Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/9/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

General de Educación tiene sobre los agentes que de él dependen está incluida la facultad de alterar o modificar las condiciones en que las funciones deben ser ejercidas conforme a conveniencias de servicio;
Que finalmente aconseja la elevación de las actuaciones al Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del Ministerio del ramo, a los fines de la resolución del recurso;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación se expide manifestando que:
más allá de las facultades otorgadas al CGE en orden a la reestructuración y que no se discuten la resolución atacada debió ser ratificada por acto expreso del Poder Ejecutivo que haciendo uso de sus exclusivas facultades oportunamente había reconocido la situación fáctica en que se encontraba la impugnante. El artículo 2º del Decreto Nº 7.376/08 GOB es claro en sus términos, no habiéndose producido a la fecha modificación alguna en los mismos y siendo de indudable aplicación a todo el ámbito de la Administración Pública Provincial
Que a efectos de unificar criterios la citada dirección sugiere la remisión de los actuados a la Fiscalía de Estado;
Que reseñados así los antecedentes del caso y en cumplimiento de las funciones de contralor de los actos de gobierno atribuidos a Fiscalía de Estado por la Constitución Provincial, dicho órgano dictamina: como primera cuestión, que la citada Fiscalía ha venido sosteniendo desde antigua data y en numerosas oportunidades, que la adjudicación de funciones forma parte de las facultades discrecionales del Poder Administrador;
Que en este sentido es pacífica la doctrina y la jurisprudencia en considerar que la atribución de funciones en el ámbito de la Administración Pública es una actividad de corte discrecional y como tal no está determinada por normas legales sino por la finalidad a cumplir;
Que es así que en el marco de esa actividad discrecional, la Administración actúa de acuerdo a normas y criterios no legislativos, constituidos por datos que, en la especie concreta, se vinculan a exigencias de la técnica o de la política, y que representan el mérito, oportunidad o

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/9/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha08/09/2010

Nro. de páginas126

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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