Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/5/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 9 de mayo de 2016
licitación Conforme a lo transcripto se entiende que se está en presencia de un rechazo de oferta y devolución de la garantía de oferta presentada oportunamente. Fundamentos y/o apoyatura legal: a - pliego general de condiciones aprobado por Decreto Nº 27/06 GOB artículo 10º - párrafo 3º - Presentación de propuestas: no se tomarán en consideración las propuestas que modifiquen las bases de la licitación b - Decreto Nº 958/79 SOySP, artículo 13º, apartado 7º, párrafo 3º, primera parte No serán tomadas en consideración aquellas propuestas que modifiquen las bases de la licitación - E Oferta Nº 5 - UTE conformada por Verco S.A. - Eco Ingeniería SRL, fojas 1.785 - no se corresponde con lo requerido no debe ser tomada en consideración porque modifican las condiciones de la licitación - fojas 1.812 - No serán tomadas en consideración aquellas propuestas que modifiquen las bases de la licitación - Conforme a lo transcripto se entiende que se está en presencia de un rechazo de oferta y devolución de la garantía de oferta presentada oportunamente. Fundamentos y/o apoyatura legal: apliego general de condiciones aprobado por Decreto Nº 27/06 GOB, artículo 10º, párrafo 3º - Presentación de propuestas No se tomarán en consideración las propuestas que modifiquen las bases de la licitación - bDecreto Nº 958/79 SOySP, artículo 13º, apartado 7º, párrafo 3º, primera parte - No serán tomadas en consideración aquellas propuestas que modifiquen las bases de la licitación producido de fojas 1.823 a 1.826; y Que la Dirección de Hidráulica informa a fojas 1.822 que la obra ha sido prevista en el Anteproyecto de presupuesto 2016, habiéndose reservado para el presente ejercicio la suma de $ 2.000.000.00 que es lo que se prevé invertir; y Que han tomado intervención la asesora legal de la Dirección de Hidráulica, el Departamento Jurídico MPIyS y la Dirección General del Servicio Administrativo Contable MPIyS en lo que es de sus competencias, con la correspondiente intervención de la Contaduría General de la Provincia, a través auditora, no formulando observaciones a la presente gestión; y Que el presente trámite encuadra en lo establecido en los artículos 9º, inciso a, 10º, inciso a, punto 11, y 12º, primer párrafo, primera parte del Decreto Ley Nº 6.351 de Obras Públicas, ratificado por Ley 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP, y artículo 17º, inciso a del Decreto Nº 404/95
MEOySP, texto único y ordenado de la Ley 5.140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones, en razón a su incidencia en dos ejercicios presupuestarios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase la Licitación Pública Nº 01/2015, verificada el 29 de mayo de 2015, convocada para adjudicar la ejecución de la obra Desages urbanos - calle San Martín, ciudad de Tabossi, Departamento Paraná, Entre Ríos, con un presupuesto oficial de pesos dieciocho millones novecientos quince mil doscientos veintinueve con sesenta y cinco centavos $
18.915.229,65, a valores del mes de diciembre de 2014 y un plazo de ejecución de trescientos sesenta y cinco 365 días corridos. y acorde a lo expresado precedentemente, adjudícase a la empresa OIC S.A. su ejecución, por el valor de su propuesta corregida de pesos veintiún millones quinientos sesenta y un mil quinientos cincuenta y siete con ochenta y ocho centavos $
21.561.557,88, con ajuste a la documentación que sirvió de base al llamado, aprobada por Resoluciones Nos. 23/14 D.H. y 06/15 D.H. y Decreto Nº 1.156/15 MPIyS que autorizó el llamado, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Desestímase la oferta de la empresa Ingeniero Quaranta S.A. por resultar en segundo lugar de puntuación y efectúese la devolución de la garantía de oferta, conforme a lo manifestado en los considerandos de la presente norma legal.

