Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/10/2013

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

12
Terapéutico: a. Sobre los Recursos Humanos:
I. Los doctores María Alejandra Cesario, M.P.
Nº 9.725, y Javier Andrés Sánchez, M.P. Nº 10.093, declarados a fojas 60, no tienen reconocida ninguna especialidad fojas 412 puntos 1º y 2º, por ende deberán acreditar fehacientemente que se encuentran capacitados según perfil de beneficiarios que asisten al establecimiento;
Que a fojas 511 y 512 el citado Departamento emitió el correspondiente informe técnico, en respuesta a lo observado por la Auditoría Médica el interesado agregó nueva documentación, fojas 514/555 que incluye al R.U. Nº 1342240 fojas 530/538 y al R.U. Nº 1345911
fojas 539/555. Cabe destacar que a fojas 533
el interesado comunicó la baja de la doctora María Alejandra Cesario y en reemplazo de ella el alta de las doctoras Romina Gabriela Ferreyra y Gabriela Virginia Walgner, con lo cual respondió a lo observado a fojas 512 puntos 2.b.I. y 3.a.I. Por lo antes expuesto el Departamento de referencia solicitó una nueva intervención al Departamento Contralor Profesional fojas 556 y 557;
Que, asimismo, y por requerimiento previo a la Auditoría Médica, el interesado adjuntó documentación por medio del R.U. Nº 1.362.683
de fojas 559/714;
Que a fojas 510 y 715 obran las correspondientes copias de constancias de trámite que el Departamento Atención Médica extendió a pedido del interesado y con el fin de ser presentadas ante la SSS;
Que por lo antes expuesto surge que el inmueble afectado a prestar los Servicios de Estimulación Temprana y Centro Educativo Terapéutico que el interesado pretende lograr la habilitación sanitaria el Departamento de Atención Médica interpreta que dicho inmueble se encuentra incluido en la Jurisdicción del Consejo General de Educación, con lo cual no queda claro si los presentes actuados modifican o reemplazan dicho antecedente legal;
Que a fojas 743 ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos, indicando que el Departamento antes mencionado se sirva informar si conforme al organigrama de actividades y horarios del personal denunciado a fojas 560/562 de autos se cumplimenta con lo dispuesto en la Resolución Nº 1.328/06 M.S.
de la Nación en relación a: Centro Educativo Terapéutico: tipo de prestación 4.7.4 y actividades 4.7.5 llevadas a cabo por el equipo profesional y docente, en especial respecto de:
Se considera que todo servicio deberá incluir como mínimo tres sesiones individuales semanales para la modalidad de concurrencia de jornada doble y dos sesiones individuales semanales en el caso de jornada simple, de las distintas especialidades o de alguna de ellas, determinadas a partir de las necesidades del beneficiario; Estimulación Temprana: Servicios y Actividades: 4.1.6 y frecuencia de atención 4.1.7 llevadas a cabo por el equipo profesional. Dicho informe resulta necesario toda vez que de lo manifestado a fojas 560/562 por los interesados no resulta del todo claro la inexistencia de superposición de actividades y profesionales en ambas prestaciones institucionales CET y E.T. las cuales deberían funcionar en forma independiente conforme lo determinado por la normativa aplicable;
Que a fojas 753 el Departamento de Atención Médica solicita notificar al interesado con respecto a lo siguiente: 1. Que se presente un nuevo organigrama de cuyo análisis se interprete claramente: a la carga horaria del Director y Vicedirector separado en C.D. y E.T. e individualizar el local utilizado detallando en plano con su respectiva referencia, indicando, además, los días en que se desarrollan las actividades para lo cual será necesario adjun-

