Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/5/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 24 de mayo de 2013
Empresa Puntaje Flores Sandra Catalina,87,08
Hornus Ernesto Ricardo S.A., 85,24
Que por lo antes expresado, la Comisión de Estudio de Propuestas aconseja a la superioridad la adjudicación de la obra a la empresa Flores, Sandra Catalina, por el valor de su propuesta de S 11.952.290,41, desestimar la oferta correspondiente a la firma Hornus, Ernesto Ricardo S.A., por ser menos conveniente a los intereses del Estado Provincial, y desestimar las ofertas presentadas por las firmas M.P.Y.F. Construcciones y Antolín Fernández S.A., por resultar onerosas e inconvenientes a los intereses del mismo, correspondiendo proceder en los tres 3 casos, a la devolución de los montos de las garantías de ofertas;
Que en el caso de producirse un aumento superior al 20% en la cantidad de los ítems detallados a fojas 1897 último párrafo/1887
vta., respecto de la propuesta presentada por la empresa adjudicataria, la inspección de la obra deberá aplicar el artículo 46, inciso a de la Ley N 6351 de Obras Públicas;
Que la obra aludida se encuentra prevista en el presupuesto vigente de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, con un crédito de $ 3.500.000, monto considerado suficiente para afrontar la adjudicación e inicio de los trabajos en el establecimiento referenciado;
Que es propio aclarar que la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, en coordinación con la Dirección General de Presupuesto, adoptarán las medidas pertinentes para la previsión e incorporación del crédito necesario destinado a la ejecución de la obra motivo de estos actuados, en el Presupuesto 2014;
Que han tomado intervención en lo que es de su competencia, la Comisión de Estudio de Propuestas, el Departamento Legal de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios y la Contaduría General de la Provincia a través de la contadora auditora;
Que corresponde encuadrar la presente gestión dentro de las prescripciones establecidas en el artículo 9, inciso a y artículo 10, inciso a, punto 1 y artículo 12 primer párrafo, 1
parte del Decreto Ley de Obras Públicas N
6351, ratificado por Ley N 7495 y concordantes de su Decreto Reglamentario N 958/79
SOySP, de conformidad a los pliegos aprobados por Decreto N 27/06 GOB, como así también el artículo 17º, inciso a de la Ley 5140 de Administración Financiera de los Bienes y Contrataciones - t.u.o. por Decreto N 404/95
MEOySP, atento a su incidencia en dos ejercicios presupuestarios;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase la Licitación Pública N 21/12 llevada a cabo el 5 de diciembre de 2012, convocada para contratar la ejecución de la obra Construcción Nuevo Edificio Escuela Secundaria N 12 Dominguito Chajarí Departamento Federación, con un presupuesto oficial de pesos nueve millones cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos nueve $
9.486.709 y acorde con el resultado, adjudícase la obra a la empresa Flores, Sandra Catalina, por el valor de su propuesta de pesos once millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos noventa con cuarenta y un centavos s 11.952.290,41 en concepto de materiales y mano de obra y un plazo de ejecución de los trabajos de cuatrocientos cincuenta 450 días corridos, concordante a la documentación aprobada mediante Resolución N 658/12
SSAyC, como así también, Decreto N3576/12
MPIyS que autorizó el llamado.
Art. 2º Desestímanse las propuestas presentadas por las firmas Hornus, Ernesto Ricardo S.A., M.P.Y.F. Construcciones y Antolín Fernández S.A por los motivos expuestos en el presente decreto y efectúese la devolución de las garantías de ofertas presentadas oportunamente por dichas empresas.

BOLETIN OFICIAL
Art. 3º La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones efectuará la notificación fehaciente de lo dispuesto en el presente texto legal, debiendo la empresa adjudicataria integrar el cinco por ciento 5% del valor de su propuesta como garantía de cumplimiento contractual, previo a la firma del contrato.
Art. 4º Encuádrase la presente gestión dentro de las prescripciones establecidas en el artículo 9, inciso a y artículo 10, inciso a, punto 1 por unidad de medida y artículo 12
primer párrafo, 1 parte del Decreto Ley de Obras Públicas N 6351 y su Decreto Reglamentario N 958/79 SOySP y en concordancia con los pliegos aprobados por Decreto N
27/06 GOB, como así también el artículo 17, inciso a de la Ley 5140 de Administración Financiera de los Bienes y Contrataciones t.u.o. por Decreto Nº 404/95 MEOySP, atento a su incidencia en dos ejercicios presupuestarios.
Art. 5º La Escribanía Mayor de Gobierno extenderá la escritura del contrato de la obra que se adjudica por el presente decreto.
Art. 6º El pago de los trabajos se efectuará por certificados mensuales emitidos por la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, no pudiendo exceder el crédito previsto en la partida específica.
Art. 7º Autorízase a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones a invertir hasta la suma de pesos tres millones quinientos mil $ 3.500.000, en el presente ejercicio presupuestario con destino a la obra motivo de estos actuados.
Art. 8º Dispónese que la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones en coordinación con la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, deberán adoptar las medidas pertinentes para la previsión e incorporación del crédito necesario para la ejecución de la obra referenciada, en el año 2014.
Art. 9º Impútase a la Partida Presupuestaria: Dirección de Administración 958 - Carácter 1 - Jurisdicción 25 - Subjurisdicción 01 Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00
- Proyecto 25 - Actividad 00 - Obra 35 - Finalidad 3 - Función 42 - Fuente de Financiamiento 14 - Subfuente de Financiamiento 0995 - Inciso 4 - Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 Partida Subparcial 0000 - Departamento 28 Ubicación Geográfica 01 del presupuesto vigente.
Art. 10º La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones efectuará la notificación fehaciente de lo dispuesto en el presente texto legal a las empresas intervinientes.
Art. 11º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 12º Comuníquese, publíquese, archívese y pásense las actuaciones a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
CONSEJO PROVINCIAL DEL NIÑO, EL ADOLESCENTE Y LA FAMILIA
RESOLUCION Nº 0734 COPNAF
DESIGNANDO A AGENTE
Paraná, 23 de agosto de 2013
VISTO:
Las actuaciones registradas bajo el Nº 0223
Presid. Int. 10 COPNAF y acum. en las que se gestiona la designación de los Jefes de los Departamentos Línea 102 Guardia y Admisión y sus respectivas Divisiones Técnicas;
dependiente ambos de la Dirección de Derechos y Programas para la Niñez, Adolescencia y Familia y de la Dirección de Rehabilitación y Reparación de Derechos;
CONSIDERANDO:
Que los Departamentos Línea 102 Guardia y Admisión fueron incorporados a la estructura orgánica del Organismo por Resolu-

