Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/10/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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cia en la hoja correspondiente al día 14 de mayo de 2013 del Libro de Mesa de Entradas del organismo, que refiera la circunstancia mencionada, destacando que se omitió dar ingreso en esa fecha al Documento de Afectación de Bien de Familia, el cual había sido recepcionado con el número 356 en la hora 10.00, conforme sello fechador de la solicitud archivada y con la debida firma del funcionario responsable y la fecha en que se realiza la nota; y Que a fojas 17, la directora general del Notariado, Registros y Archivos solicita se instruya el sumario administrativo pertinente a la agente Graciela Marina Sarmiento, por las razones expuestas en los párrafos anteriores; y Que a fojas 19, emite dictamen de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, aconsejando la instrucción de un sumario administrativo a la agente Sarmiento, a los efectos de determinar el grado de responsabilidad en el obrar de la misma, encuadrando dicho procedimiento en lo establecido por el artículo 67º y siguientes y concordantes de la Ley Nº 9.755; y Que a fojas 22 obra intervención de la Dirección General de Personal del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas de la provincia, informando que la agente Sarmiento revista en un cargo categoría 10- Administrativo, Ejecución, de la planta permanente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos; y Que atento a la vigencia de la Ley Nº 9.755
Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, la que el artículo 121º derogó la Ley Nº 3.289, hecho este que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecidos por el artículo 20º y concordantes, Resolución Nº 555/70 y Decreto Nº 2/70 SGG, corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para sumarios, conforme lo establece el artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo a través de la Dirección de Sumarios de la Provincia, a la agente Graciela Marina Sarmiento, DNI Nº 17.397.395, legajo Nº 140.633, categoría 10- Administrativa, de la Oficina del Registro Público de la Propiedad Inmueble de San Salvador, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos, a los efectos de determinar el grado de responsabilidad en su obrar, conforme a lo previsto por el artículo 71º, inciso e, artículo 61º, incisos a, b y e de la Ley Nº 9.755, modificada por la Ley Nº 9.811, acorde a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º Manténgase plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20º y concordantes, Resolución Nº 555/70 y Decreto Nº 2/70 SGG, conforme a lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 2280 MGJ
RECHAZANDO SOLICITUD
Paraná, 28 de julio de 2014
VISTO:
El pedido de conmutación de pena formulado por el señor Santos, Pablo Daniel, quien actualmente goza del beneficio de libertad condicional; y CONSIDERANDO:
Que la Unidad Penal Nº 5 de Victoria realizó un informe pronóstico del Consejo Correccio-

BOLETIN OFICIAL
nal e Informe Técnico Criminológico concluyendo que se debe dar curso favorable a la solicitud presentada; y Que el interno Santos fue declarado autor material y penalmente responsable de los delitos de robo calificado y portación de arma de guerra en concurso real, artículos 166, inciso 2º, 189 bis 2, cuarto párrafo y 55 del Código Penal y, en consecuencia, condenado a la pena única de siete 7 años de prisión efectiva y accesorias legales, dictada por la Excelentísima Cámara de Apelaciones Sala Primera en lo Penal de Concordia, por sentencia de fecha diecinueve 19 de octubre de 2009; y Que el Procurador General de la Provincia de Entre Ríos observando el informe pronóstico del Consejo Correccional y del Equipo Técnico Criminológico, considera que en este caso debe accederse a la gracia impetrada y expide un informe favorable;
Que el Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia tomando conocimiento de todo lo actuado informa que el interno ha transcurrido un cincuenta y nueve por ciento 59% del total punitivo, y reúne las condiciones para la atención del beneficio, por lo cual expide un informe favorable al pedido de conmutación de pena de Santos, Pablo Daniel; y Que es una facultad privativa del Poder Ejecutivo Provincial, conmutar o indultar a las penas impuestas de acuerdo a lo normado en el artículo 175º, inciso Nº 4 de la Constitución de la Provincia; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase la solicitud de conmutación de pena formulada por el interno penado Santos, Pablo Daniel, quien actualmente goza del beneficio de libertad condicional acorde a los considerandos de la presente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 2281 MGJ
Paraná, 28 de julio de 2014
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes del Comisario Mayor de Policía, don Darío Ángel Dettler, clase 1962, MI Nº 14.983.312, legajo Personal Nº 18.805, legajo Contable Nº 57.491, del numerario de la Dirección de Operaciones y Seguridad, conforme a lo establecido por los artículos 253º, inciso 1
y 257º de la Ley Nº 5.654/75, reformada por la Ley Nº 8.707, concordante con la reglamentación del Decreto Nº 5.553/75.
DECRETO Nº 2282 MGJ
Paraná, 28 de julio de 2014
Disponiendo el pase a retiro obligatorio por invalidez, con goce de haberes del Cabo de Policía, don Alberto Marcelo Bauer, clase 1966, MI Nº 17.796.839, legajo Personal Nº 21.920, legajo de Contaduría Nº 118.213, del numerario de la Jefatura Departamental Paraná, conforme a lo establecido por los artículos 247º, 248º inciso d, 253º inciso 2 apartado a y 258º inciso 2 apartado b de la Ley Nº 5.654/75, reformada por la Ley Nº 8.707, concordante con la reglamentación del Decreto Nº 5.553/75.
DECRETO Nº 2283 MGJ
Paraná, 28 de julio de 2014
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes del Suboficial Principal de Policía don Armando Félix Orsingher, clase 1959, MI Nº 12.843.696, legajo Personal Nº 18.891, legajo Contable Nº 58.052, del numerario de la Jefatura Departamental Uruguay, conforme a lo establecido por los artículos 253º inciso 1 y 257º de la Ley Nº 5.654/75, reformada por la Ley Nº 8.707, concordante con la reglamentación del Decreto Nº 5.553/75.

