Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/8/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 28 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 27 de febrero de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por las ,apoderadas, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 410458, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 02 de diciembre del 2013 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por las apoderadas legales de la Sra. Griselda Ester, Miconi con domicilio legal en calle Urquiza N 1736, de esta ciudad, por haber incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por las apoderadas, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 633 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 27 de marzo de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por las apoderadas legales de la Sra. Graciela Alicia, Alvarez;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 27 de febrero de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por las apoderadas, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 456754, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 12 de agosto del 2013 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por las apoderadas legales de la Sra. Graciela Alicia, Alvarez, con domicilio legal en calle Urquiza N 1736, de esta ciudad, por haber incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligen-

BOLETIN OFICIAL
ciar un reclamo presentado oportunamente por las apoderadas, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intimase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 634 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 27 de marzo de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por las apoderadas legales de la Sra. Delia Irene, Motura;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 27 de febrero de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por las apoderadas interesada, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 465846, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 03 de septiembre del 2014 en el Área Central de Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por las apoderadas legales de la Sra. Delia Irene, Motura, con domicilio legal en calle Urquiza N 1736, de esta ciudad, por haber incurrido el Área Central de Asuntos Jurídicos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por las apoderadas, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 635 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 27 de marzo de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por las apoderadas legales de la Sra. Sofía Stella Maris, Aldana;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 27 de febrero de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por las apoderadas, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Direc-

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tiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 362921, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 02 de diciembre del 2013 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por las apoderadas legales de la Sra. Sofía Stella Maris, Aldana, con domicilio legal en calle Urquiza N1736, de esta ciudad, por haber incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por las apoderadas, conforme a lo expresado en los considerandos precedente.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 636 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 27 de marzo de 2015
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Roberto Mario, Albizzatti;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo, incoado en fecha 02 de marzo de 2015, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por el interesado, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva N 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del expediente N 352198, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 06 de noviembre del 2014 en el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días hábiles, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del Sr. Roberto Mario Albizzatti, con domicilio legal en calle Laprida N 374, de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Despacho de la Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por el interesado, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/8/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/08/2015

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4797

Primera edición01/12/2003

Ultima edición29/07/2024

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