Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/11/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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DECRETO Nº 1396 MPIyS
Paraná, 23 de mayo de 2018
Facultando a la Tesorería General de la Provincia a emitir el pago a la empresa CEMyC
SRL, por un monto total de $ 213.033,80, en concepto de intereses por pago fuera de término de los Certificados de Obra Nos. 12 al 14 y sus anexos de redeterminación provisoria, correspondientes a la obra Construcción nuevo edificio Centro Educativo Terapéutico - Paraná, Departamento Paraná, conforme a la liquidación elaborada por el Departamento Costos de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones y aprobada mediante la Resolución Nº 257/17 SSAyC, norma legal que forma parte como anexo del presente decreto, debiendo la firma antes mencionada presentar la factura debidamente conformada, previa emisión de la correspondiente orden de pago para la atención del gasto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
DECRETO Nº 1397 MPIyS
HACIENDO LUGAR A SOLICITUD
Paraná, 23 de mayo de 2018
VISTO:
La presente actuación iniciada por la empresa Constructora Dos Arroyos S.A., en su carácter de contratista de la obra Limpieza y canalización del Arroyo Sagastume - tramo Aº Sagastume Chico - Ruta Nº 46 - Villa Paranacito, Departamento Islas del Ibicuy - Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que la misma fue adjudicada a la Constructora Dos Arroyos S.A. por Decreto Nº 1.769/14
MPIyS, previa licitación pública, acorde a su propuesta de $ 17.873.186,69, con un plazo de ejecución de obra de 365 días corridos, formalizándose el contrato de obra pertinente a través de la Escribanía Mayor de Gobierno; y Que por la misma solicita se proceda a liquidar y pagar los intereses moratorios devengados por los pagos fuera de término de los Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminados Provisorios Nºs. 18, 22, 23 y 24; y Que, de fojas 3 a 12, obran copias de los Certificados enunciados expedidos por la Dirección de Hidráulica donde se consignan las fechas de vencimiento de cada certificado citado procedentemente, y a fojas 13 y 14, el Departamento Construcciones de la citada Dirección emite el informe pertinente; y Que a fojas 17 la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS informa las fechas de pago de los certificados, de donde surge que se produjo retraso en el pago de los Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminados Provisorios Nºs. 18, 22, 23 y 24; y Que surge del dictamen de fojas 23 y 24, de la asesora legal de la Dirección de Hidráulica, que resulta procedente reconocer el interés por la demora en que incurrió la Administración en el pago de los certificados mencionados precedentemente aduciendo que el interés es la obligación accesoria consistente en dar una cantidad de cosas fungibles, que es rendida por una obligación de capital y que se mide en proporción al importe o al valor de capital, y al tiempo de indisponibilidad de dicho capital para el acreedor conf. Oscar D. Mariconde El Régimen Jurídico de los Intereses 1980, página 41, tratando de mantener intacto en su significación económica el patrimonio de la firma en virtud del Principio de la Integridad del Patrimonio artículos 14. 14 bis, 17 y 31 Constitución Nacional; y Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS agregó a fojas 35 Anexo I con el monto total a efectivizar de $ 380.315,11; en concepto de intereses por mora en el pago de los Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminados Provisorios Nºs.
18, 22, 23 y 24; y de fojas 36 a 43 el cálculo de tasa activa del Banco de la Nación Argentina de los intereses moratorios; y Que a fojas 57 obra reserva preventiva del crédito pertinente con la debida intervención de la Contaduría General de la Provincia, a través del contador delegado; y Que han tomado intervención, la Asesoría Legal del MPIyS y la Dirección General del
BOLETIN OFICIAL
Servicio Administrativo Contable del MPIyS, en lo que es de sus competencias; y Que la presente gestión encuadra en las previsiones del artículo 57º del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495, y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP, como así también en las disposiciones del Decreto Nº 3.694/91
MGJEOySP, modificado por Decreto Nº 7.846/04 MEHyF, por el cual se establece el índice aplicable para el reconocimiento de intereses moratorios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar a la solicitud de liquidación y pago de intereses moratorias devengados por los pagos fuera de término de los Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminados Provisorios Nºs. 18, 22, 23 y 24, correspondientes a la obra: Limpieza y canalización del Arroyo Sagastume - tramo Arroyo Sagastume Chico - Ruta Nº 46 - Villa Paranacito, Departamento Islas del Ibicuy - Entre Ríos, ejecutada por la empresa Constructora Dos Arroyos S.A. contratista de la misma, por los motivos expuestos en los considerandos del presente texto legal.
Art. 2º Apruébase la liquidación practicada por la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS, por el valor total de pesos trescientos ochenta mil trescientos quince con once centavos $ 380.315,11, en concepto de intereses moratorios, y que como Anexo I integra el presente decreto, por el pago fuera de término de los Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminados Provisorios Nºs.
18, 22, 23, y 24, correspondientes a la obra:
Limpieza y canalización del Arroyo Sagastume - tramo Arroyo Sagastume Chico - Ruta Nº 46 - Villa Paranacito, Departamento Islas del Ibicuy - Entre Ríos, ejecutada por la empresa Constructora Dos Arroyos S.A.
Art. 3º Facúltase a la Tesorería General de la Provincia del MPIyS a efectivizar a la empresa Constructora Dos Arroyos S.A., la suma de pesos trescientos ochenta mil trescientos quince con once centavos $
380.315,11, acorde a lo dispuesto en los artículos 1º y 2º del presente texto legal, debiendo la citada empresa presentar la factura debidamente conformada y previa emisión de la correspondiente orden de entrega para la atención del gasto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 4º Impútese el gasto a: Dirección de Administración 958, Carácter 1,Jurisdicción 25, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 03, Actividad 00, Obra 17, Finalidad 4, Función 34, Fuente Financiamiento 11, Subfuente Financiamiento 0001, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 2, Partida Subparcial 0000, Departamento 63, Ubicación Geográfica 99, del presupuesto año 2018.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 6º Comuníquese, publíquese y archívese, y por la actuación a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS, para la prosecución del trámite.
GUSTAVO E. BORDET
Luis A. Benedetto
SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7 de la
Paraná, viernes 30 de noviembre de 2018
ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman, Secretaría N 7, en los autos caratulados Pérez Mirta Beatriz s/ Sucesorio ab intestato, Exp. N 20157, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a herederos y acreedores de MIRTA BEATRIZ PEREZ, MI N
5.267.091, vecina que fue del Departamento Paraná, fallecida en Entre Ríos, en fecha 04/10/2002. Publíquese por tres días.
Paraná, 18 de setiembre de 2018 Noelia Telagorri, secretaria.
F.C. 0001-00007903 3 v./30.11.18