Paraná, miércoles 8 de octubre de 2014
DECRETO Nº 2284 MGJ
RATIFICANDO RESOLUCIÓN
Paraná, 28 de julio de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones, mediante las cuales la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas interesa se ratifique la Resolución Nº 1.518 DRECyCP, de fecha 5 de agosto de 2013; y CONSIDERANDO:
Que a través de dicha resolución el director del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, encarga la atención de la Jefatura de la Oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Maciá, a la agente Claudia María Larrosa, en forma transitoria, a partir del día 1 de mayo de 2013 y hasta tanto esa dirección lo considere necesario; y Que a fojas 04 vta., obra copia de la Resolución Nº 0342/13 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, que concede el beneficio de jubilación ordinaria común a la señora María Julia Leiva, DNI Nº 10.723.993, quien cesó en sus funciones el día 30 de abril de 2013; y Que a fojas 05 y 06 obra copia del Decreto Nº 8.684/06 GOB, donde surge que la señora María Julia Leiva, cumplía funciones de Jefa de Departamento, a su vez, a la agente Claudia María Larrosa, le fueron otorgadas las funciones de jefa de División Inscripciones y Registraciones de la Oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Maciá; y Que a fojas 07 la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia informa que la señora María Julia Leiva percibía en concepto de adicional por responsabilidad funcional el equivalente al treinta por ciento 30% de la categoría 1, en tanto la agente Claudia María Larrosa, percibe en concepto de adicional por responsabilidad funcional el equivalente al veinticinco por ciento 25% de la categoría 2; y Que a fojas 08 obra intervención de la Dirección General de Personal del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas informando que el artículo 1º del Decreto Nº 5.384/03
GOB, establece que la única facultada para asignar funciones es la autoridad de nombramiento, por lo que, de contar con su anuencia, asistirá derecho a la señora Larrosa, a percibir el adicional por responsabilidad funcional previsto en el Anexo I - punto G, del Decreto Nº 4.458/90 MGJOSP y su modificatorio Decreto Nº 2.426/04 GOB, funciones que deberán ser asignadas en forma transitoria, según lo establece el artículo 1º del Decreto Nº 7.379/08
GOB; y Que a fojas 15 y vta., interviene la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, manifestando que no existen objeciones jurídicas que efectuar, correspondiéndole a la agente Claudia María Larrosa la percepción del adicional por responsabilidad f u n c i o n a l c o n t e m p l a d o e n e l D e c re t o N º 2.426/04 GOB;
Que de fojas 21 a 23 interviene la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia realizando el cálculo de la erogación con el detalle del costo de la asignación de funciones, adjuntando a fojas 22 volante contable con las reservas preventivas del gasto debidamente intervenida por la señora contadora auditora de la Contaduría General de la Provincia; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º R a t i f í q u e s e l a R e s o l u c i ó n N º 1.518, de fecha 5 de agosto de 2013, de la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, conforme a lo expresado en los considerandos de la presente.
Art. 2º Reconócese lo actuado a cargo de la Jefatura de la Oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Maciá, a la agente Claudia María Larrosa, DNI Nº

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/10/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha08/10/2014

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4795

Primera edición01/12/2003

Ultima edición25/07/2024

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