Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/7/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

la Administración Pública que, si bien repercutió en los haberes jubilatorios y pensionarios del sistema común, no incide en el beneficio de las amas de casa atento que, conforman un régimen excepcional;
Que desde esta óptica se puede sostener que no se ha violado derecho constitucional alguno de propiedad y/o igualdad por cuanto el Sistema de Amas de Casa es un régimen de excepción, no equiparable a las jubilaciones y/o pensiones del sistema ordinario;
Que en el sentido antes expuesto la Fiscalía de Estado ha tomado intervención de su competencia aconsejando rechazar los recursos de apelación jerárquica interpuestos;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -Recházanse los recursos de apelación jerárquica interpuestos por el apoderado legal de la Sra. Sofía Hutin, domiciliada legalmente en calle Tejeiro Martínez N 484 de esta ciudad, contra las Resoluciones Ns 4637/06 y 3146/06
de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social, y cumplido pasen a la Dirección Amas de Casa de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.
- JORGE P. BUSTI
- Gustavo E. Bordet - -----DECRETO Nº 6235 MSAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 18 de octubre de 2007
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por la apoderada legal de la Sra. Matilde Lucia Ragone, contra la Resolución N 6770/05 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, por la que se le denegó el pedido de reformulación de sus haberes previsionales;
CONSIDERANDO:
Que desde el punto de vista formal se debe manifestar que tal como surge de la notificación realizada por cedula obrante a fs. 20 de autos, la apoderada legal de la actora se notificó de la Resolución recurrida en fecha 28.12.05, por lo que el presente recurso de apelación jerárquica resulta a todas luces extemporáneo;
Que ello es así debido a que el Art. 62 de la Ley N 7060
establece que cuando un recurso es presentado ante el Poder Ejecutivo el plazo para su interposición será de 10 días

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/7/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha23/07/2008

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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