Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/12/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 4 de diciembre de 2014

BOLETIN OFICIAL

LIQUIDACION DE SOCIEDAD
NUEVA

GUALEGUAYCHU
OSCAR LAPALMA SRL
Por resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas Dr.
José Carlos Luján, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial de Entre Ríos el siguiente edicto:
En la ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil catorce, comparece doña Sara Beatriz Nicolasa LAPALMA de ALVAREZ, argentina, nacida el 06/12/1942 LC N 04.502.213, CUIL N 2704502213-2, viuda en sus primeras nupcias de José Carlos Álvarez, domiciliada en calle Luis N. Palma N 1436; a los efectos de -en su carácter de liquidadoraliquidar la Sociedad OSCAR LAPALMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, habiendo sido disuelta mediante escritura realizada por el escribano de ésta ciudad Don Juan Pedro Fusse en fecha 02 de septiembre de 2005, inscripta en fecha 23 de junio de 2006, Sección Legajo Social y habiéndose designado en tal oportunidad a Don Oscar José Dionisio LAPALMA
como liquidador, y ante el fallecimiento del Sr.
Don Oscar José Dionisio LAPALMA, el día 08
de septiembre de 2007, en ésta ciudad, se designó nueva liquidadora a la aquí compareciente doña Sara Beatriz Nicolasa LAPALMA
de ALVAREZ, por acta de fecha 29 de abril de 2013, y fue inscripta el día 4 de diciembre de 2013 N 23 Registro Público de Comercio Sección Legajo Social, en tal carácter doña Sara Beatriz Nicolasa LAPALMA de ALVAREZ en su carácter de liquidadora dice que en la sociedad OSCAR LAPALMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA no hay pasivo y que los bienes a nombre de la sociedad son tres inmuebles sitos en el departamento Gualeguaychú, Municipio de Gualeguaychú, Planta Urbana, Sección 3, Manzana N 587 A a saber:
PRIMER INMUEBLE: domicilio parcelario en calle Rocamora N 538 de una superficie según título y mensura practicada por el Ingeniero Ignacio H. Bértora y aprobada por la Dirección General de Catastro en fecha 20/08/1968, mediante Plano N 24.136 de novecientos ochenta metros cuadrados cero cero decímetros cuadrados 960 m2 00 dm2 que linda:
Al NORTE: Seis rectas 7-6 Al Norte 87 31
Este de 6,00 metros; 6-5.
AL SUR: 2 45 Este de 14,80 metros, 5-4
al Sur 48 58 Este de 2,82 metros , 4-3 al Norte 86 28 Este de 22,00 metros, 2-3 al Norte 3 22 Oeste de 10,00 metros y 2-1 al Norte 86 28 Este de 10,52 metros, lindando la primera con calle Buenos Aires y las Restantes con LAPALMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
Al ESTE: Recta 1-12 al Sur 3 32 Este de 33, 30 metros lindando con Avenida Tomás de Rocamora.
Al SUR: Recta 12-11 al Sur 86 30 Oeste de 28,80 metros lindando con la Cooperativa Tambera de Gualeguaychú.
Su dominio consta inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo la matrícula N
118.512, D. Urbano.
SEGUNDO INMUEBLE: domicilio parcelario Rocamora y Buenos Aires s/n de una superficie según título y mensura practicada por el Ingeniero Ignacio H. Bértora y aprobada por la D i r e c c i ó n G e n e r a l d e C a t a s t ro e n f e c h a 31/07/1970 mediante Plano N 26.607 de cuatrocientos setenta y dos metros setenta y cuatro decimetros cuadrados 472 m2 74 dm2 que linda:
Al NORTE: Recta 2-1 al Norte 87 31 Este de 35,11 metros, lindando con calle Buenos Aires.

