aporte no reintegrable aprobado mediante Decreto 4012/18 MPIyS y conforme lo convenido en la cláusula segunda de la addenda aclaratoria del convenio celebrado, correspondiente a la suma de $6.838.963,25. en la persona de su presidente municipal Dr. José Eduardo Lauritto, DNI Nº 10.071.656 con destino a la ejecución de la obra: Pavimentación de 50 cuadras dentro de la Planta Urbana de Concepción del Uruguay - Departamento Uruguay, restando un desembolso de acuerdo al avance de la obra.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia para que previa intervención de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, mediante sistema de libramiento efectivice el importe correspondiente de los fondos dispuestos, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos.
DECRETO Nº 373 MPIyS
REVOCANDO DECRETO
Paraná, 13 de marzo de 2019
VISTO:
Los Decretos Nº 307/16 MPIyS y Nº 4651/17 MPIyS; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 307 de fecha 29 de febrero de 2016
se dispuso que todos los actos que implican erogaciones, de cualquier naturaleza, objeto y contenido, que comprometan el erario público provincial, los organismos centralizados con dependencia jerárquica y funcional del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, como así también los organismos que se relacionan a través del mismo con el Poder Ejecutivo, deben, dentro de las normas legales que la rigen, elevar las actuaciones administrativas con todas las documentaciones de la erogación de que se trata, como así también los pliegos en caso de corresponder, con la emisión de los informes técnico, contable y legal, previo al dictado de la norma legal que disponga la autorización del llamado a licitación y/o aprobación del mismo; y Que, asimismo, en caso de tratarse de obras públicas deben elevarse las actuaciones en forma previa a la aprobación del Proyecto y documentación técnica de la obra por el organismo ejecutor; y Que el artículo 3º del decreto mencionado, modificado parcialmente por Decreto Nº 4651 de fecha 26 de diciembre de 2017 deja establecido que la vía jerárquica para reportar en forma directa al Poder Ejecutivo lo dispuesto anteriormente es, indistintamente, el titular del Ministerio de y/o el Sr. Secretario Ministerial de Planeamiento, Infraestructura y Servicios; y Que la aplicación del mecanismo previsto en las normas mencionadas ha demostrado un ordenamiento de las cuentas y el gasto público en los primeros períodos de su implementación, evidenciándose en los últimos meses que tal operatoria ralentiza el accionar de la administración, duplica la intervención de las reparticiones del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y de los organismos centralizados que se relacionan con el Poder Ejecutivo a través de aquél coadyuvando a una involuntaria burocratización del trámite administrativo; y Que en consecuencia, y con el objeto de dar celeridad a los procesos administrativos que tienen como finalidad satisfacer necesidades públicas de carácter esencial es menester revocar lo dispuesto en los Decretos N 307/16 MPIyS y N 4651/17 MPIyS, lo que así se dispone;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Revócanse los Decretos Nº 307 de fecha 29 de febrero de 2016 y Nº 4651 de fecha 26 de diciembre de 2017, por los motivos expresados en los considerandos del presente.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha03/07/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4796

Primera edición01/12/2003

Ultima edición26/07/2024

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