Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/11/2013

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 28 de noviembre de 2013
la Ley N5140 y sus modificatorias T.U.O. por Decreto N 404/95 MEOSP y por hasta una suma equivalente a cuatro veces el límite establecido para la contratación por el procedimiento de licitación privada, establecido en el articulo 6 del Decreto N 795/96 MEOYSP
t e x t o v i g e n t e s e g ú n D e c r et o N 1 258 /1 3
MEHYF.
Art. 2º: Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar el procedimiento que deberá observarse para la presentación y ejecución de los Proyectos de Capacitación con Obras, en el marco del Programa Nacional Ingreso Social con Trabajo - Argentina Trabaja, así como todo otro aspecto que haga a la operatividad del referido Programa.
Art. 3º: La presente ley mantendrá su vigencia mientras dure la ejecución total en el ámbito de la Provincia de Entre Rios, del Programa Nacional Ingreso Social con Trabajo - Argentina Trabaja, teniendo prevalencia sobre toda otra norma legal que se oponga a la presente.
Art. 4: Comuníquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 20 de noviembre de 2013.
José Orlando Cáceres Presidente H.C. de Senadores Lautaro Schiavoni Prosecretario H.C. de Senadores José A. Allende Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados Paraná, 21 de noviembre de 2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 21 de noviembre de 2013. Registrada en la fecha bajo el Nº 10262. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10263
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1: Créanse en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social la cantidad de cuatrocientos sesenta 460 cargos de planta permanente en el Escalafón General. Estos cargos serán destinados para la incorporación de personas que desarrollan tareas en carácter de cocineras suplentes en comedores escolares en el marco del Decreto N 7456/06 MSAS.
Art. 2: El Poder Ejecutivo, con participación del Ministerio de Desarrollo Social y del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, dispondrá el procedimiento y condiciones para la cobertura de los cargos creados por el Artículo 1 de la presente, y la adecuación y/o distribución de los cargos.
Establécese que los agentes que se incorporen deberán continuar su prestación efectiva en comedores escolares.
Art. 3: Créanse ciento veinte 120 cupos de contratos de locación de servicios de personal temporario en el Escalafón General, en el ámbito del Poder Ejecutivo.
Art. 4: Facúltase al Poder Ejecutivo para dictar los actos que resulten necesarios para adecuar y/o distribuir los cupos creados en el Artículo 3 de la presente ley, y a establecer el procedimiento y condiciones para su cobertura.
Art. 5: Comuníquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 20 de noviembre de 2013.
José Orlando Cáceres Presidente H.C. de Senadores Lautaro Schiavoni Prosecretaria H.C. de Senadores José A. Allende Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados
BOLETIN OFICIAL
Paraná, 21 de noviembre de 2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 21 de noviembre de 2013. Registrada en la fecha bajo el Nº 10263. CONSTE Adán Humberto Bahl.