COLON
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, Secretaría única, de la ciudad de Colón, Provincia de Entre Ríos, Juez Arieto Alejandro Ottogalli, secretaria Flavia Orcellet, en autos Biderbost Bernarda Aurora s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 13837, iniciado en fecha 10/10/2018, cita a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de la causante BERNARDA AURORA BIDERBOST, DNI N 5.159.893, argentina, casada, domiciliada realmente en calle Entre Ríos N 928, San José, hija de MÁXIMO BIDERBOST y de MARIA ESPERANZA SOLARI, nacida el 19 de octubre de 1946, en Colón, Departamento Colón, Provincia de Entre Ríos y cuya defunción se produjo el 23
de abril de 2014 en la Ciudad de San José, Provincia de Entre Ríos a los 67 años de edad.
Quien fuera esposa de Francisco Gregorio Tschopp y madre de Claudia Patricia Tschopp y de María Fernanda Tschopp, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.La resolución que ordena el presente, en su parte pertinente dice: Colón, 25 de octubre de 2018 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Bernarda Aurora Biderbost, DNI 5.159.893, vecina que fuera de la ciudad de San José, de este departamento. 3.Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.- Fdo. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez.
Colón, 8 de noviembre de 2018 Flavia C.
Orcellet, secretaria.
F.C. 0001-00007899 3 v./30.11.18
El Sr. Juez Arieto Alejandro Ottogalli a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de la ciudad de Colón, Provincia de Entre Ríos, Secretaría única a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Rottoli Rubén César s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 13796, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos a herederos y acreedores de RUBEN CESAR ROTTOLI, DNI
N 10.845.701, vecino que fue de la ciudad de Colón, Departamento Colón, Provincia de Entre Ríos, quien falleciera el día 17 de septiembre de 2014 la ciudad de Colón ER.
La resolución que así lo ordena en su parte pertinente dice: Colón, 05 de septiembre de 2018.- Visto: Considerando Resuelvo:
4.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquéllos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley Fdo. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez.
Colón, 4 de octubre de 2018 Flavia C.
Orcellet, secretaria.
F.C. 0001-00007941 3 v./3.12.18

CONCORDIA
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N6, Dr. Diego Luis Esteves, Juez interino, Secretaría a cargo de

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/11/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha30/11/2018

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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