Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/11/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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TALLER DE MUSICA y TIC I
TALLER DE MÚSICA Y TIC II
DOCENTE
Profesor de/en Educación Musical Profesor en Composición Profesor de educación Musical Nivel Primario y Secundario Profesor de/ en Didáctica Musical Profesor Superior en instrumento.
Profesor de Música para el Nivel Terciario Especialidad Instrumental.
Profesor de/en Música Profesor en Instrumento Con acreditación en TIC orientada a la música o capacitación y experiencia comprobable en proyectos de música con medios digitales HABILITANTE
Licenciado en Instrumento Licenciado en Composición Doctor en Música Licenciado en Cultura musical/educación musical Con acreditación en TIC orientada a la música o capacitación y experiencia comprobable en proyectos de música con medios digitales SUPLETORIO
Técnico en Sonido y Grabación Técnico en Instrumento Técnico en canto lirico.
Con acreditación en TIC orientada a la música o capacitación y experiencia comprobable en proyectos de música con medios digitales ARREGLO MUSICAL I
ARREGLO MUSICAL II
DOCENTE
Profesor en Composición Profesor en Educación Musical Profesor en Canto Lírico Profesor en Canto Profesor de Música Profesor Superior en Didáctica Musical Profesor de/ en Arte con orientación en Lenguaje Musical Profesor de/ en Arte en Música Profesor en Educación Musical Profesor de/ en Educación Musical a 2 conjuntamente con Actualización Resolución Nº 1861/04 CGE
Profesor de/ en Educación Musical Nivel Primario y Secundario Plan 1987
Profesor de/ en Música Nivel Inicial EGB y Polimodal Plan 1999
Profesor de/ en Cultura/ Educación Musical Música para la Enseñanza Primaria y Secundaria Profesor de/ en Música Cultura/ Educación Musical Profesor de/ en Instrumento Profesor Nacional de/ en Música Especialidad Piano de Cámara.
a 2 Expedido por Instituto Musicante Gualeguaychú Profesor Superior de/ en Instrumentocanto Lírico, canto de cámara UNR Nivel Medio Profesor de Música para Nivel Terciario especialidad Instrumental año 1987
Profesor en Música Nivel Infantil Preparatorio y Medio Profesor con orientación en canto, dirección coral, dirección orquestal, composición o instrumento UNL
Profesor de Música Duración: 3 años
UNR
HABILITANTE
Doctor en Música Licenciado de/ en Cultura / Educación Musical Licenciado de/ en Instrumento Licenciado en Teoría y Crítica de la Música UNL
SUPLETORIO
Profesor de Educación Musical para Nivel Inicial y 1er y 2do ciclo EGB a 4
Profesor de/ en Educación Musical a 2
Maestro en Cultura Musical Especialidad Canto
BOLETIN OFICIAL
Maestro en Música Cultura / Educación Musical Maestro Ayudante de Coro Maestro en Cultura Musical Especialidad Instrumental Profesor de/ en Educación Musical a 3
Dcto. Nº 3734/00 MGJE
Técnico en Instrumento/ canto Lírico UADERPlan 2001
Técnico en Instrumento/ canto Lírico Nivel Medio Técnico Universitario en Piano, guitarra, flauta, canto, armonía y contrapunto UNR
a 2 Expedido por Instituto Musicante Gualeguaychú a 3Expedido por Cesáreo Bernaldo de QuirósConcordia a 4 Expedido por la Escuela Municipal de Victoria ENSAMBLE VOCAL - INSTRUMENTAL I
ENSAMBLE VOCAL - INSTRUMENTAL II
ENSAMBLE VOCAL - INSTRUMENTAL III
DOCENTE
Profesor Superior en instrumento.
Profesor en Canto Lírico Profesor en Dirección Coral Profesor de Música para el Nivel Terciario Especialidad Instrumental.
Profesor de/en Música Profesor de/en Educación Musical Profesor de/ en Didáctica Musical Profesor de educación Musical Nivel Primario y Secundario Profesor en Composición Profesor de/ en Arte con orientación en Lenguaje Musical Profesor de/ en Arte en Música Profesor de/ en Educación Musical a 2 conjuntamente con Actualización Resolución Nº 1861/04 CGE
Profesor de/ en Educación Musical Nivel Primario y Secundario Plan 1987
Profesor de/ en Música Nivel Inicial EGB y Polimodal Plan 1999
Profesor de/ en Cultura/ Educación Musical Música para la Enseñanza Primaria y Secundaria Profesor de/ en Música Cultura/ Educación Musical Profesor Nacional de/ en Música Especialidad Piano de Cámara.
Profesor Superior de/ en Instrumentocanto Lírico, canto de cámara UNR Nivel Medio Profesor de Música para Nivel Terciario especialidad Instrumental año 1987
Profesor en Música Nivel Infantil Preparatorio y Medio Profesor con orientación en canto, dirección coral, dirección orquestal, composición o instrumento UNL
Profesor de Música Duración: 3 años
UNR
a 2 Expedido por Instituto Musicante Gualeguaychú HABILITANTE
Licenciado en Instrumento Doctor en Música Magister en Educación Artística Licenciado en Cultura musical/educación musical Licenciado en Composición Licenciado en Dirección Coral Licenciado en Dirección Orquestal SUPLETORIO
Técnico en Instrumento/canto lirico.

