Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/11/2009

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente a fin de que la Tesorería General de la Provincia haga efectiva la suma determinada al presidente del Centro de Jubilados y Pensionados Nacionales y Provinciales de Villa Hernández señora Dora Luisa Cortina.
- -----DECRETO Nº 2676 GOB
- AUTORIZACION
- Paraná, 2 de julio de 2009
VISTO:
La sentencia dictada en Primera Instancia, en la causa caratulada De Bueno Abel Alberto c/ Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ Ejecutivo Expte. N 17.093, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4 de la ciudad de Paraná; y CONSIDERANDO:
Que se acreditó en autos la existencia de la acreencia en cabeza del actor, quien inició demanda ejecutiva contra la Pcia. de Entre Ríos pretendiendo el pago de la suma de $
149.900,88 con más intereses y costas derivados de las Resoluciones N 958 de fecha del 20 de mayo de 1998 MEOSP y N 520 de fecha 20 de octubre de 2003 SUPCE;
Que la Fiscalía de Estado toma intervención y opone excepción de inhabilidad de titulo por carecer la resolución de una deuda líquida;
Que la sentencia de marras rechazó la excepción opuesta y se mandó llevar adelante la ejecución. Dicha resolución ha sido dictada conforme a derecho, con apoyo en doctrina y jurisprudencia mayoritaria en la materia;
Que si bien Fiscalía de Estado interpuso tempestivamente recurso de apelación contra la sentencia de 1 instancia, al no existir motivos suficientes que sustenten una expresión de agravios, en cuanto crítica concreta y razonada de la sentencia, continuar la instancia recursiva solo generaría un incremento de las costas y de los intereses a abonar por el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos;

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 12/11/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha12/11/2009

Nro. de páginas147

Nro. de ediciones4776

Primera edición01/12/2003

Ultima edición26/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2009>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930