MINISTERIO DE GOBIERNO Y
JUSTICIA
DECRETO Nº 4309 MGJ
RATIFICANDO RESOLUCION
Paraná, 21 de noviembre de 2013
VISTO:
La Resolución Interna N 12 de la Dirección de la Imprenta Oficial de fecha 28 de junio de 2013; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, se asignan transitoriamente a partir del 1 de julio de 2013 las funciones de Actividad Guillotina, al agente Juan Carlos Raniolo, DNI N 13.927.951, Legajo Personal N 142.298, Categoría 4; en razón del cese de actividades del titular de dicha función, señor Pablo Oscar Flores, MI Nº 7.654.295, por obtener el beneficio de la jubilación por invalidez; y Que a fojas 12, la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, informa que el señor Raniolo, no percibe suma en concepto de adicional por responsabilidad funcional; y Que a fojas 13, la Dirección General de Personal, ha tomado la intervención de su competencia expresando que el trámite en cuestión se encuentra en condiciones de ser elevado a consideración de la Superioridad, de acuerdo a las disposiciones del Artículo 1 del Decreto N5384/03 GOB, el que establece que la única facultada para asignar funciones, es la autoridad de nombramiento, por lo cual de contar con su anuencia mediante el dictado del acto administrativo pertinente asistirá derecho al agente Raniolo, a percibir el adicional por responsabilidad funcional previsto en el Anexo I
punto G. del Decreto Nº 4458/90 MGJOSP y su modificatorio N 2426/04 GOB a partir del 1/7/2013, y asignándose dichas funciones con carácter transitorio de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 7376/08 GOB; y Que a fojas 14/16, la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Jurisdiccional 20 ha procedido a efectuar el cálculo del costo para la asignación que se tramita en autos y confeccionando para tal fin el volante de reserva presupuestaria debidamente intervenido por la Contadora Auditora de la Contaduría General de la Provincia; y Que a fojas 19 y vuelta, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1: Ratifícase la Resolución Interna N
12 de la Dirección de la Imprenta Oficial de fecha 28 de junio de 2013 mediante la cual se asignan transitoriamente a partir del 1 de julio de 2013 las funciones de Actividad Guillotina, al agente Juan Carlos Raniolo, DNI N
13.927.951, Legajo Personal N 142.298, Categoría 4; en razón del cese de actividades del titular el señor Pablo Oscar Flores, por obtener el beneficio de la jubilación por invalidez; conforme los considerandos precedentes.
Art. 2º: Reconócese las funciones de Responsable de Actividad Guillotina de la Dirección de la Imprenta Oficial y el derecho a percibir del adicional por función, al agente Juan Carlos Raniolo, DNI N 13.927.951, Legajo
3 Personal Nº 142.298; Categoría 4, a partir del 1 de julio de 2013, de conformidad a los considerandos precedentes, y hasta la fecha del presente decreto.
Art. 3º: Asígnase transitoriamente de conformidad a lo dispuesto mediante Decreto N
7376/08 GOB, las funciones de Responsable de Actividad Guillotina de la Dirección de la Imprenta Oficial y el adicional por dicha función, al agente Juan Carlos Raniolo, DNI N
13.927.951, Legajo Personal N 142.298, Categoría 4, a partir de la fecha del presente decreto, conforme los considerandos precedentes.
Art. 4º: Encuádrase la presente gestión en los alcances de las disposiciones contenidas en el artículo 1 del Decreto N 5384/03 GOB;
Decreto N 4458/90 MGJOSP, Anexo Ipunto G y su modificatorio Decreto N 2426/04 GOB
y Decreto N 7376/08 GOB.
Art. 5: Impútese el gasto a DA 955, Carácter 1, Jurisdicción 20, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Programa 18, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 32, Fuente Financiamiento 11, Subfuente Financiamiento 0001, Inciso 1, Partida Principal 1, Partida Parcial 3/4/6, Subparcial 1111/1100/1001/1031/1051, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto año 2013.
Art. 6: Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a efectuar las liquidaciones y pagos correspondientes al agente Raniolo, conforme el reconocimiento efectuado en el artículo 2 y la asignación dispuesta en el artículo 3 de la presente norma legal.
Art. 7º: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 8º: Comuníquese, publíquese y archívese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable, Jurisdiccional 20, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
MINISTERIO DE TRABAJO
DECRETO Nº 2824 MT
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 29 de agosto de 2013
VISTO:
El recurso de apelación jerárquico interpuesto por el Sr. Guillermo Antonio González, en representación de Club Parque Sur, contra la Resolución N 0611/12 del Ministerio de Trabajo;
CONSIDERANDO:
Que, por la resolución citada se aplicó a la firma recurrente una multa de pesos seis mil novecientos $ 6.900, apartado 3, Art. 5 de las sanciones Capítulo 2- Anexo DAnexo II
Régimen General de Sanciones por Infracciones LaboralesLey Nacional 25.212 Pacto Federal del Trabajo - Ley Provincial 9297, en razón de haber infringido normas laborales descriptas en el Inc. cArt. 4 -Infracciones Muy GravesCapítulo 2 de las Infracciones y Sanciones - Anexo D - Anexo II Régimen General de Sanciones por infracciones LaboralesLey Nacional 25.212 Pacto Federal del Trabajo - Ley Provincial 9297, ya que incumplió con las disposiciones del Art. 7 de la Ley 24.013 al no haber presentado documentación alguna que respalde la inscripción, en los libros de registro de los trabajadores, de los empleados constatados, Sres. Sibau Juan, Robles Carlos Enrique y Bula Jorge; y Que, la resolución cuestionada fue notificada a la recurrente en fecha 29 de noviembre de 2012, y el recurso fue incoado en fecha 5 de diciembre de 2012, conforme surge del cargo de fs. 47 vta., por lo que se debe tener a este por presentado en tiempo y forma, conforme lo dispuesto en los Art. 62 y s.s. de la Ley N
7060; y

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/11/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/11/2013

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4797

Primera edición01/12/2003

Ultima edición29/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2013>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930