Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/11/2011

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

4

BOLETIN OFICIAL

de la Administración Provincial, ejercicio 2011, perteneciente a la Jurisdicción 20- Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación Unidad Ejecutora: Consejo General de Educación y Jurisdicción 91- Obligaciones a Cargo del Tesoro;
Unidad Ejecutora: Secretaría de Hacienda, mediante transferencia compensatoria de crédito, por la suma de pesos cuatrocientos mil $
400.000,00, según planillas que forman parte del presente texto legal.
Art. 2º Encuádrese la modificación dispuesta mediante el presente en las disposiciones del artículo 10º de la Ley N º 10.011.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por los señores Ministros Secretarios de Estado de Gobierno, Justicia y Educación y de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y pasen las actuaciones al Consejo General de Educación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Diego E. Valiero
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, EMPLEO, CIENCIA Y
TECNOLOGIA
DECRETO Nº 1866 MDSECT
Paraná, 31 de mayo de 2011
Aceptando la donación de mercaderías varias, prendas de vestir, calzados, etc., efectuada a favor del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos por parte de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, comprendidas en la Disposición Nº 16/11 AD JUJU, de la Aduana de Jujuy; conforme el anexo de la Resolución Nº 327/11 SGP.
Estableciendo que la mercadería cuya donación se acepta será destinada al Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología, facultando al Coordinador de Operaciones Logísticas del Ministerio interviniente, Sr. Fernando Báez, a realizar las tramitaciones pertinentes, relacionadas con la recepción de mercaderías, en nombre y representación del Ministerio.
El Coordinador Sr. Fernando Báez, como personal autorizado para el retiro de la mercadería, deberá informar a la donante la fecha de retiro de la misma y en su caso las que no considere aptas para su adecuada utilización, a fin de posibilitar el cabal cumplimiento de lo requerido por la Nación.
Encuadrando la gestión en las previsiones del artículo 59 de la Ley N 5140 t.o. del Decreto N 404/95 MEOSP, y sus modificatorios.
DECRETO Nº 1903 MDSECT
APROBANDO PROGRAMA
Paraná, 7 de junio de 2011
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la aprobación del Programa I+D+i:
Desarrollo de un Cluster en Biociencias aplicadas a la Salud, el Ambiente y la Agroindustria; y CONSIDERANDO:
Que sus objetivos específicos se centran en fomentar la transferencia de tecnología, la prestación de servicios especializados, incrementar el espíritu y la cultura emprendedora constituyendo esta herramienta un incentivo para la puesta en marcha de nuevas empresas de base tecnológica y fortaleciendo las existentes con proyectos innovadores de productos y procesos que se enmarquen en la biociencias aplicadas a la salud, ambiente y agroindustria;

Que en el programa se establecen las bases y condiciones para el otorgamiento bajo dos modalidades de actuación, de Aportes No Reembolsables ANR,a instituciones públicas y privadas del Sistema Científico Tecnológico SCT y a emprendedores, con domicilio legal en la Provincia de Entre Ríos, promoviendo la articulación público-privada y la articulación entre ciencia e industria;
Que sienta como antecedente al presente programa el Primer Programa de Fortalecimiento de la I+D y la Ciencia en la Sociedad, el cual fuera aprobado Decreto 6705/08 MSAS y su modificatorio Decreto N
7936/08 MSAS;
Que la ACTIERAgencia Ciencia, Tecnología e Innovación de Entre Ríos, ha declarado de interés prioritario al Programa I+D+i: Desarrollo de un Cluster en Biociencias aplicadas a la Salud, el Ambiente y la Agroindustria;
Que siendo propósito acceder a lo solicitado, la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción, ha efectuado la reserva de fondos pertinente, con la debida intervención de la señora contadora auditora de la Contaduría General de la Provincia;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología, la cual manifiesta que no encuentra inconvenientes para acceder al pedido, en tanto la gestión encuadra en las disposiciones del Decreto Nº 6705/08 MSAS y modificatorio N
7936/08 MSAS;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase el Programa de I+D+i Desarrollo de un Cluster en Biociencias aplicadas a la Salud, el Ambiente y la Agroindustria y los siguientes anexos que pasan a formar parte del presente texto legal.
Anexo I Bases y Condiciones.Modalidad 1 ANR Para Instituciones del Sistema Científico.
Modalidad 2 ANR A Emprendedores.
Anexo A Modalidad 1.
Anexo B Modalidad 2.
Acta de Admisión.
Anexo I Acta de Evaluación de Proyectos.
Art. 2º Ratifícanse las Resoluciones Nº 27/10, 37/10 y 38/10 de la Agencia Ciencia, Tecnología e Innovación de Entre RíosACTIER.
Art. 3º Impútese el egreso al siguiente crédito del Presupuesto vigente: DA 959- Carácter 1- Jurisdicción 40- Subjurisdicción 00Entidad 0000 - Programa 26- Subprograma 00Proyecto 00- Actividad 01- Obra 00- Finalidad 3- Función 50- Fuente de Financiamiento 11Subfuente de Financiamiento 0001- Inciso 5Partida Principal 1- Partida Parcial 6- Partida Subparcial 0000- Departamento 84- Ubicación Geográfica 07- $ 1.350.000,00.
Art. 4º Facúltase al señor Ministro de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología a aprobar mediante el dictado de resoluciones ministeriales los contratos programa específicos, como todo convenio derivado de la ejecución del Programa de I+D+i: Desarrollo de un Cluster en Biociencias aplicadas a la Salud, el Ambiente y la Agroindustria.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología.
Art. 6º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
José O. Cáceres DECRETO Nº 1929 MDSECT
Paraná, 14 de junio de 2011
Aprobando la continuidad del Programa Pro-

