Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/12/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 19 de diciembre de 2014
gal de la Unidad Ejecutora de Programas Especiales, como así también el Departamento Legal del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Amplíase el convenio específico ACU-SSDV Nº 1.348/13, del Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales y sus anexos complementarios de I a VI, suscripto entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representada por el señor Subsecretario, arquitecto Germán Nivello, por la Unidad Ejecutora de Programas Especiales, la que, a la fecha, depende funcional y administrativamente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, representada por el señor coordinador José Daniel Irigoyen, y por la Municipalidad de Chajarí, representada por el señor Presidente Municipal José Luis Panozzo, que establece que la subsecretaría financiará el costo de los materiales, la mano de obra y gastos para la ejecución de cincuenta 50 viviendas con infraestructura para pobladores de pueblos originarios y rurales, en la ciudad de Chajarí, el cual en original forma parte del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Unidad Ejecutora de Programas Especiales del MPIyS
para el debido trámite.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 3102 MPIyS
Paraná, 11 de septiembre de 2014
Aprobando el convenio específico ACUSSDUV Nº 1.302/13, del Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales y sus anexos complementarios de I a VI, suscripto entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representada por el señor Subsecretario, arquitecto Germán Nivello, por la Unidad Ejecutora de Programas Especiales la que, a la fecha, depende funcional y administrativamente del señor coordinador José Daniel Irigoyen y por la Municipalidad de General Galarza, representada por la señora Presidenta Municipal Julia Fabiana Wi tman, que establece que la subsecretaría financiará el costo de los materiales, la mano de obra y gastos para la ejecución de 10 viviendas con infraestructura para pobladores de pueblos originarios y rurales, en la ciudad de General Galarza, el cual en original forma parte del presente decreto.

MUNICIPALIDAD DE PARANA
DECRETO Nº 2302
MUNICIPALIDAD DE PARANA
Paraná, 14 de octubre de 2014
VISTO:
El Expediente N 23.226/2012-13962-14 y su agregado; y CONSIDERANDO:
Que, por las mencionadas actuaciones, la Secretaría de Gobierno comunica las inasistencias sin justificar en que habría incurrido el agente Víctor Daniel Salvador - Legajo N
7.455-, personal de planta permanente de este Municipio, dependiente de la Administración Fiscal Municipal;
Que por Expediente N 33.109/2013, la citada unidad informa que, la Dirección de Salud
BOLETIN OFICIAL
Pública Municipal le otorgó al dependiente, Licencia por Largo Tratamiento a partir del día 02/02/2010;
Que la Dirección de Salud Municipal, a fs. 4
del trámite indicado, detalló que en el Legajo Médico del agente en cuestión se consignó que registra falta sin aviso desde el 08/10/11;
refiriendo además que no existe información actualizada acerca de su estado de salud, toda vez que su última revisión médica en la Subdirección de Medicina Laboral fue en fecha 12/09/2011, habiéndose fijado un nuevo control para el día 07/10/11, al cual Salvador no concurrió, por lo que tampoco cuenta con el Alta Médica;
Que al tipo de licencia que le fuera concedida al dependiente involucrado, resulta de aplicación lo establecido en la Ordenanza N 6873, que estipula su régimen de otorgamiento, indicando en su Artículo 15 que, ningún agente que cuente con tal licencia, podrá reintegrarse a sus funciones sin contar con el correspondiente alta, acordada por la Junta Médica reunida a tal efecto, por lo que es obligación del empleado presentarse en la fecha y hora que se le indique, a fin que se proceda al control atinente;
Que, de los informes emanados de la dependencia involucrada, surge que el agente Salvador, registra inasistencias sin justificar, desde el 08/10/2011;
Que ante la incomparecencia al control fijado, cabría inferir, se dio por concluida la Licencia por Enfermedad de Tratamiento Prolongado otorgada, generando ello que se tomara al agente como ausente sin aviso;
Que si bien la cuestión no está específicamente reglada por la norma descripta supra, resultaría ajustado a derecho inferir que, habiendo incumplido el agente la obligación de concurrir a la revisión médica, se hallaría injustificada la continuidad de la licencia, deviniendo su ausencia laboral en un abandono de servicio;
Que según informa la Dirección General de Recursos Humanos, y conforme planillas de la Dirección de Salud Pública Municipal, en el año 2012 el agente registra falta sin aviso desde el 1º de enero al 9 de Junio y desde el 16 de agosto al 31 de diciembre. En el año 2013, desde enero a diciembre inclusive, y, en el año 2014, desde enero al 24 de abril, según último comunicado, habiéndose practicado su baja provisoria de acuerdo a resolución de fecha 1/05/13;
Que por tal motivo, correspondería que se le sustancie un Sumario Administrativo al agente Víctor Daniel Salvador -Legajo N 7.455-, garantizándole el efectivo ejercicio de su derecho de defensa, toda vez que su conducta se encontraría incursa en las causales de cesantía contenidas en los Apartados a y b del Artículo 30º de la Ordenanza N 4.220, es decir: Inasistencias injustificadas que excedan de diez días hábiles en el año y Abandono del servicio sin causa justificada durante cinco días consecutivos;
Que, en virtud de lo expuesto, debe obrarse en consecuencia;
Por ello;
La Señora Presidenta de la Municipalidad de Paraná D E C R E T A :
Art. 1.- Dispónese sustanciar un Sumario Administrativo al agente Víctor Daniel Salvador Legajo N 7.455 dependiente de la Administración Fiscal Municipal, a través de la Dirección de Sumarios Administrativos Secretaría Legal y Administrativa, por haber incurrido presuntamenteen ausencias sin justificar y abandono del servicio, ambas, causales de separación del empleo contenidas en los Incisos a y b del Artículo 30º de la Ordenanza N 4220.Art. 2.- Comuníquese a la Dirección General de Recursos Humanos y a la Dirección de Sumarios Administrativos, a sus efectos.-

