Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/11/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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en los autos caratulados Casco Juan Carlos Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 13409 acumulado: Casco Juan Carlos - Sucesorio ab intestato, Expte. N 13410, a todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados al fallecimiento de CASCO JUAN CARLOS, DNI N 05.825.598, vecino que fuera del con domicilio en Belgrano N 1856, de la ciudad de San José, Dpto. Colón, Pcía Entre Ríos, quien falleció el 14 de mayo del año 2014, en la ciudad de Colón.
La resolución que así lo ordena en su parte pertinente dice: Colón, 2 de noviembre de 2017. Resuelvo: 3.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Juan Carlos Casco, DNI Nº M 5.825.598, vecino que fuera de la ciudad de San José, de este Departamento. 3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.- .- Fdo. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez.
Colón, 26 de diciembre de 2018 Flavia C.
Orcellet, secretaria prov.
F.C. 0001-00007784 3 v./27.11.18

CONCORDIA
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3 de la ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Jorge Ignacio Ponce Juez suplente, Secretaría N4, a cargo del Dr. Alejandro Centurión secretario suplente, en autos caratulados De Santi José Luis s/ Sucesorio ab intestato Expte. N 6526, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del señor J O S E L U IS D E SA N T I, a rg ent ino , LE N
5.809.329, fallecido en fecha 30 de octubre de 2009 en la ciudad de concordia, Provincia de Entre Ríos, lugar de su último domicilio, bajo apercibimiento de ley.
La resolución dice: Concordia, 02 de noviembre de 2018. Visto: Resuelvo: 3.Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos, lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. Firmado: Jorge Ignacio Ponce, Juez suplente.
Concordia, 13 de noviembre de 2018 Alejandro Centurión, secretario supl.
F.C. 0001-00007750 3 v./26.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4 de ésta ciudad de Concordia, Prov. de E. Ríos, a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez interino, Secretaría a cargo de la suscripta, en autos caratulados Avalos, María del Carmen s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 9716, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de doña MARIA DEL CARMEN AVALOS, DNI N
4.645.976, fallecida en fecha 12.09.2016, vecina que fue de la ciudad de Concordia, E.R.- y cuyo fallecimiento ocurriera también en esta ciudad de Concordia E. Ríos.
La resolución Judicial que así lo dispone, en su parte pertinente dice: Concordía, 24 de julio de 2018. Visto: 1.- 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts.
718 y 728 del CPC, declárese abierto el juicio sucesorio de María del Carmen Avalos, DNI N
4.645.976, fallecida en fecha 12.09.2016, vecino que fue de la ciudad de Concordia, E.R.- 3.
Mandar publicar edictos por tres veces en el
BOLETIN OFICIAL
Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días conf. Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley N 26.994, vigente a partir del 1-08-2015
y Art. 728 del CPCyC. Hacer saber que los edictos deberán contener todos los datos necesarios para quienes son citados tomen conocimiento cabal del motivo de su citación. 4.-
5.- 6.- 7.- 8.- Fdo. Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez int..
Concordia, 29 de agosto de 2018 Ana Ma.
Noguera, secretaria.
F.C. 0001-00007772 3 v./27.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3 de ésta ciudad de Concordia, Prov. de E. Ríos, a cargo del Dr. Jorge I. Ponce -suplenteSecretaría N4 a cargo del suscrito, en autos caratulados Schmukler, Gloria Graciela s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
6422, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de doña GLORIA GRACIELA
SCHMUKLER, DNI N14.128.445, fallecida en fecha 10.05.2018, vecina que fuera de la ciudad de Concordia, E.R.- y cuyo fallecimiento ocurriera en la ciudad de Afula, Estado de Israel.
La resolución Judicial que así lo dispone, en su parte pertinente dice: Concordia, 13 de agosto de 2018. Visto: 1.- 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato de Gloria Graciela Schmukler, DNI N
14.128.445.- 3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento de la causante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. 4.- 5.- 6.- 7.-
8.- Fdo. Dr. Jorge I. Ponce, Juez suplente.
Concordia, 3 de septiembre de 2018 Alejandro Centurión, secretario supl.
