Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/5/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

de la localidad de Colonia Avellaneda; destinado al rubro FERRETERIA INDUSTRIAL, VENTA DE PINTURAS, Y HERRAMIENTAS VARIAS.
Para reclamos de ley se fija el domicilio en calle Anacleto Medina 139, Esquina J.M. de Rosas, de la localidad de Colonia Avellaneda, Dpto. Paraná, Pcia. de Entre Ríos.
Nicolás E. Meresman, contador público nacional.
F.C. 0001-00002369 5 v./22.5.18

DESIGNACION DE GERENTE
NUEVAS

CONCORDIA
KM 248 SRL
Por resolución del Sr. Director de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
En reunión de fecha 07 de enero de 2017, los socios de KM 248 SRL, con domicilio en Dpto.
de Concordia, resuelven designar como gerente de dicha sociedad al Sr. Armando Saliva, DNI N 13.260.851, por un nuevo período de dos ejercicios.
Registro Público de Comercio de la DIPJ
Paraná, 2 de mayo de 2018 Mariano Romeo Catena, abogado inspector DIPJER.
F.C. 0001-00002349 1 v./16.5.18

GUALEGUAYCHU
TEMPUS AGRO SRL
Por disposición del señor director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, Dr.
Lisandro Amavet, se ha dispuesto publicar el presente por un 1 día.
Por contrato de cesión y reforma de fecha 22
de marzo de 2017, el señor Andrés Javier Vatrano Natale y Guillermo Vatrano Natale, ceden sus cuotas sociales 100 a los señores M I GU EL ALF R ED O D AR R E, 25 cu ot as , EDU ARDO MART IN DAR RE, 25 cuotas, SERGIO FERNANDEZ, 25 cuotas y MAURICIO ALEJANDRO DAROCA, 25 modificándose asimismo, la sede social a calle 3 de Febrero 125, de Gualeguaychú, y la gerencia a cargo de los señores Miguel Alfredo Darré y Mauricio Alejandro Daroca.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 10 de abril de 2018 Mariano Romeo Catena, abogado inspector DIPJER.
F.C. 0001-00002359 1 v./16.5.18

MODIFICACION DE CONTRATO
NUEVAS

NOGOYA
ENTRE RIOS SRL
ENTRE RIOS S.R.L. Cesión de cuotas sociales. María Fernanda De La Cruz Velázquez a favor de Quinodoz María Daniela. Modificación de contrato social.
En la ciudad de Nogoyá, Departamento Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, a los seis días del mes de noviembre de dos mil diecisiete, se reúnen la señora MARIA FERNANDA DE LA
CRUZ VELAZQUEZ, LC Nº 893.028, argentina, jubilada, viuda, con domicilio en La Paz 656, Nogoyá, Entre Ríos, por una parte, en adelante LA CEDENTE; y la señora MARIA
DANIELA QUINODOZ, DNI 21.735.710, argentina, ama de casa, nacida el veintiocho de julio de mil novecientos setenta, domiciliada en calle Centenario Nº 960, Nogoyá, Entre Ríos, en adelante LA CESIONARIA, ambas argentinas, capaces y mayores de edad, y convienen en celebrar el presente contrato de cesión onerosa de cuotas sociales de la sociedad comer-

cial ENTRE RIOS S.R.L., de conformidad a lo establecido por la Ley 19.550, 22.903 y modificatorias y las cláusulas contractuales siguientes:
PRIMERA: CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES: la cedente, cede a la cesionaria, seis mil quin ie nt as cuo ta s s ociales 6.500 representativas del tres coma catorce por ciento 3,14% de la participación social que tiene y le corresponde en la sociedad ENTRE RIOS
S.R.L., cuyo contrato social se encuentra inscripto en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, en fecha seis de mayo del año dos mil cuatro, al N 66, Sección Legajo Social del Registro Público de Comercio, Departamento Nogoyá, Provincia de Entre Ríos; quedando conformado el capital social total de la sociedad de la siguiente forma: El socio MARTINEZ HECTOR FELIPE es titular del noventa y seis coma ochenta y seis por ciento 96,86%
del capital social; y la socia QUINODOZ MARIA DANIELA es titular del tres coma catorce por ciento 3,14% del capital social.
SEGUNDA: PRECIO: La presente cesión se efectúa por la suma total de pesos doscientos setenta y seis mil doscientos cincuenta $
276.250, siendo el importe de cada cuota social el de pesos cuarenta y dos con cincuenta centavos $ 42,50, importe que la cesionaria cancela en su totalidad en dinero efectivo, sirviendo el presente de suficiente recibo de pago y cancelación total.
Ambas partes dejan constancia que el presente negocio contractual materializa la cesión de cuotas sociales acordada en asamblea extraordinaria en fecha 06-11-2017 en Acta Nº 38
de la sociedad.
TERCERA: DECLARACIONES Y GARANTÍAS: la cedente declara y garantiza a la cesionaria que todas las declaraciones que se insertan en este contrato son verdaderas y correctas al día de la fecha, que la celebración de este contrato de cesión de cuotas no implica la violación de ninguna obligación o deber legal o contractual por parte de la cedente.
Ninguna de las cuotas sociales está afectada y/o sujeta a un derecho de usufructo, prenda, embargo u otro derecho real o gravamen y se encuentran íntegramente suscriptas e integradas por la cedente. La cesionaria manifiesta tener pleno conocimiento de la situación, del estado financiero, económico y de los negocios y operaciones de ENTRE RIOS S.R.L.
Consecuentemente, las partes renuncian al derecho de efectuar cualquier reclamo contra la otra parte por cualquier causa o título relacionados con la situación o con el estado financiero, económico u operativo de ENTRE RIOS
S.R.L. Tampoco podrá interponerse reclamo alguno sobre cualquier pasivo de ENTRE RIOS
S.R.L., sea actualmente conocido o desconocido, o que surja de hechos pasados o futuros.
Efectuada la presente cesión de cuotas sociales de ENTRE RIOS S.R.L. la cesionaria gozará de todos los derechos políticos y patrimoniales que en virtud de este contrato le pudieran corresponder sobre la sociedad, colocándose igual situación que la cedente tenía y le correspondía en la citada sociedad. Se deja expresa constancia de quedar incluidas en la presente cesión los eventuales saldos positivos o negativos existentes en las cuentas particulares, los eventuales dividendos o ganancias a distribuirse por el ejercicio en curso y pasado, todo otro derecho emergente de la tenencia de cuota objeto del presente.
CUARTA: EFECTOS DE LA CESIÓN: Como consecuencia de todo lo expuesto, la cedente transmite a favor de la cesionara todos los derechos y acciones inherentes a las cuotas cedidas, subrogando a la adquirente en su mismo lugar y grado de prelación. por su parte, impuesta la cesionaria de la presente cesión de cuotas sociales presta su conformidad y aceptación.
QUINTA: INDEMNIDAD A FAVOR DE LA CEDENTE: la cesionaria y ENTRE RIOS S.R.L.