Al ESTE: Tres Rectas 1-7 al Sur 332 Este de 6,18 metros, 7-6 al Sur 86 28 Oeste de 10,52 metros y 6-5 al Sur 3 22 Este de 10,00
metros, lindando la primera con Avenida Rocamora y las Restantes con Oscar Lapalma Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Al SUR: Dos Rectas 5-4 al Sur 8628 Oeste de 22,68 metros y 4-3 al Norte 48 53 Oeste de 2,82 metros, lindando con Oscar Lapalma Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Y al OESTE: Recta 3-2 al Norte 2 45
Oeste de 14,80 metros, lindando con Oscar Lapalma Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Su dominio consta inscripto en el Registro de la Propiedad de Gualeguaychú bajo la matrícula N 118.514, D. Urbano.
TERCER INMUEBLE: domicilio parcelario Buenos Aires s/n de una superficie según título y mensura practicada por el Ingeniero Ignacio H. Bértora y aprobada por la Dirección General de Catastro en fecha 07/08/1970 mediante Plano N 26.603 de seiscientos noventa y seis metros cincuenta decímetros cuadrados 696 m2 50 dm2 que linda:
Al NORTE: Recta 2-1 al Norte 87 31 Este de 27,31 metros, lindando con calle Buenos Aires Pavimento.
Al ESTE: Recta 1-4 al Sur 251 Oeste de 25,15 metros, lindando con Oscar Lapalma Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Al SUR: Recta 4-3 al Sur 87 13Oeste de 27,68 metros, lindando con Cooperativa Tambera de Gualeguaychú.
Al OESTE: Recta 3-2 al Norte 3 33 Oeste de 25,30 metros, lindando con la Sociedad Rural de Gualeguaychú.
Su dominio consta inscripto en el Registro de la Propiedad de Gualeguaychú bajo la matrícula N 24.136, D. Urbano.
Que respecto a éstos inmuebles por mayoría de los ex socios de la sociedad ya disuelta han decidido por acuerdo privado entre ellos mayoritario adjudicarlo a saber:
El Primer Inmueble Plano N 24.136 para los Socios Guillermo José LAPALMA-RIVERO y Doña María Florencia LAPALMA-RIVERO. El segundo inmueble Plano N 26.607 para los socios Guillermo José LAPALMA-RIVERO y Doña María Florencia LAPALMA-RIVERO, y el tercer inmueble Plano N 26.603 para los socios Sara Beatriz Nicolasa LAPALMA de ALVAREZ y Guillermo José LAPALMA-RIVERO, manifestando la liquidadora que los socios en virtud de ésta adjudicación respecto de ella, se dan plenamente por compensados no teniendo nada que reclamarse mutuamente y renunciando desde ya a toda ulterior acción legal en ese sentido, y autorizada la Sra. Sara Beatriz Nicolasa LAPALMA de ALVAREZ con todas las facultades, derechos, obligaciones y responsabilidades de la Sección XII de la Ley 19.550
ejercitando la representación de la Sociedad y, plena totalmente facultada para celebrar todos los actos necesarios para la realización del activo, no habiendo pasivo;
2.3 Conforme al artículo 99 de la Ley 19.550
la nueva liquidadora, atenderá y adoptará las medidas necesarias para iniciar y finiquitar la la liquidación, quedando facultada expresa y formalmente para realizar el activo y cancelar el pasivo en especial la transferencia de los inmuebles que integran el patrimonio de la Sociedad mencionada;
2.4 deja constancia la liquidadora que los Señores: Glastón Fermín LAPALMA, Héctor Adrián LAPALMA, Y Blanca Nélida LAPALMA
de PIERI por sí, y Doña Sra. Sara Beatriz Nicolasa LAPALMA de ALVAREZ, por su esposo Juan Carlos Álvarez, que con anterioridad recibieron el reintegro de sus respectivos capitales, sus ganancias líquidas y realizadas, proporciones del valor llave y el total de su haber societario sin exclusión alguna, conforme a Cláusula Décimo Tercera, del instrumento constitutivo de 30/12/76, citado en punto 1.1
por lo que no tienen interés en la liquidación,
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habiendo quedado total y absolutamente desinteresados de las mismas, no teniendo reclamo que formular, acciones que deducir, ni observaciones que interponer, dándose en consecuencia, y, en fin, por plena y totalmente satisfechos, no teniendo concepto alguno qué percibir por la disolución y liquidación de la citada sociedad.
2.5 Queda facultada especial y formalmente la Sara Beatriz Nicolasa LAPALMA DE ALVAREZ para suscribir las escrituras de traslativas de dominio, adjudicación de los inmuebles que integran el capital de la sociedad; con cláusulas de estilo, en tales derechos reales, en especial hacer tradición, entregar posesión, dejar obligada a la sociedad de evicción, saneamiento y demás responsabilidades legales, y suscribir además todos los instrumentos públicos, privados y necesarios para los actos escriturarios traslativos de dominio, dejando constancia los suscriptos, que los gastos que demanden los tramites que se han hecho referencia anteriormente, deben ser solventados por los ex socios y/o herederos, y sucesores de ex socios fallecidos, según el valor de los bienes recibidos, quedando comprometidos igualmente, y, en consecuencia todos los presentes, a firmar las respectivas escrituras necesarias, y, solventar los gastos que demanden las mismas, conforme lo aquí pactado.Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 2 de diciembre de 2014 Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00105515 1 v./4.12.14

ESTADISTICA JUDICIAL
Juzgado de Paz Nº 2 Paraná Nº Exp. - Carátula F. Despac.
13190 Confina Santa Fe SA c/ Pereira Martín Alejandro s/ Cobro de pesos 19.5.2010.
E4588 Confina SRL c/ Blanco Griselda Emilce s/ Cobro de pesos 19.5.2010.
E7016 Electrónica Megatone SA c/ Otero Adolfo Alberto s/ Cobro de pesos 26.5.2010.
E4075 Electrónica Megatone SA c/ Raffo Gustavo Héctor s/ Cobro de pesos
26.5.2010.
12950 Confina SRL c/ Lescano Rubén Gonzalo s/ Cobro de pesos 28.5.2010.
E5957 Confina SRL c/ Souchetti Claudia Carina s/ Cobro de pesos 2.6.2010.
13205 Electrónica Megatone SA c/ Engelmann Enrique Javier s/ Cobro de pesos
2.6.2010.
14325 Nuevo Banco de Entre Ríos SA c/
Monzón Santiago Emilio Ramón s/ Incidente de nulidad 7.6.2010.
10932 Municipalidad de Paraná c/ Olivera Ipolito s/ Apremio 14.6.2010.
14431 Gobierno de la Provincia de Entre Ríos c/ Campos Daniel Eduardo s/ Ejecutivo
14.6.2010.
15948 Municipalidad de San Benito c/ Falco Héctor Osvaldo s/ Apremio Monitorio
16.6.2010.
15878 Municipalidad de San Benito c/
Hollmann Carlos Alberto s/ Apremio Monitorio 16.6.2010.
15870 Municipalidad de San Benito c/ Nanni Jorge Alberto s/ Apremio Monitorio
16.6.2010.
15946 Asociación Mutual Modelo de Entre Ríos c/ Giménez José María s/ Ejecutivo
Monitorio 16.6.2010.
15945 Asociación Mutual Modelo de Entre Ríos c/ Bruzzoni Leonardo Fabio s/ Ejecutivo Monito 16.6.2010.
15880 Deut María Gabriela c/ Siegwarth Sandra María Alejandra s/ Ejecutivo Monitorio 16.6.2010.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/12/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha04/12/2014

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4777

Primera edición01/12/2003

Ultima edición28/06/2024

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