Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/3/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Primero de la Policía de Entre Ríos, Leandro Gabriel Zamarripa, DNI N 25.032.424, L.P. N
25.343;
CONSIDERANDO:
Que el Cabo Primero Zamarripa presenta recurso de queja, apela y ratifica planteo de nulidad solicitando se revoque la sanción de cinco 5 días de arresto que le ha sido impuesta;
Que si bien el recurrente no basa su reclamo en ningún artículo de la Ley, ni norma jurídica, se presume que intenta hacer valer lo dispuesto por el artículo 219 del Reglamento General de Policía que establece En los casos en que el Jefe de Policía de la Provincia, hubiere dispuesto la sanción, podrá recurrirse en única instancia ante el Poder Ejecutivo, debiendo solicitarse la elevación de las actuaciones. La denegatoria de la apelación ante el Poder Ejecutivo, facultará al sancionado a recurrir en queja dentro de los tres días de notificado;
Que teniendo en cuenta la fecha de notificación del acto impugnado 13 de septiembre de 2012 y la fecha de interposición del recurso en cuestión 17 de septiembre de 2012, cabe concluir que el mismo se encontrara fuera de término;
Que además, la vía recursiva elegida es formalmente improcedente ya que el quejoso agotó la instancia administrativa conforme lo normado por el artículo 218 de la Ley N 5654/75;
Que en consecuencia, corresponde su rechazo sin analizar la cuestión de fondo por ser formalmente improcedente;
Que obra intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Rechácese por improcedente, el recurso de queja interpuesto por el Cabo Primero de la Policía de Entre Ríos, Leandro Gabriel Zamarripa, DNI N 25.032.424, L.P. N
25.343, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 55 MGJ
DECLARANDO ABSTRACTO RECURSO
Paraná, 23 de enero de 2013
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por los Sres.
Luis Carlos Alfredo Roldán LP N 19.131, MI N
14.367.578 y Gustavo Fabián Cámara LP N
19.317, MI N 14.160.308, funcionarios de la Policía de la Provincia de Entre Ríos, con el patrocinio letrado del Dr. Gustavo Marizcurena;
CONSIDERANDO:
Que el recurso de queja se interpone por el supuesto retardo de la Administración Pública en resolver las actuaciones registradas bajo número único 1356867, las cuales se encontrarían desde fecha 3 de agosto de 2012 en la Dirección Ayudantía General de la Policía de la Provincia de Entre Ríos;
Que en fecha 2 de diciembre de 2012, se emitió la Resolución DAI N 931/12, mediante la cual se resuelve rechazar el recurso de apelación jerárquica y nulidad interpuesto por el Comisario Luis Carlos Alfredo Roldán y el Subcomisario Gustavo Fabián Cámara;
Que atento a que se ha resuelto la cuestión de fondo planteada en el recurso de apelación jerárquica y nulidad interpuesto por el letrado patrocinante de los funcionarios Roldán y Cámara y no existiendo los presupuestos para que prospere el recurso de queja esgrimido, corresponde declarar abstracto el mismo por las consideraciones expuestas;