Paraná, miércoles 23 de noviembre de 2011
vincial Abrigo, para el presente ejercicio presupuestario, aprobado oportunamente por Decreto N 2706/09 MSAS y prorrogado por Decreto 1385/10 MDSECT, siendo el organismo ejecutor del mismo la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia.
Aprobando el modelo de convenio a suscribir en el marco del Programa Provincial Abrigo, cuyo modelo forma parte del presente.
Autorizando al Ministerio de Desarrollo Social, Empleo, Ciencia y Tecnología a invertir hasta la suma de $ 1.738.710, mediante el dictado de las resoluciones que aprueben los convenios celebrados en el marco del Programa Abrigo.
Facultando a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional, a emitir las respectivas ordenes de pago y solicitudes de fondos ante la Tesorería General de la Provincia, hasta la suma de $ 1.738.710, y a efectuar los pagos que correspondan derivados de la ejecución de dicho programa.
DECRETO Nº 1939 MDSECT
Paraná, 16 de junio de 2011
Reconociendo las liquidaciones presentadas por SI.DE.CRE.ER. S.A., de los cupones tickets presentados correspondientes a los saldos pendientes de noviembre de 2010, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria El Hambre más Urgente, con fondos provinciales por $ 3.396,50, de acuerdo al siguiente detalle:
Total Comedores liquidados al 24.2.11, $
3.396,50.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional, a emitir orden de pago ante Tesorería General de la Provincia y hacer efectivo el pago a favor de SI.DE.CRE.ER.
S.A., de acuerdo a las liquidaciones presentada por esta última de los cupones tickets, realmente presentados al cobro.
DECRETO Nº 1940 MDSECT
Paraná, 16 de junio de 2011
Acordando a partir del mes siguiente a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, pensiones correspondientes a la Ley Provincial N 4035 en su artículo 1º, incisos a, b y c, por los conceptos de ancianidad, madre con hijos a cargo e invalidez, de acuerdo al sistema de haberes que fija el artículo 2º del Decreto N 4886/86 MAS a las personas que a continuación se detallan:
Departamento Colón:
Ancianidad: Orcellet María; Sosa Lidia Beatriz.
Departamento Concordia:
Ancianidad: Arévalo Manuel; Avancini José Ramón; Barrios Mario Ernesto; Cantero Ramona; Casco Salvador; Emiter Enrique Ernesto; Hurtado Gabriel Antonio; Masetto Elvira María; Reynoso Teresa Prudencia; Rigoni Héctor Horacio; Rodríguez Olga Uruguaya; Sánchez Rosa Nélida; Stable Stella Maris; Valenzuela Néstor Oscar; Villalba Cuello Berta Lucia.
Madres con hijos: Almeida María de los Angeles.
Invalidez: Argello Clara Mabel.
Departamento Diamante:
Ancianidad: Nieremberger Silverio;
Spellbrinck Josefa Ofelia Luisa.
Madres con hijos: Gareis Gisela Guadalupe;
González Andrea Carina; Leiva Claudia Soledad; Moreyra Laura del Luján; Muñoz Vilma Lucrecia; Romero Cintía Noemí.
Departamento Federación Ancianidad: Albiero Roque Domingo; Benítez Graciela; Cardozo Pedro Antonio; Dalarda Magdalena Rosa María; Fernández Celia Marta; Godoy Edita Rafaela; Leiva Teresa; Medina Amelia; Medina Norma Noemi; Morales María Eugenia; Ojeda Eleuterio Baltasar; Panozzo Carmen María; Planes Teresa Nilda; Quevedo María Luisa; Quiróz Casimira; Rodríguez Ma-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/11/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha23/11/2011

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2011>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930