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Art. 3.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario Legal y Administrativo y el Señor Secretario de Hacienda.Art. 4.- Regístrese, comuníquese y archívese.
Blanca Inés Osuna Presidenta Municipal Gustavo A. Acosta Secretario Legal y Administrativo Nicolás H. Brunner Secretario de Hacienda F. 00015873 O.P. 12675 3 v./19.12.14

SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
La Sra. Juez Dra. María Andrea Morales, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 8, de la ciudad de Paraná, Secretaría N 8, a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Barbagelata Juan Antonio s / Sucesorio ab intestato, Expte. N
17775, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de JUAN
ANTONIO BARBAGELATA, DNI N 5.921.846, vecino que fuera del Dpto. Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 29 de agosto de 2014.
Paraná, 9 de diciembre de 2014 Ma. del Pilar Villa de Yugdar, secretaria.
F.C.S. 00105820 3 v./19.12.14
El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N1, de la ciudad de Paraná, Secretaría N 1, de quien suscribe, en los autos caratulados Selenscig José Francisco s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 16203, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de JOSE FRANCISCO
SELENSCIG, MI 17.476.879, vecino que fuera del Dpto. de Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 24 de abril de 2014.
Paraná, 15 de diciembre de 2014 Lucila del Huerto Cerini, secretaria.
F.C.S. 00105838 3 v./19.12.14
La Sra. Jueza suplente a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 5, de la ciudad de Paraná, Dra. Norma V.
Ceballos, Secretaría Nº 5, a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Udrizar Julia Desideria s/ Sucesorio ab intestato, Expte.
Nº 24940, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de JULIA
DESIDERIA UDRIZAR, MI 5.363.186, vecina que fuera del Dpto. Paraná, fallecida en Villa Seguí, en fecha 10.11.2007.
Paraná, 10 de octubre de 2014 Leandro O.E. Barbieri, secretario.
F.C.S. 00105845 3 v./22.12.14
La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6, de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría N 6, de la Dra. Silvina M.
Lanzi, en los autos caratulados Restano Esther Beatriz y Sieber César Reynaldo s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N 14583, cita y emplaza por el término de diez 10 días, a herederos y acreedores de ESTHER BEATRIZ
RESTANO, MI 2.369.855 y CESAR REYNALDO SIEBER, MI 5.910.798, vecinos que fueran del Dpto. Paraná, fallecidos en Cerrito, en fecha 4.3.2011 y 9.11.2013.
Paraná, 3 de diciembre de 2014 Silvina M.
Lanzi, secretaria.
F.C.S. 00105850 3 v./22.12.14
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, de la

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/12/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha19/12/2014

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4780

Primera edición01/12/2003

Ultima edición03/07/2024

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