BOLETIN OFICIAL
Que obra intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Declárese abstracto el recurso de queja interpuesto por Luis Carlos Alfredo Roldán, LP N 19.131 MI N 14.367.578 y Gustavo Fabián Cámara, LP N 19.317, MI N
14.160.308, funcionarios de la Policía de la Provincia de Entre Ríos, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 56 MGJ
Paraná, 23 de enero de 2013
Otorgando excepcionalmente uno prórroga de la licencia extraordinaria por enfermedad de largo tratamiento con goce del 100% de haberes, solicitada por la agente María Estela Von Frth, Legajo N 149.507, quien revista en la planta de personal permanente de la Dirección de Juntas de Gobierno dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir del 9.3.2012 y hasta 8.3.2013 inclusive.
DECRETO Nº 61 MGJ
DISPOSICION
Paraná, 23 de enero de 2013
VISTO:
Las actuaciones mediante las cuales se interesa la prórroga de contrato de locación de servicios, vigentes al 31 de diciembre de 2012, en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia; y CONSIDERANDO:
Que dichas renovaciones obedecen a la necesidad de la jurisdicción de seguir contando con el personal que se detalla en el anexo obrante en autos, teniendo en cuenta que el mismo se ha desempeñado con idoneidad en las tareas asignadas, resultando imprescindible para el normal funcionamiento de las dependencias respectivas;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable jurisdiccional cuenta con las previsiones de cupo y créditos presupuestarios para la atención de las contrataciones interesadas;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la renovación de los contratos de locación de servicios del personal dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, por el plazo de un 1 año, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2013, según el detalle que como anexo pasa a formar parte del presente decreto y en los mismo términos pactados oportunamente, conforme lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 66 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 29 de enero de 2013
VISTO:
El recurso previsto en el artículo 99 de la Ley 5654/75 contra la Resolución D.P. N
490/12 y el recurso de revocatoria contra el Decreto N 720/12 MGyJ, interpuestos por el Subcomisario de la Policía de Entre Ríos, Luis
Paraná, viernes 1º de marzo de 2013
Ricardo Velázquez, L.P. 21.423, MI N
21.608.996; y CONSIDERANDO:
Que con relación al recurso contra la Resolución D.P. N 490/12, cabe señalar que el funcionario interpuso el mismo el día 17 de marzo de 2012, y habiendo sido notificado el día 15 de marzo de 2012, se desprende que el remedio re cursivo fue articulado en tiempo y forma;
Que en cuanto al recurso de revocatoria interpuesto contra el Decreto N 720/12 MGJ fue presentado el 11 de abril de 2012 en tiempo oportuno, ya que el decreto impugnado fue publicado en el Boletín Oficial el día 8 de mayo de 2012;
Que el Subcomisario Velázquez se agravia contra el Decreto N 720/12 MGJ, solicitando se revea el acto administrativo, alegando que el mismo le ocasiona un retardo en su carrera, al no estar incluido entre el personal que fue promovido al grado inmediato superior;
Que el recurrente detalla sus antecedentes profesionales y la antigedad que posee en la carrera policial;
Que ataca la nota que le otorgara la Junta de Calificaciones, por considerar que el puntaje impuesto es arbitrario e injusto, ya que según sostiene, no existen antecedentes desfavorables que la justifiquen;
Que se agravia contra la quita que se le ha efectuado sobre el puntaje con relación a la valoración numérica que han realizado sus superiores directos; en la que figuraba con 84
puntos en el período calificable 2010/2011, y que la Junta de Calificaciones N 1 ha hecho diferencias al momento de asignar la nota pretendiendo favorecer a otros funcionarios; considerando que le hubiera correspondido un mejor puesto en el orden de mérito que le permitiera ascender;
Que por todo ello solicita se revea la ubicación en la que ha sido posicionado en el orden de mérito y en consecuencia, se lo incluya en los veintiséis 26 Subcomisarios que han sido promovidos para el grado inmediato superior -Comisariodel año en curso;
Que el Subcomisario Velázquez fue ubicado en el puesto N 52 del orden fijado por la Resolución D.P. N 490/12;
Que por medio del Decreto N 720/12 MGJ, se dispuso el ascenso de 26 Subcomisarios al grado inmediato superior, como ya se señaló el recurrente quedó ubicado en la posición N
52, motivo por el que no ascendió jerárquicamente;
Que el derecho al ascenso del funcionario policial, encuentra recepción normativa en lo establecido en el Reglamento General de Policía y sus normas complementarias donde el artículo 14 inciso 1 establece que dicho derecho no se ejerce sino en el modo y dentro de los límites que tienen previstos en su capítulo VIII del mismo reglamento;
Que dicho reglamento regula el escalafón policial mediante el sistema de promociones grado a grado -artículo 89-, debiendo concurrir las exigencias contenidas en los artículos 92, 93 y 94 entre otros, siendo sometido el personal policial a un proceso de selección que se extrema cuando se trata de los grados superiores, como en éste caso, según así lo pone de relieve un análisis del artículo 96 de la Ley 5654/75;
Que dicho proceso de evaluación y posterior selección, si bien tiene aspectos reglados, lo cierto es que presenta etapas donde la valoración es eminentemente discrecional y técnica de la autoridad de órganos especiales -como las Juntas de Calificacióny lo que caracteriza a la situación jurídico subjetiva del aspirante en cada uno de dichos pasos es el interés legítimo, la expectativa de ser evaluado de modo ecuánime, pero de ningún modo el agente sometido a dicho procedimiento porta un derecho subjetivo o adquirido a obtener una puntuación determinada, o una posición con-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/3/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha01/03/2013

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4778

Primera edición01/12/2003

Ultima edición01/07/2024

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