Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/7/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

DESIGNACION DE DIRECTORIO
NUEVA

DIAMANTE
HUMADA SA
Por disposición del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el nuevo directorio de Humada SA.
Sociedad: HUMADA SA.
Domicilio: Av. San Martín 445, Gral. Ramírez, Entre Ríos.
Nuevas autoridades electas en AGO del 19.10.2011.
Presidente: Mario A. Reula.
Vicepresidente: Héctor D. Reula.
Duración en sus cargos: dos años.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 4 de julio de 2013 Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00093329 1 v./17.7.13

DESIGNACION DE GERENTE
NUEVA

NOGOYA
HELADERIAS DEL LITORAL SRL
Por resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto Fecha Acta designación: 07 de Mayo de 2013
Gerente titular por tres ejercicios: JORGE
ALBERTO SAAVEDRA, DNI 21.397.640, CUIT
20-21397640-1, soltero, comerciante, domiciliado en calle Perón y La Paz, de la ciudad de Nogoyá de esta Provincia.Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 3 de julio de 2013 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00093334 1 v./17.7.13

CONTRATO
NUEVO

NOGOYA
HELADERIAS DEL LITORAL SRL
Por resolución del Sr. Director de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
Fecha de constitución: 07 de Mayo de 2013
Denominación: HELADERIAS DEL LITORAL S.R.L.
S o c io s: Jo rg e A lb erto SAA VED R A, D N I
21.397.640, CUIT 20-21397640-1, soltero, de 42 años, comerciante; y Natalia María Soledad ROBAGLIO, DNI 23.917.039, CUIT 2723917039-6, soltera, de 38 años, comerciante, ambos domiciliados en calle Perón y La Paz de la ciudad de Nogoyá de esta Provincia, argentinos.
Domicilio: Ciudad de Nogoyá, Provincia de Entre Ríos, República Argentina.
Duración: Noventa y nueve 99 años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.Objeto: La realización por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros tanto en el territorio nacional como en el extranjero de las siguientes actividades: Fabricación, venta, expendio y distribución al por mayor y menor de helados, cremas, postres, golosinas, refrescos, dulces de todo tipo y cualquier otro tipo de postre y/o comidas frías y productos alimenticios frescos, envasados y/o elaborados que directamente se relacionen con el objeto, servicio de bar y café, servicios de depósito, almacenamiento, transporte, logística y fletes de dichos productos.- Para el cumplimiento de
este objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar toda clase de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto, incluso adquirir o enajenar bienes registrables, intervenir en actuaciones ante entidades financieras y bancarias, y otorgar toda clase de poderes generales o especiales.Capital social: pesos noventa mil $ 90.000
dividido en 90 cuotas de pesos $ 1.000 de valor nominal cada una.- Cada cuota da derecho a un voto.
Suscripción e integración del capital: el capital es suscripto en su totalidad por los socios, en la siguiente proporción: Jorge Alberto Saavedra el 88,89% o sea 80 cuotas por valor de pesos $ 80.000, y Natalia María Soledad Robaglio, el 11,11% restante, o sea 10 cuotas por valor de $ 10.000.Integración del capital: los socios integran en efectivo el 25% del capital, en las proporciones indicadas, y se obligan a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años computados desde la fecha de la inscripción de la sociedad.- La reunión de socios dispondrá el momento en que se completará la integración.Administración: Administración y uso de la firma social: La administración de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, lo que será determinado en reunión de socios de común acuerdo, con mandato por tres ejercicios, siendo reelegibles. Los socios podrán designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por los mismos plazos a fin de llenar las vacantes que se produjeren, y/o reemplazar en forma automática al Titular en caso de impedimento, enfermedad o ausencia, en el orden de su elección.- El o los Gerentes tendrán la representación legal obligando a la sociedad mediante su firma indistinta o conjunta según lo acuerden los socios, y su cargo será remunerado o no conforme lo convengan los mismos.Retiros particulares: Los socios podrán efectuar retiros particulares a cuenta de utilidades, cuando así lo decidan de común acuerdo.Resoluciones sociales.- Se adoptarán en la forma dispuesta en el artículo 159 de la Ley 19.550.- Rigen las mayorías previstas en el artículo 160 de la citada ley, y cada cuota da derecho a un voto.
Transmisibilidad de cuotas: Son libremente transmisibles entre los socios. Pueden cederse a terceros, siendo necesario en este supuesto, conceder al otro u otros socios el derecho de preferencia para su adquisición al mismo precio y condiciones que los terceros, dejando debida constancia en el Libro de Actas.Cierre de ejercicio: 31 de marzo de cada año.Distribución de utilidades y pérdidas: De las utilidades líquidas y realizadas se destinará: a 5% al fondo de reserva legal, hasta alcanzar el 20% del capital social; b El importe que se establezca para retribución del gerente; y c El remanente, previa deducción de cualquier otra reserva que los socios dispusieran constituir, se distribuirá entre los mismos en proporción al capital integrado.- Las pérdidas serán soportadas en la misma proporción.Fallecimiento o incapacidad de los socios: En caso de fallecimiento, declaración de incapacidad o desaparición con presunción de fallecimiento de alguno de los socios, sus herederos podrán optar por continuar con el giro de los negocios, debiendo en tal caso unificar su representación.
Fiscalización: Podrá ser realizada en cualquier momento por cualquiera de los socios.Disolución de la sociedad: Su liquidación estará a cargo del Gerente o por la persona que designen los socios. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital , el remanente se repartirá entre los socios a prorrata de sus respectivas integraciones.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 19 de junio de 2013 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00093335 1 v./17.7.13

Paraná, miércoles 17 de julio de 2013

SUMARIO
DECRETOS
Año 2013
Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios 1421, 1430, 1447, 1448, 1449, 1450, 1466, 1467, 1468, 1505, 1513, 1514, 1515, 1516, 1517, 1518, 1519, 1520, 1521, 1527
RESOLUCIONES
Ministerio de Salud 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 200, 201, 202
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
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Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/7/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha17/07/2013

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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