Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/11/2015

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 10 de noviembre de 2015
párrafo - del Código Fiscal t.o. 2006 y el Art.
13 inc. 5º a de la Ley Impositiva Nº 10.270 t.o. 2013, cuyo pago deberá efectuar el martillero y acreditar en las actuaciones dentro de los diez 10 días de realizada la subasta.
10.- Hacer saber a los interesados en adquirir los bienes en la presente subasta, que se encuentra prohibida la compra en comisión como así también la cesión de los derechos de subasta.
11.- Hacer saber que en virtud del Art. 211
de la Ley 24.522, el comprador no podrá alegar compensación, en caso de ser acreedor, salvo que su crédito tenga garantía real sobre el bien o bienes que adquiera en la forma establecida en la normativa citada y previa reserva de ley para gastos y honorarios de los funcionarios del concurso Art. 244 Ley 24.522; dichas cuestiones deberán ventilarse en las actuaciones principales, no pudiendo eximirse en la presente subasta de abonar la seña, comisión del martillero e impuestos dispuestos en la presente.
12.- Hacer saber que el saldo del precio deberá abonarse en el término de cinco 5 días de aprobado el remate Art. 566 del CPCC, mediante depósito judicial en el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. - Sucursal Tribunales, a nombre de la suscripta y como pertenecientes a estas actuaciones, bajo los apercibimientos establecidos en el Art. 570 del CPCC.
13.- Los gastos de inscripción de la transferencia de los inmuebles son a cargo de los compradores y debiendo perfeccionarse la misma dentro de los 30 días de realizado el remate, bajo los apercibimientos de remitir el oficio al Juzgado de origen.
Hacer saber que el o los adquirentes deberán abonar los honorarios correspondientes a la confección del plano de mensura y ficha de transferencia al ingeniero agrimensor designado en autos
15.- Así también son a cargo de los compradores, el impuesto a la transferencia de inmuebles establecido en el Art. 7 de la Ley 23.905, cuya la alícuota es del 1,5% y que su exigibilidad en los actos de ventas judiciales por subasta pública opera en el momento en que quede firme el auto de aprobación del remate, Art. 12 de dicha ley.
16. - Hacer saber que el o los adquirentes están obligados al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales, desde el día de la toma de posesión del bien o desde que se hallaren en condiciones de tomarla, Art. 145
del Código Fiscal - t.o. 2006.
17.- Se hará saber al a los compradores que cualquier diferencia de tributos nacionales o provinciales que graven la transferencia del inmueble, serán a su exclusivo cargo.
18.- Hacer saber que las cuestiones que se susciten con motivo de la desocupación del o de los inmuebles se sustanciarán por el trámite de los incidentes Art. 575 CPCC y ante el Juez competente en el trámite principal.
Días de Visita: Lunes 23 y martes 24 de noviembre de 2015 de 15:00 a 16:00 horas.
Informes y concertar entrevistas al martillero al Celular 3434.051769 ó Tel. 422.1483 ó mail rleonmartillero@hotmail.com.
Paraná, 30 de octubre de 2015 Elda Beatriz Osman, secretaria a/c.
F. 500-00000246 5 v./16.11.15
Por Hernán Céparo Matr. 948 COMPER
La Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N2, de la ciudad de Paraná ER, Dra. Gabriela R. Sione, Secretaría del suscripto, ha dispuesto que en los autos Vauthay Eduardo Leonidas c/ Baglioni Alberto Armando y otra s/ Ejecución de honorarios, Expte. N
13186, el martillero designado Hernán Céparo, subaste en el Salón de Remates del Colegio de Martilleros Públicos de Entre Ríos, sito en calle Santa Fe 434 y en presencia del actuario, los derechos hereditarios correspondientes a los
BOLETIN OFICIAL

9

demandados Alberto Armando Baglioni y Vicenta Ramona Ruiz, sobre un inmueble inventariado en los autos Baglioni Oscar Emilio s/
Sucesorio, Expte. N 1333, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, de la ciudad de Paraná.
El inmueble se registra bajo la matrícula N
143.961 y plano N 97.358, domicilio parcelario El Paracao N 329. Día, hora y base de la subasta: la subasta se realizará el día jueves 26 de noviembre próximo a las 11 horas, o el día siguiente hábil de ser este feriado. El bien se ofrecerá sin base. Estado de ocupación: el inmueble se encuentra ocupado.
Sistema de venta: la misma será al contado y al mejor postor. El o los que resulten compradores deberán abonar en el acto el 100% del precio obtenido, con más el 10% de honorarios del martillero. Asimismo deberá reponer el impuesto de sello correspondiente, 1% Art. 12
Inc. 1 Ley Impositiva. Los compradores deberán concurrir al acto de venta con su respectivo Documento Nacional de Identidad.
Horario de visita: el inmueble se podrá visitar los días 23 y 24 de noviembre en el horario de 17 a 18, previa concertación con el martillero.
Informes: para mayor información de lo expuesto, comunicarse con el martillero a los teléfonos 4223793 o al Cel. 154-287901.
Secretaría, 6 de noviembre de 2015 Pablo F. Cattaneo, secretario.
F.C.S. 502-00001743 3 v./12.11.15