SECRETARIA GENERAL DEL
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 115 SGCMER
ADMINITIENDO SOLICITUDES DE
INSCRIPCION
Paraná, 29 de octubre de 2015
VISTO:
La finalización del período de inscripción a los Concursos Públicos Nº 163 al Nº 166; y
Paraná, martes 3 de noviembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, en fecha 19 de Septiembre de 2015, finalizó el período de inscripción a los Concursos Públicos Nºs 163 a 166 destinados a cubrir: un 1 cargo Juez para el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Salvador; un 1 cargo Juez para el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Villa Paranacito; un 1 cargo Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 9 con competencia en Concursos y Quiebras de la ciudad de Paraná y un 1 cargo Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 3 con competencia en Concursos, Quiebras y Procesos de Ejecución de la ciudad de Concepción del Uruguay, respectivamente; y Que, conforme al artículo 50 del Reglam e n t o Ge n e ra l y de C on curso s P úblico s RGCP, una vez verificado el cumplimiento de todos los requisitos de inscripción, se tendrá por admitidos a los postulantes y a tal efecto se dará a conocer el listado del total de inscriptos y de quienes lo están en carácter condicional, de la misma forma que se publicó el llamado a concurso, haciéndose saber, el lugar donde se recibirán las impugnaciones que se deduzcan contra aquéllos y la fecha y hora hasta la cual podrán plantearse; y Que, asimismo, y conforme el último párrafo del artículo antes citado, se admitirá la inscripción condicional de aquellos postulantes que no posean los requisitos fijados por la ley a la fecha de cierre del plazo establecido al efecto, no obstante los reunieren al momento de la finalización del concurso, ello así, debe entenderse establecido, por ejemplo, para los casos en que no se reúne la antigedad mínima en la profesión o en funciones judiciales, para el cargo que se postula; y Que, además, conforme a los artículos 47
y 48 del RGCP, se rechazarán las solicitudes de inscripción de aquellos postulantes que, pese a haber sido emplazados, no hayan cumplido con los requisitos fijados por la Constitución Provincial, la ley del Consejo de la Magistratura, el RGCP y las leyes orgánicas del Poder Judicial o del Ministerio Público, a la fecha del vencimiento del plazo establecido al efecto; y Que, según el artículo 51 del RGCP, a partir de la publicación y por un plazo de cinco 5 días, todo ciudadano o asociación profesional o social podrá impugnar la admisión en el concurso de aquellos aspirantes que, a su saber, se encontraren estrictamente alcanzados en los supuestos del artículo 48 del RGCP; y Que, el artículo 52 del RGCP dispone que las impugnaciones deberán presentarse por escrito, en la Secretaría General, acompañando fotocopia del DNI de la persona que la presenta o, en el caso de tratarse de una asociación profesional o social, el acto administrativo que le otorga personería jurídica, o ley de creación y una fotocopia del DNI del Presidente o Secretario General de la misma; y Que, la impugnación deberá también detallar los datos de la persona observada, el o los motivos en que fundamenta la misma y la prueba en que se sustenta, la que deberá ser acompañada en ese momento, o en su caso, la indicación precisa del lugar en donde puede hallarse; y Que es facultad del Secretario General del CMER dictar la presente conforme al artículo 13 de la Ley Nº 9.996 y a los artículos 21, 22 y 50 del RGCP;
Por ello;
El Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Admitir las solicitudes de inscripción y conformar el listado total de los siguientes postulantes inscriptos, a saber:

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/11/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha03/11/2015

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4788

Primera edición01/12/2003

Ultima edición16/07/2024

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