BOLETIN OFICIAL
tar una copia del plano del edificio donde cada uno de los locales se identifique por número;
b la carga horaria semanal de los profesionales separado en CET y E.T. e individualizar el local utilizado detallando en plano con su respectiva referencia, indicando, además, los días en que se desarrollan las actividades para lo cual será necesario adjuntar una copia del plano del edificio donde cada uno de los locales se identifique por número;
Que se debe incluir en las futuras resoluciones de habilitación el cupo máximo de capacidad de concurrentes; en este caso para el Centro Educativo Terapéutico el cupo es de 69
concurrentes y para Estimulación Temprana es de 18;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, se expide considerando que se encontrarían cumplidas las condiciones dispuestas en los artículos 20º y 25º de la Ley 24.901 y normas modific at oria s y co nco rd ant es , R eso lución N º 1.328/06 MSN Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a personas con Discapacidad Incorporado al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y Ley Provincial Nº 9.891, por tanto corresponde hacer lugar a la habilitación interesada;
Que por lo antes expuesto corresponde habilitar por el término de cinco 5 años al Establecimiento denominado ESSIT San Francisco de Asís propiedad de la entidad denominada, Asociación Cooperadora San Francisco de Asís CUIT Nº 30-68106807-0, Personería Jurídica Resolución Nº 142/79, Matrícula Nº 2.680
Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Entre Rios. ubicado en calle Elena De Roffo Nº 140 de la ciudad de Paraná y cuya Directora será la profesora de Educación Especial Viviana Del Carmen Mari, DNI Nº 18.243.399, como Centro Educativo Terapéutico modalidad de Jornada Simple y/o Jornada Doble y de Estimulación Temprana;
Que toda modificación a la planta física RR.HH. equipamiento y/o marco normativo de funcionamiento habilitada mediante el presente deberá ser comunicado previamente por escrito a este Ministerio, siendo responsabilidad del Director del Establecimiento su cumplimiento;
Que ha tomado intervención el Departamento Atención Médica, dependiente de la Dirección de Atención Médica y dictaminado la Dirección de Asuntos Jurídicos ambos de este Ministerio de Salud;
Por ello;
El Ministro Secretario de Estado de Salud R E S U E L V E :
Art. 1º Habilitar por el término de cinco 5
años al establecimiento denominado ESSIT
San Francisco de Asís propiedad de la entidad, denominada Asociación Cooperadora San Francisco de Asís, CUIT Nº 30-68106807-0, Personería Jurídica Resolución Nº 142/79, Matrícula Nº 2.680 Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de Entre Ríos, ubicado en calle Elena De Roffo Nº 140 de la ciudad de Paraná y, cuya Directora será la profesora de Educación Especial Viviana Del Carmen Mari, DNI Nº 18.243.399. como Centro Educativo Terapéutico modalidad de Jornada Simple y/o Jornada Doble y de Estimulación Temprana, el mismo cuenta con: Nivel Planta Baja: un ingreso principal semi-cubierto, un salón de actos adyacente. al ingreso principal, una Administración dos oficinas, una sala de reuniones del personal, un sanitario para uso del personal SUM con un sanitario apto para el acceso de personas discapacitadas y sala de actividades, un office de Enfermería, un gabinete para entrevistas, 11 salas de actividades, una cocina con una despensa, un comedor, un gabinete para psicomotricidad, un bloque sanitario aptos para el acceso de personas discapacitadas
Paraná, miércoles 16 de octubre de 2013
un sanitario parcialmente zonificado capacidad total cinco inodoros pedestal, una escala niños y dos sanitarios uso individual, dos patios internos descubiertos uno con espacio verde y galería semicubierta y uno con piso cerámico; Nivel primer piso: Administración dos oficinas, una sala de reuniones del personal.
Comunicación vertical por escalera de hormigón armado y mampostería de ladrillo común en todo el perímetro externo; todo ello conforme a la inspección realizada por el Departamento de Atención Médica, dependiente de la Dirección de Atención Médica y a lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio de Salud.
Art. 2º Comunicar, publicar y archivar.
Hugo R. Cettour
RESOLUCIÓN Nº 624 M.S.
Paraná, 14 de marzo de 2013
Reconociendo los servicios prestados por la agente Nadia Stefania Moreyra, DNI Nº 35.028.605, quien viene desempeñando tareas Administrativas en el ámbito de la Dirección General de Administración de este Ministerio, desde el 2.1.13 y hasta la fecha de aprobación del presente contrato, procediéndose a abonar a dicha agente la suma que corresponda de acuerdo al monto liquidado por el Departamento Liquidaciones de la Dirección General de Administración Jurisdiccional.
Aprobando el contrato de locación de servicios, el cual forma parte integrante de la presente resolución, suscripto entre el Ministro Secretario de Estado de Salud, doctor Hugo Ramón Cettour, DNI Nº 8.575.305, y la agente Nadia Stefania Moreyra, DNI Nº35.028.605, quien cumple tareas administrativas en el ámbito de la Dirección General de Administración de este Ministerio, con una remuneración mensual equivalente al cargo de categoría 10, Carrera Administrativa Escalafón General, a partir de la fecha del presente texto legal y hasta el 31.12.13.
Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto por el Decreto Nº 1.816/12 MS.
Facultando a la Dirección General de Administración de este Ministerio, a efectuar el pago a la agente Moreyra, DNI Nº 35.028.605, de la suma que corresponda en concepto de lo dispuesto por la presente resolución.

SECCION JUDICIAL
SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, de la ciudad de Paraná, Dr. Pablo F. Cattaneo, Secretaría Nº 6, de la Dra. Priscila Ramos Muzio, en los autos caratulados Trocello Juana María s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 13835, cita y emplaza por el término de diez 10
días,a herederos y acreedores de JUANA MARIA TROCELLO, MI 5.365.851, vecina que fuera del Dpto. Paraná, fallecida en Crespo, en fecha 14.2.2000.
Paraná, 26 de agosto de 2013 Priscila Ramos Muzio, secretaria.
F.C.S. 00094487 3 v./16.10.13
El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, de la ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman, Secretaría Nº 2, en los autos caratulados Berta Patricia Irene s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 16334, cita y emplaza por el término de diez días a herederos y acreedores de PATRICIA IRENE BERTA, MI 23.880.167, vecina

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/10/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha16/10/2013

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4786

Primera edición01/12/2003

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2013>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031