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ción nº 0352/12 COPNAF, ampliada por Resolución 0699/12 COPNAF la cual deja aclarado que las Divisiones Técnicas de ambos Departamentos citados precedentemente pertenecen a la estructura orgánica del Organismo;
Que esta Autoridad de Nombramiento dispone que a partir del 28/05/12 las personas idóneas para cubrir dichos cargos son: la agente Nora Elida Muzio de Gracia como Jefa del Departamento Admisión y a la agente Araceli Fabiana Ruiz Diaz como Jefa de la División Técnica con relación directa del citada Departamento; y a la agente Patricia Mabel Salomon Jefa del Departamento Línea 102 Guardia y a la agente Nancy Paola Ruiz Diaz como Jefa de la División Técnica del mencionado Departamento;
Que el Departamento Gestión Administrativa informa a fs. 213 que las agentes supras citados pertenecen a la planta permanente del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia;
Que a fs. 227/228 obra la Resolución 0473/12 COPNAF por la cual se le concedió a la agente Nora Elida Gracia de Muzio el beneficio de la jubilación ordinaria común a partir del 01/08/12;
Que la Resolución nº 0202/89 CPM y modificatorias, es una norma de carácter general que creó para este Organismo autárquico un ordenamiento escalafonario propio, fijando para cada función que se desarrolla en su ámbito un correlato remuneratorio diferenciado correspondiendo a los Jefes de Departamentos la categoría 1 y a los Jefes de división la categoría 2;
Que en virtud de ello, el Departamento Contabilización y Liquidación de Sueldos realiza el cálculo del mayor costo que significa las designaciones tramitadas en autos; y agrega el volante de reserva contable bajo el Nº 102773 fs.
217;
Que en autos tomó intervención Asesoría Legal y la Dirección de Personal del Organismo;
Que el Decreto 7376/08 GOB en su Art. 1º dispone que las nuevas asignaciones de funciones de los niveles 2 y 3 artículo 19 Ley 9755, esto es, jefaturas de departamento o área y de división o actividad, otorgadas con posterioridad a la vigencia de la nueva Constitución Provincial, se realizarán con carácter transitorio, hasta tanto se dicte la reglamentación exigida por la normativa vigente Ley 9755
Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia de Entre Ríos y su modificatoria Ley 9811
Que el Art. 30 Incs. i y h y 44 Inc. g de la Ley 9861 le acuerdan a esta autoridad de nombramiento facultades para designar, promover y remover a su personal del Organismo, asignándole funciones conforme a las conveniencias del servicio;
Por ello;
La Presidente del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia R E S U E L V E :
Art. 1º: Desígnese en forma transitoriaa la agente Nora Elida Muzio de Gracia, Legajo Nº 60.692, DNI Nº 11.584.742 -categoría 1 Profesional C - la función de Jefa del Departamento Admisión dependiente de la Dirección de Derechos y Programas para la Niñez, Adolescencia y Familia y de la Dirección de Rehabilitación y Reparación de Derechos, a partir del 28/05/12 y hasta el 01/08/12 fecha en la cual se le otorgó el beneficio de la jubilación ordinaria común.Art. 2: Desígnese en forma transitoriaa la agente Araceli Fabiana Ruiz Diaz, Legajo Nº 154.869, DNI Nº 22.342.742 -categoría 4 Profesional C - la función de Jefa de la División Técnica del Departamento Admisión dependiente de la Dirección de Derechos y Programas para la Niñez, Adolescencia y Familia y de la Dirección de Rehabilitación y Reparación de Derechos, a partir del 28/05/12.Art. 3: Desígnese en forma transitoriaa la agente Patricia Mabel Salomon, Legajo Nº 103.180, DNI Nº 16.787.594 -categoría 3 Pro-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 24/5/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha24/05/2013

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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