USUCAPION
NUEVA

PARANA
El Juzgado Civil y Comercial N 2, de la ciudad de Paraná ER; a cargo de la Dra.
Gabriela R. Sione, Juez y Pablo Cattaneo, secretario, cita y emplaza por quince 15 días para que comparezcan a tomar intervención bajo apercibimiento de nombrárseles defensor de ausentes, Art. 329 Cód. cit., a fin de que tomen intervención en los autos Bersier Guillermo Fernando c/ Gazzano María Regina s/
Usucapión, Expte. N 17266, a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado según plano de mensura bajo el N
194.873, en la Provincia de Entre Ríos, departamento y ciudad de Paraná, área complementaria, ensanche urbano, Distrito C.E.U., sección 9, grupo 36, manzana 4, domicilio parcelario Gdor. Tibiletti N 2126, plano N 194873, superficie total trescientos trece metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados 313,70 m2., el cual resulta del desglose de mayor superficie, cuya inscripción registral constan a nombre de Gazzano María Regina al T 57, F: 1037, sección D.U. Límites y lindero:
NORTE: recta 1-2 al rumbo SE 90 08 de 10,08 m., con calle Gdor. E. Tibiletti.
ESTE: recta 2-3 al rumbo SO 10 03 de 31,26 m., con lote N7 de Guillermo F. Bersier.
SUR: recta 3-4 rumbo NO 80 18 de 10,00
m., con lote N 15 de Eduardo F. Martínez.
OESTE: recta 4-1 rumbo NE 9 47 de 31,23
m., con lote N 5 de Angela B. Bautista.
Paraná, 5 de noviembre de 2015 Pablo F.
Cattaneo, secretario.
F.C.S. 502-00001728 2 v./11.11.15

QUIEBRA
ANTERIOR

PARANA
La señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9
-Concursos y QuiebrasDra. María Gabriela Tepsich, Secretaría N 1 a cargo de la Dra.
Elda Beatriz Osman por subrogancia de su
titular Dra. María Victoria Ardoy, sito en calle Santiago del Estero Nº 382 de la ciudad de Paraná, comunica por cinco 5 días que en los autos caratulados: Portillo Vicenta Anadelia s/
Pedido de Quiebra Promovido por Deudor s/
Quiebra Expte. N 2332, en fecha 28.10.2015
se ha declarado la quiebra de Vicenta Ana Delia Portillo, DN I 14.693.591, CUIL: 2714693591-0, con domicilio en calle Guillermo Saravi Nº 350 Dpto. 2 Entre Sudamérica y 3
de Febrero, de la ciudad de Paraná, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos y se ha dispuesto que los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante el síndico, Cr. Ariel Ramón Aparicio, con domicilio en calle La Paz N 72, Planta Baja de esta ciudad, quien atenderá los días lunes a viernes de 17 a 19 horas y los días miércoles de 10 a 12 horas días hábiles judiciales hasta el día 18.12.2015 inclusive. Se han fijado los días 04.3.2016 y 18.4.2016 para que el síndico presente, respectivamente, los informes previstos en los Arts. 35 y 39 por remisión del Art.
200 de la Ley 24.522.
Se ordena a la fallida y a terceros, que entreguen al síndico todos los bienes y documentación de aquella, bajo las penas y responsabilidades de ley. Se intima a la fallida para que cumpla con los requisitos a los que refiere el Art. 86 de la LCQ y entregue al síndico, dentro de las veinticuatro 24 horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad Art. 88 inc. 4 y Art. 14 inc.
5 LCQ y cumplimentar con lo dispuesto en el Art. 86 de la LCQ. Se prohíbe hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces.
Dejo constancia que el edicto que antecede deberá publicarse por cinco 5 días en el Boletín Oficial y El Diario de Paraná, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos necesarios para oblar el costo de publicación, cuando los hubiere Art. 89 Ley 24.522.
Paraná, 3 de noviembre de 2015 Elda B.
Osman, secretaria a/c.
F. 500-00000242 3 v./10.11.15

SENTENCIAS
ANTERIORES

GUALEGUAY
Que en el Legajo de I.P.P. Nº 7256/15, caratulado Godoy Muriel Marianela s/ Denuncia, que tramita por ante el Juzgado de Garantías Nº 2 de esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la parte pertinente de la Sentencia recaída, que dice:
En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a los 18 días del mes de agosto del año dos mil quince Sentencia 1 Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente.- 2º Declarar a RODRIGO JAVIER
AGERO apodado el enano, de nacionalidad argentina, D.N.I. Nº 31.718.520, de 30 años de edad, de estado civil soltero, pintor, domiciliado en calle Cont. Martín Fierro al fondo, Barrio Plan Evita de esta ciudad, nacido en Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, el 10 de mayo de 1985, con estudios primarios completos, hijo de Miguel Angel Agero fdo. y de Susana del Rosario Mirabella fda.; Autor penalmente responsable de la comisión de los delitos de daño en concurso real con portación de arma de fuego sin la debida autorización legal dos hechos, daño calificado, por ser contra un bien de uso público Unidad Penal N 7, abuso de arma de fuego y tenencia de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal y lesiones leves calificadas en calidad de autor -Arts. 5, 12, 45, 55, 89, 92 por remisión al Art. 80, 104, 183, 184 inc. 5 y 189
bis. inc. 2, segundo y tercer párrafo del Codigo

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/11/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha10/11/2015

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2015>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930