Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/10/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 26 de octubre de 2017

BOLETIN OFICIAL

miércoles de 17 a 19 horas días hábiles judiciales hasta el día 05.12.2017 inclusive. Se ha fijado los días 20.02.2018 y 04.04.2018 para que el síndico presente, respectivamente, los informes previstos en los Art. 35 y 39 de la Ley 24.522. Y el día 18.09.2018 a las 11 hs., para la celebración de la audiencia informativa prevista en el Art. 14 Inc. 10 L.C.Q., la que se realizará en el salón de audiencias del Juzgado.
Paraná, 23 de octubre de 2017 Elda B.
Osman, secretaria.
F.C.Ch. 503-00016230 5 v./31.10.17

QUIEBRA
ANTERIOR

PARANA
El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9 Concursos y Quiebras - Dr. Ángel Luis Moia, Secretaría Nº 1 a cargo de la Dra. María Victoria Ardoy, sito en calle Santiago del Estero Nº 382 de la ciudad de Paraná, comunica por cinco 5 días que en los autos caratulados:
Zanabria Aurelia Martina S. Pedido de Quiebra promovido por deudor s/ Quiebra, Expte.
Nº 2838, en fecha 12 de octubre de 2017 se ha declarado la quiebra de AURELIA MARTINA
ZANABRIA, DNI N 12.499.552, CUIL: 2712499552-9, argentina, de estado civil viuda, con domicilio real en calle 1059 7, Manzana B, entre Alte. Brown y Av. Churruarín, Barrio Paraná 82 Viviendas, de la ciudad de Paraná, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, y se ha dispuesto que los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante la síndicatura, Cra. Marianela Zuriaga con domicilio procesal constituido en calle 9 de Julio Nº 326 de esta ciudad, quien atenderá los días lunes, martes, miércoles y viernes de 9 a 11 horas y jueves de 17 a 19 horas días hábiles judiciales hasta el día 01.12.2017 inclusive.
Se han fijado los días 16.02.2018 y 30.03.2018 para que la sindicatura presente, respectivamente, los informes previstos en los Arts. 35 y 39 de la Ley 24.522 por remisión del Art. 200 LCQ.
DEJO CONSTANCIA que el edicto que antecede deberá publicarse por cinco 5 días en el Boletín Oficial y El Diario de Paraná, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos necesarios para oblar el costo de publicación, cuando los hubiere Art. 89 de la Ley 24.522.
Paraná, 20 de octubre de 2017 - María V.
Ardoy, secretaria.
F. 500-00006921 5 v./30.10.17

CAMBIO DE NOMBRE
NUEVO

LA PAZ
El Juzgado de Primera Instancia de Familia, Niños, Adolescentes y Penal de Menores de la ciudad de La Paz, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. Raúl Damir Flores, Secretaría única, a cargo de la Dra. María Luciana Florentín, secretaria interina, en autos caratulados Ruíz Díaz Ginette s/ Cambio de nombre, N
de entrada 3194 - año 2017, informa que ante ese Juzgado tramita juicio por cambio de apellido de Ginette Ruíz Díaz, DNI N 45.388.833
F/N 28 de enero de 2004, hija de Daniel Cristhian Ruíz Díaz, DNI N 26.162.355 y de Ivonne Perier DNI N 24.003.904.
El presente se publicará una vez por mes, en el lapso de dos meses, pudiendo formularse oposición dentro de los quince días hábiles contados desde la última publicación. Art. 70
Ley 26.994.
La Paz, 6 de octubre de 2017 María L.
Florentín, secretaria.
F.C.Ch. 503-00016258 2 v./24.11.17

