Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/4/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 30 de abril de 2015
DECRETO Nº 4384 GOB
Paraná, 18 de noviembre de 2014
Otorgando a las personas que a continuación se detallan, subsidios por los montos especificados en cada caso, con destino a solventar gastos de subsistencia, haciendo un total de $
4.500, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia:
Falconi Olga Ester, MI N 17.786.162, domiciliada en calle Salvador Maciá s/n, de la ciudad de Sauce de Luna, Dpto. Federal $ 2.500.
Díaz Elisa Gabriela, MI N 26.628.420, domiciliada B El Sol, Mz C, casa N 2, de la ciudad de Paraná $ 2.000.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a abonar directamente a cada una de las beneficiarias, las sumas determinadas.
DECRETO Nº 4385 GOB
Paraná, 18 de noviembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma total de $ 2.500, al señor José Luis Martínez, MI Nº 18.115.286, domiciliado en calle Feliciano s/n, de la localidad de San Gustavo, Dto.
Estacas, Dpto. La Paz, con destino a solventar gastos derivados de la enfermedad de su hija Emilia Yasmin Martínez, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a abonar directamente al señor José Luis Martínez, la suma determinada.
DECRETO Nº 4386 GOB
Paraná, 18 de noviembre de 2014
Otorgando a las personas que a continuación de detallan, subsidios por los montos especificados en cada caso, con destino a solventar gastos de subsistencia, haciendo un total de $
3.000, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia:
Alpiris José Luis, MI Nº 20.553.683, domiciliado en calle Benjamín Virasoro Nº 1459, de la ciudad de Paraná $ 1.000.
Sanabria Angela Daniela, MI Nº 37.045.959, domiciliada en calle Avellaneda s/n, de la ciudad de San Benito, Dpto. Paraná $ 2.000.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar directamente a cada uno de los beneficiarios las sumas determinadas.
DECRETO Nº 4387 GOB
Paraná, 18 de noviembre de 2014
Otorgando a las personas que a continuación se detallan, subsidios por los montos y destinos que en cada caso se especifican, haciendo un total de $ 7.000, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia:
Villar Jorge Omar, MI Nº 13.353.226, domiciliado en calle Jujuy Nº 148, Bº La Bianca 126
Viviendas, de la ciudad de Concordia, con destino a solventar gastos derivados de su enfermedad $ 2.000.
Mendieta Mario Miguel, MI Nº 8.509.511, domiciliado en calle Francisco Beiró Nº 1260, de esta ciudad, con destino a solventar gastos derivados de la enfermedad de su esposa Mirta Leonor Boaglio $ 5.000.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a abonar directamente a cada una de las personas citadas, las sumas determinadas.
DECRETO Nº 4388 GOB
Paraná, 18 de noviembre de 2014
Otorgando un subsidio por la suma total de $
7.000, a la Sra. Alejandra Angélica Rodríguez, MI Nº 24.684.293, domiciliada en calle Virgen de Itatí Nº 1983, de esta ciudad, con destino a la adquisición de materiales de construcción a fin de efectuar refacciones edilicias en su hogar tendientes a mejorar la calidad de vida del grupo familiar, atento a la patología que pade-

BOLETIN OFICIAL
ce la solicitante y su hijo Alexis Lucas Rodríguez, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a abonar directamente a la Sra. Alejandra Angélica Rodríguez, la suma determinada.
DECRETO Nº 4389 GOB
Paraná, 18 de noviembre de 2014
Otorgando a las personas que a continuación se detallan, subsidios por los montos, especificados en cada caso, con destino a solventar gastos de subsistencia, haciendo un total de $
3.500, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia:
Blanca Gladys Samana, MI Nº 17.240.260, domiciliada en calle 2 de Abril y Cortada 502
s/n, Barrio Justo José de Urquiza, de la ciudad de Paraná $ 2.000.
Silvia Susana López, MI Nº 12.499.870, domiciliada en calle Ayacucho Nº 753, de la ciudad de Paraná $ 1.500.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar directamente a cada una de las personas citadas, las sumas determinadas.