F.C. 0001-00007773 3 v./27.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de ésta ciudad de Concordia, Prov. de E, Ríos, a cargo del Dr. Gabriel Belén, Secretaría Nº 3 a cargo de la suscripta, en autos caratulados Guerschanik, Dora s/ Sucesorio testamentario, Expte. N 8439, cita y emplaza por el término de treinta días corridos a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de doña DORA GUERSCHANIK, DNI F
3.741.267, fallecida en fecha 14 de agosto de 2018, vecina que fuera de la ciudad de Concordia, E.R. y cuyo fallecimiento ocurriera también en esta ciudad de Concordia E. Ríos.
La resolución judicial que así lo dispone, en su parte pertinente dice: Concordia, 19 de octubre de 2018. Visto: Resuelvo: 1.- 2.Tener por promovido juicio testamentario de Dora Guerschanik, DNI F 3.741.267, vecina que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos -en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptimapor tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que así lo acrediten. 4.- 5.- 6.- Notifíquese. Fdo.
Dr. Gabriel Belén, Juez.
Concordia, 9 de noviembre de 2018 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 0001-00007775 3 v./27.11.18
El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 2, de esta ciudad a cargo del Dr.
Gabriel Belén, Secretaría a cargo de la Dra.
Gimena Bordoli, en los autos Verbauwen, Alberto Felipe y Gauna, Juana Ofelia s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 8436, cita por tres
Paraná, lunes 26 de noviembre de 2018
veces en el término de treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de VERBAUWEN, ALBERTO FELIPE, DNI N 5.781.325, ocurrida en la ciudad de Concordia, en fecha 26.06.1994 y GAUNA, JUANA OFELIA, LC N
1.486.677, ocurrída en la ciudad de Concordía, en fecha 24.08.2018, ambos vecinos de ésta ciudad.
La resolución que lo ordena en su parte pertinente reza: Concordia, 23 de octubre de 2018 4.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, para que así lo acrediten. Dr.
Gabriel Belén, Juez Civ. y Com. int..
Concordia, 8 de noviembre de 2018 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 0001-00007793 3 v./27.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6, a cargo del Dr. Diego Luís Esteves interino, Secretaría a cargo de la Dra. Martina Bordoli suplente, ha dispuesto en los autos caratulados Ramos de Chas, Petrona s/ Sucesorios Civil, Expte. Nº 8582, citar por el término de treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: doña PETRONA RAMOS de CHAS, MI N 6.067.340, fallecida en esta ciudad de Concordia el 29 de marzo de 1992.
Para mejor recaudo, se transcribe la resolución que en su parte pertinente dice: Concordia, 11 de septiembre de 2018. Visto: Resuelvo: 1.- 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Petrona Ramos, vecina que fuera de esta ciudad. 3.- Mandar a publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local para que en el plazo de treinta días corridos se presenten todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que así lo acrediten. 4.5.- 6.- 7.- 8.- Librar oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, a fin de comunicar la iniciación de las presentes actuaciones. 9.- Dar intervención a la Administradora Tributaria de Entre Ríos ATER. A lo demás, oportunamente. Fdo: Diego Luís Esteves, Juez interino.
Concordia, 23 de octubre de 2018 Martina Bordoli, secretaria supl.
F.C. 0001-00007794 3 v./27.11.18
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez interino, Secretaría a cargo de la Dra. Ana María Noguera, de la ciudad de Concordia, ha dispuesto en los autos caratulados Arzuaga Celia Elena s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 9794, citar por el término de treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: CELIA ELENA ARZUAGA, MI N F
5.046.798, quien falleciera el día 3 de agosto de 2017, en esta ciudad de Concordia.
Para mejor recaudo, se transcribe la resolución que en su parte pertinente dice: Concordia, 24 de octubre de 2018. 1.- Tener por presentados los Sres. Carlos Alberto Bredeston, DNI N M 5.830.017, Jorge Edgardo Bredeston, DNI N 12.781.228 y Alfredo Raúl Bredeston, DNI N 5.073.290, por derecho propio y con patrocinio letrado, con domicilio constituído y real denunciado, documentación acompañada cuya agregación se ordena, dándoseles en autos la intervención legal correspondiente y por parte. 2.-Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/11/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha26/11/2018

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4800

Primera edición01/12/2003

Ultima edición01/08/2024

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