Paraná, miércoles 16 de mayo de 2018
reconocen que nada tienen que reclamar de la cedente por ningún concepto. La cesionara y ENTRE RIOS S.R.L. se comprometen a mantener libre de todo reclamo a LA CEDENTE de las consecuencias que cualquier reclamo resultante de su participación como socia de ENTRE RIOS S.R.L., otorgando en este acto una amplia exoneración de responsabilidad por todo concepto, sin limitación alguna.
La exoneración a favor de la cedente incluye, sin limitación, reclamos por mala praxis, reclamos y juicios laborales, reclamos de personas físicas y jurídicas que pudieren efectuar.
SEXTA: NOTIFICACIÓN A LA GERENCIA:
ENTRE RIOS S.R.L. y la gerencia, en este último caso integrada por Héctor Felipe MARTINEZ, se notifican de la transferencia de cuotas sociales conforme lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley 19.550.
SEPTIMA: NOTIFICACIÓN DE LA CESIÓN
DE CUOTAS SOCIALES: El actual socio y la sociedad se notifican de la cesión de cuotas sociales.
OCTAVA: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
SOCIAL. Los socios de ENTRE RIOS S.R.L., deciden por unanimidad la modificación del contrato social en sus cláusula quinta y octava, las cuales quedan redactadas de la siguiente forma:
QUINTA: El capital social se fija en la suma de pesos dos millones setenta mil $
2.070.000,00 dividido en doscientas siete mil 207.000 cuotas sociales de pesos diez $
10,00 valor nominal cada una, las que totalmente integradas son suscriptas por los socios conforme el siguiente detalle: él socio Héctor Felipe Martínez suscribe doscientas mil quinientas 200.500 cuotas sociales de pesos diez $10,00 valor nominal cada una, que totalizan la suma de pesos dos millones cinco mil $ 2.005.000,00 y la socia María Daniela Quinodoz suscribe seis mil quinientas 6.500 cuotas sociales de pesos diez $ 10,00 valor nominal cada una, que totalizan la suma de pesos sesenta y cinco mil $ 65.000,00.
El capital es suscripto e integrado en un todo en dinero efectivo, cada cuota da derecho a un voto; y OCTAVA: La administración de la sociedad será ejercida por uno o más gerentes titulares, pudiendo ser socios o no, quienes actuarán en forma conjunta, separada o indistinta, y tendrán la representación legal, obligando a la sociedad mediante el uso de la firma social en forma individual, pero siempre en operaciones que hagan a los fines sociales.
Asimismo se designará uno o más gerentes suplentes, pudiendo ser socios o no, quienes ejercerán la administración de la sociedad en caso de renuncia, fallecimiento, ausencia temporaria o incapacidad de los gerentes titulares, debiéndose dejar constancia en el libro de actas la asunción del gerente suplente. El Gerente será elegido por asamblea de socios celebrada al efecto, requiriéndose simple mayoría de capital social para su elección. Durará en su cargo el plazo de duración de la sociedad o hasta que por decisión de los socios que representen más de la mitad del capital social se decida su reemplazo por otro socio o tercero.
Por decisión de los actuales socios Héctor Felipe MARTÍNEZ y María Daniela QUINODOZ
los cargos quedan distribuidos de la siguiente manera: se designa a Héctor Felipe MARTÍNEZ como gerente-titular y a María Daniela QUINODOZ como gerente-suplente.
NOVENA: La parte cedente manifiesta que se compromete a suscribir toda la documentación pública o privada futura anexa al presente que pudieran requerir los Organismos de inscripción del presente contrato de cesión de cuotas, y que fueren necesarios para el correcto cumplimiento de lo pactado.
DÉCIMA: AUTORIZACIÓN DEL DILIGENCIAMIENTO DE LA INSCRIPCIÓN: Se faculta al Contador Bernardo Modesto DEBIAGGI, a intervenir en el diligenciamiento del trámite de

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/5/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha16/05/2018

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4786

Primera edición01/12/2003

Ultima edición12/07/2024

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