Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/1/2009
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
sistema común, no incide en el beneficio de las amas de casa, atento que conforman un régimen excepcional;
Que desde esta óptica se puede sostener que no se ha violado derecho constitucional alguno de propiedad y/o igualdad, por cuanto el Sistema Amas de Casa es un régimen de excepción, no equiparable a las jubilaciones y/o pensiones del sistema ordinario;
Que en el sentido antes expuesto, la Fiscalía de Estado ha tomado intervención de su competencia, aconsejando rechazar el recurso de apelación jerárquica interpuesto;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto por los apoderados legales de la señora Elsa Yolanda Tommasi, domiciliada legalmente en calle Tejeiro Martínez Nº 484, de esta ciudad, contra la Resolución Nº 3095/06 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y, cumplido, pasen a la Dirección Amas de Casa de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
- SERGIO D. URRIBARRI
- Ángel F. Giano - -----DECRETO Nº 1437 MSAS
- Paraná, 28 de marzo de 2008
Denegando el beneficio de jubilación por invalidez, sobre la base de lo aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a la señora Amalia