Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/3/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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concurrir las exigencias contenidas en los artículos 92º, 93º, y 94º entre otros, el personal es sometido a un proceso de selección que se extrema cuando se trata de los grados superiores, como en éste caso, según así lo pone de relieve un análisis del artículo 96º de la Ley Nº 5.654/75;
Que éste proceso de selección, combina aspectos reglados con otras etapas donde la valoración es discrecional y reglado, se concreta a través de la propuesta del Jefe de Policía, quien al efecto cuenta con el asesoramiento de las Juntas de Calificación, produciéndose en definitiva la promoción por decreto del Poder Ejecutivo, artículo 89º de la Ley 5.654/75;
Que en cada etapa del proceso debe tenerse en cuenta, como requisito de indispensable ponderación, el haber demostrado el agente en el ejercicio de las funciones aptitudes morales, intelectuales y físicas que permitan prever un buen desempeño en el grado inmediato superior por lo que es menester aclarar que la labor de la Junta de Calificaciones no está limitada al cómputo exclusivo de los antecedentes del postulante y que el Poder Ejecutivo ejerce discrecionalmente la facultad de promocionar a los oficiales superiores; con un alcance amplio, insusceptible de cuestionamiento en la medida que quede asegurada la legitimidad mediante el cumplimiento de los aspectos reglados antes apuntados y con un claro límite en la indispensable razonabilidad de los actos emanados de los poderes del Estado;
Que la ausencia de razonabilidad, desviación de poder, arbitrariedad y violación de los principios generales del derecho, son todos presupuestos de invalidez que exigen ser invocados y demostrados por el interesado pues los actos administrativos gozan de la presunción de legitimidad; que en el particular no existen elementos para desvirtuar;
Que este criterio ha sido seguido por el Superior Tribunal de Justicia en los autos caratulados Hernández Dámaso c/Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/Demanda contencioso administrativa c/Revocación de los Decretos 3.190/89, 6.281/89 y 3.684/90, 366/89 y Resolución D.P. Nº 102/89;
Que obra intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno.
Justicia y Educación como, asimismo, de la Fiscalía de Estado de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházanse el recurso previsto en los términos del artículo 99º de la Ley Nº 5.654/75, contra la Resolución D.P. Nº 1.912/10 y el recurso de revocatoria contra el Decreto Nº 16/11 MGJyE, interpuestos por el Subcomisario de la Policía de la Provincia de Entre Ríos Pedro Alfredo Silva, L.P. Nº 23.429, MI Nº 24.149.268, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 3628 MPIyS
Paraná, 9 de septiembre de 2011
Aprobando una partida ampliatoria de $
55.496,26, destinada a cubrir el presupuesto adjudicado mediante Resolución Nº 056/11
SSAyC y su rectificatoria 348/11 SSAyC, correspondiente a la obra Reconstrucción cocina-comedor Escuela Nº 88 Gobernador Carlos Contin, Distrito Crucesitas 3, Departamento Nogoyá.

BOLETIN OFICIAL
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10º, inciso a, apartado 4º y artículo 12º, inciso g del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351- ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y Decreto N º 4.693/91 MGJOySP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la actualización y/o formalización del Convenio con la Junta de Gobierno de Crucesitas 3 del Departamento Nogoyá, el cual deberá obrar en poder de la Dirección previo a efectuar la entrega de los cheques pertinentes debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia, para que mediante sistema de Libramiento, entregue a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, los fondos dispuestos por el presente, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones mediante cheque que será librado a nombre de la Junta de Gobierno de Crucesitas 3 del Departamento Nogoyá, efectuando luego la rendición por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
DECRETO Nº 3646 MPIyS
Paraná, 9 de septiembre de 2011
Modificando el presupuesto general de la Administración Pública Provincial, ejercicio 2011, en la Jurisdicción 25- Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, Unidad Ejecutora: Dirección Provincial de Obras Sanitarias, mediante transferencia compensatoria de créditos, por $ 340.000, conforme se discrimina en planillas analíticas del gasto y de proyectos de inversión obras y actividades - modificaciones, que forman parte integrante del presente decreto.
Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de $ 170.000 a la Municipalidad de Hernandarias, con destino a la sustitución de cañerías de cloacas colapsadas, con cargo de oportuna rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Entre Ríos, por parte del Municipio, debiendo informar de su cumplimiento a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos.
La Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos será la encargada de verificar la ejecución y correcta inversión de los fondos otorgados para el fin descripto.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia, mediante emisión del libramiento, entregue a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del MPIyS, los fondos otorgados.
DECRETO Nº 3653 MPIyS
Paraná, 9 de septiembre de 2011
Aprobando una partida ampliatoria de $
377.175,21, con destino a cubrir el convenio de redeterminación de precios aprobado mediante Resolución Nº 716 SOySP, de fecha 30 de septiembre de 2010 y el certificado Nº 8 bis 1
redeterminación, correspondiente a la obra Ampliación Escuela Nº 92 Congreso de Tucumán, Concepción del Uruguay, Departamento Uruguay.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10º, inciso a, apartado 4º y artículo 12º, inciso h del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes de su Decreto Regla-

Paraná, lunes 5 de marzo de 2012
mentario Nº 958/79 SOySP y Decreto Nº.
4.693/91 MGJOySP.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones se implemente la actualización y/o formalización del convenio con la asociación cooperadora de la Escuela Nº 92 Tucumán, Concepción del Uruguay del Departamento Uruguay, el cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría previo a efectuar la entrega de los cheques pertinentes debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia, para que mediante sistema de libramiento, entregue a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, los fondos dispuestos por el presente, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones mediante cheque que será librado a nombre de la asociación cooperadora de la Escuela Nº 92 Tucumán, Concepción del Uruguay del Departamento Uruguay; efectuando luego la rendición por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.
La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.
DECRETO Nº 3668 MPIyS
Paraná, 9 de septiembre de 2011
Modificando el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2011, en la Jurisdicción 25 Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, Unidad Ejecutora: Dirección Provincial de Obras Sanitarias, por $
241.000, mediante transferencia compensatoria de créditos, conforme se discrimina en planillas analíticas del gasto y proyectos de inversión, que forman parte del presente decreto.
Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de $ 241.000 a la Municipalidad de Ramírez para la adquisición de materiales y mano de obra de la construcción de Perforación de pozo provisión de agua potable, con cargo de oportuna rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, por parte del Municipio, debiendo informar de su cumplimiento a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos.
La Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos será la encargada de verificar la ejecución y correcta inversión de los fondos otorgados para el fin descripto.
Facultando a la Tesorería General de la Provincia, mediante emisión del libramiento, entregue a la Dirección del Servicio Administrativo Contable del MPIyS los fondos otorgados conforme lo dispuesto por el presente.
DECRETO Nº 3669 MPIyS
Paraná, 9 de septiembre de 2011
Autorizando a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones a efectuar el llamado a licitación pública, para adjudicar la ejecución de la obra Centro de Salud tipo 2000 Los Ceibos, Los Ceibos, Departamento Uruguay, con un presupuesto oficial con valores al mes de junio de 2011 de $ 540.017,76, en concepto de materiales y mano de obra y un plazo de ejecución de 150 días corridos, según los pliegos aprobados por Decreto Nº 27/06 GOB, en concordancia a la documentación técnica aprobada por Resolución Nº 520/11 SSAyC.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 9º, inciso a y artículo 10º, inciso a punto 1 por unidad de medida y artículo 12º primer párrafo, primera parte del De-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/3/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/03/2012

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4789

Primera edición01/12/2003

Ultima edición17/07/2024

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