BOLETIN OFICIAL
Art. 3º Recházase la oferta presentada por la empresa Salinas, Gustavo Leonardo Jesús por los motivos expresados en los considerandos precedentes y reténgase la garantía d e o f e r t a p re s e n t a d a o p o rt u n am e nt e, de acuerdo a las disposiciones de los artículos 6º y 18º, tercer párrafo, del pliego general de condiciones aprobado por Decreto Nº 27/06
GOB y concordantes con la Ley de Obras Públicas Nº 6.351 y Decreto Nº 958/79 SOySP.
Art. 4º Recházanse las ofertas presentadas por las empresas José Eleuterio Pitón S.A.
y la U.T.E. conformada por Verco S.A. Eco Ingeniería SRL y efectúese la devolución de la garantía de oferta, conforme a lo manifestado en los considerandos de la presente norma legal.
Art. 5º Dese intervención a la Dirección General del Registro Provincial de Contratistas de Obras y Servicios y Variaciones de Costos para la aplicación de los sanciones que correspondiere a la empresa citada en el artículo 3º, en virtud de lo previsto en el artículo 20º del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP.
Art. 6º La Contaduría General de la Provincia y la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Economía, Haciendo y Finanzas procederán a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes que resulten de la retención de la garantía de oferta dispuesta en el artículo 3º del presente decreto.
Art. 7º Encuádrase el presente trámite en las previsiones de los artículos 9º, inciso a, artículo 10º, inciso a, punto 1, y 12º, primer párrafo, primera parte, del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y artículo 17º, inciso a, del Decreto Nº 404/95 MEOySP, texto único y ordenado de la Ley 5.140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones, en razón a su incidencia en dos ejercicios presupuestarios.
Art. 8º La Dirección de Hidráulica efectuará la notificación fehaciente de lo dispuesto en el presente texto legal, debiendo la empresa adjudicataria integrar el cinco por ciento 5%
del valor de su propuesta como garantía de cumplimiento contractual, previo a la firma del contrato de obra.
Art. 9º La Escribanía Mayor de Gobierno extenderá la escritura del contrato de la obra que se adjudica por el presente decreto.
Art. 10º El pago se efectuará mediante certificaciones mensuales, conforme lo establece el capítulo VII, artículos 51º al 62º del Decreto Ley Nº 6.351, ratificado por Ley 7.495
y sus concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP.
Art. 11º La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS, mediante sistema de libramiento efectivizará los pagos resultantes de lo dispuesto por el presente texto legal.
Art. 12º Autorízase a la Dirección de Hidráulica a invertir hasta la suma de pesos dos millones $ 2.000.000.00 en el presente ejercicio presupuestario, con destino a la obra motivo de estos actuados, estando la obra prevista en el anteproyecto de presupuesto 2016.
Art. 13º Impútese el gasto a: Dirección de Administración 958, Carácter 1, Jurisdicción 25, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 17, Subprograma 00, Proyecto 06, Actividad 00, Obra 51, Finalidad 3, Función 72, Fuente Financiamiento 13, Subfuente Financiamiento 0417, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 1, Partida Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 10, del presupuesto año 2015.
Art. 14º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 15º Comuníquese, publíquese y archívese; y pase la actuación a la Dirección de Hidráulica, para la prosecución del trámite.
SERGIO D. URRIBARRI
J. Javier García
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MINISTERIO DE PRODUCCION
DECRETO Nº 3480 MP
Paraná, 30 de septiembre de 2015
Reconociendo las tareas realizadas por la Srta. Laura Cecilia Méndez, DNI N
25.020.705, de acuerdo a la certificación de trabajos realizadas y a los fundamentos expuestos precedentemente.
Aprobando el contrato de locación de obra celebrado entre el Sr. Ministro de Producción, CPN Roberto Emilio Schunk y la Srta. Laura Cecilia Méndez, DNI N 25.020.705, el que agregado forma parte integrante del presente.
Encuadrando la presente gestión en la excepción prevista por el Artículo 27, Inciso c, Apartado b, Punto 3de la Ley N5140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones TO por Decreto N 404/95 MEOSP, y el concordante Artículo 142, Punto 4, Incisos a y b, de su Decreto Reglamentario N795/96
MEOSP, y modificatorios especialmente el Decreto N 1334/14 MEHF y en el Decreto N
3722/08 GOB y sus modificatorios Decretos N
7773/08 MGJEOSP y N 1738/10 MEHF.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración y despacho del Ministerio de Producción a efectivizar a la Srta. Méndez, previa emisión del respectivo libramiento de fondos con cargo a la Tesorería General de la Provincia y de la facturación emitida de conformidad a las normas legales y tributarias vigentes, los honorarios devengados a su favor como consecuencia del Reconocimiento de tareas realizadas y del contrato aprobado por el presente decreto, con cargo a dicho organismo de su oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante la inclusión de los recibos firmados de conformidad por el beneficiario en el legajo de Caja de Tesorería correspondiente a la fecha de pago.
DECRETO Nº 3481 MP
Paraná, 30 de septiembre de 2015
Reconociendo el pago de la Factura N000100000020 de Mara Antonella Albornoz, por el importe de $ 47.520, Factura N 000100000010 de Eloisa Acosta por el importe de $
47.520, Factura N 0001-00000049 de Juan Horacio Fernández, por el importe de $ 47.520, Factura N 0001-00000031 de María Soledad Palumbo por el importe de $ 47.520, Factura N0001-00000031 de Enrique de La Cruz Ríos por el importe de $ 54.120, Factura N 000100000030 de Christian Damián Zoppi Del Pozo por el importe de $ 47.520, correspondiente a las tareas ejecutadas durante el período comprendido entre el 4 de febrero y el 31 de diciembre de 2014, conforme a las certificaciones emitidas por el señor Director General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.
Reconociendo el pago de la Factura N000100000021 de Mara Antonella Albornoz por el importe de $ 21.000, Factura N 000100000011 de Elosia Acosta por el importe de $
21.000, Factura N 0001-00000050 de Juan Horacio Fernández, por el importe de $ 21.000, Factura N 0001-00000032 de María Soledad Palumbo por el importe de $ 21.000, Factura N 0001-00000032 de Enrique de la Cruz Ríos por el importe de $ 24.000, Factura N 000100000031 de Christian Damián Zoppi Del Pozo por el importe de $ 21.000, correspondiente a las tareas ejecutadas durante el período comprendido entre el 5 de enero al 3 de mayo de 2015, conforme a las certificaciones emitidas por el señor Director General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.
Aprobando los contratos de locación de obra celebrados entre el Sr. Director General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, señor Juan Carlos Albornoz y los Sres. Juan Horacio Fernández, DNI N 16.431.365, Enrique de La Cruz Ríos, DNI N 33.961.820, Christian Damián Zoppi Del Pozo, DNI N
31.184.919 y las Srtas. Eloisa Acosta, DNI N
33.919.084, Mara Antonella Albornoz, DNI N
35.028.464 y María Soledad Palumbo, DNI N
25.546.115, los que agregados forman parte integrante del presente.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/5/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha09/05/2016

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4788

Primera edición01/12/2003

Ultima edición16/07/2024

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