Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/3/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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ción de la publicidad emitida y presentación del certificado de libre deuda vigente de ATER.
DECRETO Nº 189 MCyC
Paraná, 7 de febrero de 2013
Aprobando a contratación realizada por el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de publicidad para el aviso institucional Paraná Sede del Mundial Juvenil de Softbol Masculino Gobierno de Entre Ríos para lo cual fueron contratadas las firmas Productores Independientes Asociados S.A. por un monto total de hasta $ 67.336,50 y Entre Medios S.A.
por un monto total de hasta $ 7.695,60, según ordenes de publicidad N 3525/12 y N 3655/12
respectivamente, emitidas por la citada repartición.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo N 27, inciso c, apartado b punto 10 del Decreto N 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N
8964, concordante con el artículo N 142, punto 11, apartado b del Decreto N 795/96 de Reglamentación de Contrataciones del Estado, y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a hacer efectivo el pago a las firmas Productores Independientes Asociados S.A. por un monto total de hasta $ 67.336,50 y Entre Med i o s S.A. por u n m on t o total d e hasta $
7.695,60, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y presentación del certificado de libre deuda vigente de ATER.
DECRETO Nº 190 MCyC
Paraná, 7 de febrero de 2013
Aprobando la contratación realizada por el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de publicidad para el aviso institucional Enfermedades Respiratorias - Gobierno de Entre Ríos para lo cual fueron contratados diferentes medios por un monto total de hasta $ 102.695,37, según ordenes de publicidad emitidas por la citada repartición, conforme al detalle que como anexo pasa a formar parte del presente.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo N 27, inciso c, apartado b punto 10 del Decreto N 404/95 MEOSP, texto único y ordenado de la Ley N 5140 de Administración Financiera de los Bienes del Estado y sus modificatorias, incluida la Ley N
8964, concordante con el artículo N 142, punto 11, apartado b del Decreto N 795/96 de Reglamentación de Contrataciones del Estado, y sus modificatorios.
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar a los distintos medios las sumas respectivas conforme se detalla en anexo adjunto, previa presentación de las facturas debidamente conformadas, certificación de la publicidad emitida y presentación del certificado de libre deuda vigente de ATER.
ANEXO
Enfermedades Respiratorias O.P. Medio / Razón Social Localidad
Importe 2485, Radio Medio de Comunicación S.A. /
LT 15 Concordia, Concordia, $ 5.717,25;
2488, Griselda Liliana Vela / LT 11 C. del Uruguay, $ 2.653,20;
2490, VTS S.A. / Canal 5 de C. del Uruguay, Rosario, $ 26.136,00;
2491, Armando Ernesto Pietroboni / Canal 10
de San José, San José, $ 3.025,00;
2498, Karina Reynoso / Canal 4 de San Salvador, Villaguay, $ 2.420,00;
2499, Karina Reynoso / Canal 13 de Villaguay, Villaguay, $ 4.235,00;
2500, Enrique Aníbal Benvenaste / Canal 2
Cablevisión, Gualeguaychú, $ 2.904,00;
2504, Raúl Edgardo Londero / Canal Somos Paraná, Paraná, $ 2.520,00;
2511, Mario René Wolff Furlong / Canal 2

BOLETIN OFICIAL
Cablevisión de Gualeguaychú, Paraná, $
1.512,00;
2536, Antonio Tardelli / Nueva FM Litoral 103.1, Paraná, $ 2.613,00;
2545, Jorge Miguel Tome / Radio Bovril 103.5, Bovril, $ 1.031,80;
2546, Jorge Carlos Ballay / FM Sonika, Chajarí, $ 2.010,00;
2549, Jorge Carlos Ballay / Radio 24, Concordia, $ 2.010,00;
2561, Oscar Alfredo Ornetti / Radio Pueblo 94.9, Feliciano, $ 1.608,00;
2571, Marcelo Manuel Pereyra / FM Mediterráneo 98.3, Concordia, $ 4.020,00;
2575, Elida Ester Kessler / La 100 Paraná, Paraná, $ 4.020,00;
2595, Analia Noemi Azanza / Radio Sol 99.9, Nogoyá, $ 2.010,00;
2601, Ricardo Néstor José / Radio Cadena Azul 93.5, Paraná, $ 1.072,00;
2603, Juan Carlos Sonderegger / FM de La Plaza 94,7, Paraná, $ 8.040,00;
2612, Andrea Verónica Rohr / FM Eclipse 96.1, Valle María, $ 2.251,20;
2616, Julio Cesar Gallo / FM Open Barcelona 89.7, Concordia, $ 1.029,12;
2624, Nueva Contacto S.A./ La Metro 105.1
de Paraná, Paraná, $ 7.236,00;
2626, Nueva Contacto S.A. / Radio Nacional y Popular 93,9 de Paraná, Paraná, $ 8.040,00;
2633, Oscar Ariel Zárate / FM 102 102.3, Santa Elena, $ 1.072,00;
2634, Rubén Edmundo Bonelli / Radio Del Sur 90.7, Concordia, $ 3.001,60;
2675, Carlos Raúl Schwindt / La Nueva FM
Brasilera 106.7, Aldea Brasilera, $ 508,20.
Total $ 102.695,37.

MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS
RESOLUCION Nº 24 MEHF
DISPONIENDO EMISION DE LETRAS
Paraná, 14 de marzo de 2013
VISTO:
El Decreto Nº 4543/12 MEHF que crea un Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia de Entre Ríos, denominado Letras ER 2013; y CONSIDERANDO:
Que dicho Programa se encuadra en el Artículo 67º de la Ley Nº 5.140 TO Decreto Nº 404/95 MEOSP, modificado por Ley Nº 10.111, y en el Artículo 9º de la Ley Nº 10.178, de Presupuesto año 2013, que facultan al Poder Ejecutivo para autorizar la emisión de Letras del Tesoro, u otro tipo de obligaciones negociables o instrumentos financieros, en pesos o su equivalente en moneda extranjera, para cubrir diferencias estacionales de caja o sustituir financiamientos, a ser emitidos durante el ejercicio, en una o más series y por un plazo no mayor a los 365 días, contados a partir de la fecha de emisión, pudiendo su restitución trascender el ejercicio;
Que asimismo dichas normativas autorizan para afectar en garantía y/o cesión los derechos de la Provincia provenientes de las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales Ley Nº 23.548, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación Provincias ratificado por Ley Nº 25.570 o aquel que en el futuro lo sustituya;
Que el Artículo 1º del Decreto Nº 4543/12
MEHF establece los términos y condiciones generales para la Emisión de Letras ER 2013, contemplando entre otros: monto máximo del Programa por hasta el monto máximo en circulación de VN$ 464.497.200, fecha de emisión durante el año 2013, plazo no mayor a los 365
días a contar desde su emisión;
Que a su vez el Artículo 2º del citado Decreto dispuso que este Ministerio, en el marco de los términos y condiciones generales establecidos en el Artículo 1º, tendrá a su cargo implementar el Programa; determinar la conveniencia y oportunidad para la emisión de las Letras; establecer la tasa de interés y los términos y condiciones particulares de sus Series y Cla-

Paraná, lunes 25 de marzo de 2013
ses; dictar las normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas o complementarias que requiera la operatoria y la debida instrumentación de lo establecido en el presente Decreto;
y resolver cualquier cuestión que fuere necesaria;
Que asimismo el Artículo 3 del referido Decreto faculta a este Ministerio de Economía Hacienda y Finanzas y/o a la Secretaría de Hacienda, para la celebración y suscripción de la totalidad de los acuerdos, contratos, y/o documentación que resulten necesarios para su implementación, instrumentación, cotización, negociación, colocación y seguimiento de las emisiones de las Letras que se realicen bajo el Programa. Ello incluye la suscripción de los títulos individuales o Certificados Globales que documenten las Letras, la contratación del agente de Registro, la determinación de las condiciones de colocación y adjudicación, la instrumentación de la garantía, y todo lo demás relativo al adecuado cumplimiento de lo previsto en el citado Decreto.
Que por Decreto Nº 391/13 MEHF se acepta la propuesta de prestación de los servicios de Estructuración y Colocación y de Agente de la Garantía y de Cálculo de las Letras ER 2013, presentada en forma conjunta por Banco de Valores S.A. y Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.
los Adjudicatarios;
Que en fecha 13 de Marzo de 2013 del corriente se ha suscripto el pertinente contrato entre el Gobierno de la Provincia y los Adjudicatarios;
Que los Adjudicatarios, teniendo en consideración las condiciones actuales del mercado, entienden oportuno y conveniente instrumentar la emisión de la Serie I de las Letras ER
2013 por un importe de hasta valor nominal pesos ochenta millones V/N$ 80.000.000, ampliables por hasta un Valor Nominal máximo de pesos cuatrocientos millones V/N$
400.000.000, conformada por cinco 5 Clases;
Que la operatoria ha sido autorizada por la Secretaria de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas públicas de la Nación, mediante Resolución Nº 41/2013;
Que atento a lo establecido en el Decreto Nº 4543/12 MEHF, corresponde a este Ministerio autorizar la misma y definir los términos y condiciones particulares aplicables a las Letras ER 2013 Serie I, en base a las sugerencias presentadas por los Adjudicatarios;
Por ello;
El Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas R E S U E L V E :
Art. 1º: Disponer la emisión, bajo el Programa de emisión de Letras del Tesoro creado mediante Decreto Nº 4543/12 MEHF, de la Serie I de las Letras ER 2013 por un Valor Nominal de hasta pesos ochenta millones V/N$ 80.000.000, ampliable, a emitirse conforme a los términos y condiciones particulares consignadas en el Anexo I, que como adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º: Establecer que la Secretaría de Hacienda tendrá a su cargo: la aprobación de los términos y condiciones definitivos de cada una de las Clases, incluyendo sin limitación la adecuación del monto de la Serie, ampliando y/o disminuyendo una o cada una de sus Clases;
instrumentar la garantía establecida para la/las emisión/emisiones, que se efectúen en el marco del programa mediante la celebración de un contrato de agencia de la garantía con Banco de Valores S.A. y la notificación notarial a efectuar a los organismos que correspondan; determinar las condiciones de colocación y el precio o margen de corte, según correspondiere; suscribir el certificado global que documenta cada Clase, y cualquier tipo de documento;
realizar los demás actos necesarios a efectos de la colocación de las Letras, incluida la emisión de un prospecto si así fuera solicitado por los colocadores; solicitar por si, o por las personas que oportunamente designe, la autorización de cotización en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y de negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A.; hacer publicar los avi-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/3/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha25/03/2013

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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