19

SENTENCIA
ANTERIOR

GUALEGUAY
En el Legajo de I.P.P. N 13017/16, caratulado Holguin Renzo Exequiel s/ Su Denuncia Mioniz Andrés, que tramita ante el Juzgado de Garantías N 1 de esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en conocimiento la parte pertinente de la sentencia recaída que dice: En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a los 28 días del mes de septiembre de 2017, siendo las 10.35 hs., constituida en la Sala de Audiencias del Juzgado de Garantías N 1 de la ciudad de Gualeguay, la señora Magistrada Dra. Alejandra M.C. Gómez SENTENCIA 1 Homologar el Acuerdo de Juicio Abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente.- 2º Declarar a RENZO EXEQUIEL
HOLGUIN, sin apodos, de nacionalidad argentino, titular del D.N.I. Nº 38.053.196, de 25
años de edad, de estado civil soltero, de ocupación empleado, domiciliado en calle Pte. Ilia de esta ciudad, nacido en Gualeguay, Pcia. de Entre Ríos, el día 12 de diciembre de 1992.
Que ha cursado estudios secundarios completos, que es hijo de Alberto Abelardo Holguin y de Beatriz Graciela Ríos, Autor penalmente responsable de la comisión del delito de Hurto I.P.P. Nro. 14813; Hurto I.P.P. Nro. 12445;
Violación de Domicilio y Hurto en Concurso Real I.P.P. Nro. 12753; Hurto I.P.P. Nro.
13017; Hurto I.P.P. Nro. 12626; Hurto I.P.P.
Nro. 12228 y Estafa I.P.P. Nro. 16.208, de conformidad a los artículos 5, 162, 150, 172, 55 y 45 del C.P., hechos ocurridos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que le fueran imputados, y unificar la pena condicional de ocho meses de prisión oportunamente impuesta, y en consecuencia condenar al mismo a la pena unica de un año y seis meses de prision de cumplimiento efectivo, de conformidad a los artículos 5, 27, 45, 55, 162, 150, 172, del C.P., debiendo cumplir la misma en la Unidad Penal Nº 7 de esta ciudad de Gualeguay.3º Imponer las costas al condenado en su totalidad - Arts. 547 y 548 del C.P.P., sin perjuicio de la eximición de su efectivo pago dada su notoria insolvencia. 4 Téngase por renunciado los plazos procesales para formular el recurso de casación pertinente. 5 Regístrese, notifíquese, comuníquese la presente al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad que corresponda, al Registro Nacional de Reincidencia y demás organismos; librándose todos los despachos del caso.-
Fdo.: Alejandra M.C. Gómez; Dra. Ana Paula Elal, secretaria.
Gualeguay, 18 de octubre de 2017 Ana P.
Elal, secretaria de Garantías y Transición.
13702 3 v./27.10.17

ACOSTA, cuyos demás datos de identidad obran en autos, por el delito de Lesiones Graves, imponiéndosele una pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva. Arts. 391
sgtes. y cnds. del Cód. Procesal Penal 5, 12, 45 y 90 del Código Penal.
II - Disponer el alojamiento del condenado Marcos Ramón Acosta, ante la Unidad Penal Nº 1 de esta ciudad, en cumplimiento de la presente.
III - Imponer las costas causídicas al condenado, Art. 585 del C.P.P., eximiéndolo de su efectivo pago atento a su notoria insolvencia
Fdo.: José E. Ruhl, Juez de Garantías Nº 2.
El nombrado Marcos Ramón Acosta, es alias Monchi, DNI Nº 39.683.821, argentino, de 21
años de edad, nacido en Paraná el día 20.05.1996, domiciliado en Bajada Grande Barrio Caritas de esta ciudad, estado civil soltero, desempleado, hijo de Marcos Ramón Acosta f y de Liliana Robin, con prontuario Policial Nº 795.484ig.
Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 28.11.2021 veintiocho de noviembre de dos mil veintiuno.
Paraná, 17 de octubre de 2017 Adriana Arus, secretaria Oficina de Gestión de Audiencias.
13703 3 v./30.10.17
Bajo el título Inhabilitación absoluta por el tiempo que dure la condena Art. 12 C.P., conforme lo resuelto por esta Sala Primera de Transición de Juicios y Apelaciones de Paraná, en la Causa Nº 6382 caratulada: Loza, Juan Carlos s/ Abuso sexual con acceso carnal agravado y que, a sus efectos, se transcribe a continuación:
En la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veinticinco días del mes de julio del año de dos mil diecisiete
SENTENCIA: 1.- Declarar autor material y responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, reiterado primer y segundo hecho unidos bajo las reglas del concurso real, Arts. 119, párrafos primero, tercero y cuarto Incs. b y d y 55 del C.
Penal, al imputado JUAN CARLOS LOZA, filiado ut supra, y, en consecuencia, condenarlo a la pena de once 11 años de prisión de cumplimiento efectivo, con las accesorias legales Art. 12 C.P., ordenando su alojamiento, para el efectivo cumplimiento, en la Unidad Penal Nº 1 de esta ciudad. Fdo.: Dres. Elvio Garzón - José María Chémez - Rafael Cotorruelo, vocales. Ante mí: Dr. Leandro L. Fermín Bilbao, secretario.
Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 18.08.2028 dieciocho de agosto de dos mil veintiocho.
Paraná, 20 de octubre de 2017 Leandro L.
Fermín Bilbao, secretario Oficina Gestión de Audiencias.
13704 3 v./30.10.17

SECCION GENERAL

SENTENCIAS
NUEVAS

LICITACIONES
ANTERIORES

PARANA
En los autos Nº 2942 caratulados: Acosta Marcos Ramón - Garay Farías Marcelo Daniel s/ Homicidio simple, que tramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, mediante juicio oral, se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicar que se ha dispuesto la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto de Marcos Ramón Acosta.
Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente de la sentencia que así lo dispone: En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil diecisiete SENTENCIA: 1 - Condenar a MARCOS RAMON

PARANA
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN Y
GESTIÓN FINANCIERA
DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES
Procedimiento de Selección Licitación Publica N 82-0004-LPU 17
Clase: De Etapa Unica-Internacional Modalidad: Sin Modalidad Exp edie nt e N : EX20 17-06263930-APNDCME

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/10/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha26/10/2017

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4802

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/08/2024

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