Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/5/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

MODIFICACION DE CONTRATO
NUEVAS

CONCORDIA
FLENCHE S.A.
Reforma Estatuto Asamblea General Extraordinaria Nº 1:
Lugar, fecha y hora: En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, en la sede social de calle Montevideo Nº 129, piso 7, Depto. B., a 2 días del mes de diciembre de 2016, siendo las 18:00 horas, Orden del día:
1 Designación de dos accionistas para aprobar y firmar el acta de asamblea.
2 Tratamiento y consideración de reforma del Estatuto Social - Ampliación de Objeto.
A fin de poder desarrollar actividades relacionadas a la construcción, la señora presidente propone la ampliación del objeto social. Luego de un intercambio de ideas y puesto a votación todo lo expresado, se aprueba por unanimidad de los accionistas.
3 Tratamiento y consideración de fijación de nuevo domicilio legal. Puesto a consideración, se aprueba en forma unánime fijar el domicilio legal de la sociedad en calle Hipólito Yrigoyen Nº 3495 de la ciudad de Chajarí, Provincia de Entre Ríos. A continuación, la presidente informa que en razón de lo resuelto en los puntos 2 y 3 precedentes, es necesario modificar el estatuto social en lo referente al objeto y domicilio legal. Por tal motivo, propone la siguiente redacción:
Artículo Primero: Bajo la denominación de Flenche Sociedad Anónima" se constituye una sociedad anónima. Tiene su domicilio en la ciudad de Chajarí, Provincia de Entre Ríos.
Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: Transporte de materiales y cargas, almacenaje, logística y distribución. Transporte terrestre, aéreo, fluvial o marino de materiales, cargas, mercaderías, fletes, acarreos, mudanzas, muebles, encomiendas, materias primas y elaboradas, su distribución, almacenamiento, depósito y embalaje. Procesos de aprovisionamiento y distribución, gestión de la cadena de abastecimiento, selección, embalaje y preparación.Realizar operaciones de consolidación y desconsolidación de contenedores y cargas.- Gestión administrativa de mercaderías, inventarios, control de stock, despachos y recepciones; emitir y negociar guías, cartas de porte, warrants, certificados de fletamentos; despachos de aduana por intermedio de funcionarios autorizados. Entrenar y contratar personal para ello.- Servicio de entrega a domicilio, reparto, mensajería y motomandado.
A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no estén prohibidos por las leyes y por el presente estatuto. Construcción de edificios incluye trabajos de movimiento de suelo, refacción y pintura en general; obras viales y de desage; pavimentación urbana. Fabricación de premoldeados de hormigón.
Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante será realizada por medio de éstos.
Puesto a votación, se aprueba por unanimidad de los accionistas que representan la totalidad del capital social con derecho a voto. Siendo las 19.15 horas se da por finalizada la asamblea.
Registro Público de la DIPJ - Paraná, 11 de mayo de 2018 Mariano Romeo Catena, abogado inspector DIPJER.
F.C. 0001-00002379 1 v./17.5.18

GRINAC MOVIMIENTO DE SUELOS S.R.L.
En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 2 días del mes de diciembre de dos mil diecisiete, se reúnen los señores Ricardo Ramón Gómez, DNI 16.988.868, nacido el 29 de enero de 1964, casado en primeras nupcias con Lidia Paula Hernández, domiciliado en calle P. del Castillo Nº 1561 de esta ciudad, autónomo y Gustavo Ariel Yeme, DNI
23.143.735, nacido el 3 de mayo de 1973, casado en primeras nupcias con Silvana Lorena Altamirano, domiciliado en calle 23 de febrero Nº 78 de esta ciudad, de profesión Ingeniero; ambos argentinos, mayores de edad, y convienen por la presente instrumentar la modificación de contrato social de Grinac Movimiento de Suelos S.R.L., de acuerdo a las siguientes manifestaciones: que conforme lo resuelto en Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 50 de fecha 21 de noviembre de 2017, se modifica la cláusula primera, décimo primera y décimo segunda del contrato constitutivo de Grinac Movimiento de Suelos SRL, de fecha 27
de junio de 2008 las que quedarán redactadas de la siguiente manera:
Cláusula Primera: Denominación y sede social: La sociedad de responsabilidad limitada que girara bajo la denominación de Grinac Movimiento de Suelos Sociedad de Responsabilidad Limitada se constituye a partir del día cinco de junio de 2008 y tendrá su domicilio legal en la jurisdicción de la ciudad de Concordia Provincia de Entre Ríos, actualmente en calle J.J. Valle N 909, sin perjuicio de los cambios que en lo sucesivos pueda efectuarse.
Cláusula Décimo Primera: Administración y Representación: La administración, la representación y el uso de la firma social estarán a cargo de un gerente, socio o no, que será elegido en asamblea ordinaria quedando establecida tal designación en acta por tiempo indeterminado Art. 157 LGSC. El gerente usará su firma precedida del sello social. La firma solo podrá obligarse en operaciones que se realicen con su giro comercial quedando prohibido comprometerla en finanzas a favor de terceros.
Cláusula Décimo Segunda: Atribuciones y Deberes del Gerente: Para los fines sociales, en la forma indicada precedentemente, el gerente, podrá:
a Operar con toda clase de bancos y/o cualquier otra clase de entidad o institución crediticia o financiera de cualquier índole;
b Otorgar poder a favor del socio o de terceros para representar la sociedad en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellos fueren;
c Tomar dinero en préstamo, garantizado o no con derechos reales: aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas; adquirir o ceder créditos; comprar y vender mercaderías y/o productos, derechos y acciones; permutar dar y recibir en pago; efectuar transacciones y celebrar contratos de locación y rescindirlo, así como otros contratos cualquiera fuese su naturaleza, dentro de los términos de la Ley.
d Realizar todos los actos previstos en el artículo trescientos setenta y cinco del Código Civil y Comercial de la Nación y c Independientemente de las funciones gerenciales la sociedad podrá ser representada por cualquiera de los socios, ante las reparticiones nacionales, nacionales y municipales.
Al socio gerente rige el principio de la prohibición a los administradores de la sociedad de la posibilidad de votar decisiones vinculadas con la aprobación de sus actos de gestión, su responsabilidad o remoción, siempre que se mantenga la gerencia unipersonal.
Registro Público de la DIPJ - Paraná, 20 de febrero de 2018 Raiteri, José M., abogado inspector DIPJER.
F.C. 0001-00002394 1 v./17.5.18

Paraná, jueves 17 de mayo de 2018

SUMARIO
DECRETOS
Ministerio de Gobierno y Justicia Año 2017
3109, 3110, 3111, 3112, 3113, 3114
Ministerio de Salud 3016, 3017, 3018, 3039, 3040, 3041, 3042, RESOLUCIONES
Ministerio de Salud Año 2016
3503, 3504, 3505, 3506, 3507, 3508, 3509, 3510, 3511, 3512, 3513, 3514, 3515, 3516, 3517, 3518, 3519, 3520, 3521, 3522, 3523, 3524, 3525, 3526, 3527, 3528
Administradora Tributaria de Entre Ríos Año 2018
149, 150
Consejo de la Magistratura de Entre Ríos 978
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BOLETIN OFICIAL
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Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/5/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha17/05/2018

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones4776

Primera edición01/12/2003

Ultima edición26/06/2024

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