MUNICIPALIDAD DE PARANA
DECRETO Nº 796
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Malvinas, siempre Argentinas Paraná, 21 de abril de 2015
VISTO:
La Ordenanza N 9234, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en fecha 24 de septiembre de 2014 y promulgada el 20 de octubre del mismo año; y CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza mencionada en el visto tiene por objeto mejorar la seguridad vial en las calles de nuestra ciudad, regulando actividades conexas que hacen al contralor que debe ejercer el municipio tipificando una serie de conductas entendidas como disvaliosas, a los fines de perseguir el estricto cumplimiento de la normativa en el marco de sus competencias;
Que, en tal sentido, y conforme lo establecido en el artículo 1º del referido texto legal, se crea el Registro Municipal de Agencias, Concesionarias y/o Locales Comerciales de venta de motovehículos en la Ciudad de Paraná, estableciendo los requisitos que deberán cumplimentar los locales para su inscripción;
Que a los efectos de la implementación de los preceptos contenidos en dicha norma, resulta necesario adecuar el trámite previsto con el procedimiento establecido para la habilitación de agencias, concesionarias y locales comerciales, en resguardo de la actividad comercial en todos los rubros que detalla, contemplando la situación de las habilitaciones comerciales previamente otorgadas;
Que, asimismo, la mentada Ordenanza determina las condiciones de entrega de los motovehículos comercializados, en lo que respecta a la utilización de caños de escapes originales y la consecuente prohibición de modificar los mismos de manera que excedan los niveles de sonido emitidos permitidos por la Ordenanza N 5604;
Que, por otra parte, se prevé que las Estaciones de Servicio no podrán expender combustible a los conductores de motovehículos cuando estos y/o sus acompañantes, al momento de ingreso al playón para la carga, no utilicen el casco reglamentario, debiendo los comercios expendedores colocar cartelería informativa al respecto;
Que la reglamentación debe preservar el estricto cumplimiento de la Ordenanza sancionada, a los fines de su adecuada observancia en relación a las obligaciones establecidas, en resguardando de la seguridad y preservación de la vida de todos los ciudadanos;

3
Que, en virtud de lo expuesto, y conforme facultades conferidas por la Ley N 10.027 y su modificatoria N 10.082, corresponde obrar en consecuencia;
Por ello;
La Presidenta de la Municipalidad de Paraná D E C R E T A :
Art. 1 - Establécese que el Registro creado en virtud del artículo 1 de la Ordenanza N
9234 funcionará en el ámbito de la Subsecretaría de Habilitaciones, Concesiones y Uso de Espacios Públicos. Entiéndase por Venta exclusiva de motovehículos a que refieren los incisos a y f del Art. 2 de la Ordenanza N
9234, a la venta del motovehículo propiamente dicha y a los accesorios de seguridad requeridos para circular conforme la Ley Nacional de Tránsito en vigencia.
Art. 2 - Dispónese que para la inscripción en el Registro mencionado en el artículo precedente se deberá acompañar:
Formulario provisto a tal efecto por el organismo de aplicación.
Resolución de habilitación comercial en vigencia del local a registrar.
En los casos de locales comerciales no habilitados, la inscripción en el Registro deberá tramitarse en forma conjunta con la Habilitación.Art. 3 - Habiéndose presentado y aprobado la documentación e información solicitada, la Subsecretaría de Habilitaciones, Concesiones y Uso de Espacios Públicos emitirá un número de registro para el comerciante.Art. 4 - Apruébase el Modelo de Constancia de Registro que, como Anexo I obra agregado al presente, el que deberá ser exhibido en un lugar visible dentro del local comercial a efectos de permitir su desempeño en el rublo reglamentado.
Art. 5 - Los comercios habilitados e inscriptos en el Registro deberán presentar, con carácter de declaración jurada, un detalle mensual de los rodados vendidos en los que conste:
Número de dominio otorgado por la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad del Automotor.
Elementos de seguridad entregados casco homologado.
Número de póliza de seguros contratada por el adquirente.
Art. 6 - Otórguese un plazo de ciento ochenta 180 días corridos para la adecuación a la presente normativa de los locales ya habilitados y con resolución en vigencia.Art. 7 - Establécese que la comercialización de caños de escape para todo tipo de rodados en las condiciones exigidas por la Ordenanza N 9234 deberá hacerse acompañando las especificaciones del fabricante. Para el caso particular que se trae de competencias deportivas reconocidas oficialmente se deberá solicitar al comprador sus datos personales y la documentación que acredite dichos extremos.Art. 8 - Dispónese que las Estaciones de Servicios que funcionen dentro de la jurisdicción de la Municipalidad de Paraná deberán colocar cartelería informativa en zona de surtidores y pizarras de precios con la leyenda Sin Casco No Hay Nafta Ord. N 9234; de 30 cm de alto y 40 cm de ancho, de fondo verde y letras blancas.
Art. 9 - El presente decreto será refrendado por los Sres. Secretario Legal y Administrativo, Secretaria de Medio Ambiente y Secretario de Planificación, Infraestructura y Servicios.
Art. 10 - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Blanca Ines Osuna presidenta municipal Guillermo L. Federik - Secretaría de Planificación, Infraestructura y Servicios - María Juliana Robledo - Secretaría de Medio Ambiente - Dante Hugo Molina - Secretaría Legal y Administrativo.
F. 00016325 OP 13303 1 v./30.4.15

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/4/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha30/04/2015

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4805

Primera edición01/12/2003

Ultima edición08/08/2024

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