Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/6/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

relajamiento y falta de controles, lo que conlleva que desde las zonas más propicias en primer lugar y luego en forma generalizada, se vuelva poco a poco a reinfectar el territorio provincial;
Que frente a esta realidad y de acuerdo a normas constitucionales, la Provincia se encuentra obligada a defender y promover el interés legítimo de los productores, en el caso pecuario como asimismo el de los consumidores, lo que requiere implementar por parte del Estado provincial, mediante la intervención del organismo sanitario provincial competente, los controles apropiados y a la vez adecuar la operatividad de las normas sanitarias en concordancia con la realidad en el ámbito provincial y en beneficio de la producción;
Que los campos del norte de la Provincia de Entre Ríos, en el límite con Corrientes, vienen sufriendo en los últimos años una importante infestación parasitaria por la presencia de garrapata común del ganado bovino cuyo control y erradicación reviste una gran importancia para la ganadería de nuestro país;
Que por su parte el SENASA ha reconocido que en los últimos tiempos ha habido por diferentes causas, una falta de cumplimiento de las estrategias sanitarias, tanto por parte del sector oficial como del privado lo que ha originado un creciente proceso de estancamiento general de la campaña sanitaria, situación que requiere una urgente solución a fin de mitigar los consecuentes perjuicios productivos y económicos, especialmente para los productores del norte de Entre Ríos, quienes se encuentran abocados a intensificar la operatoria del Plan de Erradicación de la Garrapata;
Que resulta de vital importancia que el Estado Provincial brinde el mayor apoyo a este Plan de Erradicación de la Garrapata a fin de lograr un rápido control del parásito y, de ser posible, su pronta erradicación;
Que no siendo factible realizar las acciones sanitarias requeridas por intermedio de los agentes de la Administración Provincial, cuya planta de profesionales y técnicos se ha visto drásticamente reducida en los últimos tiempos, resulta necesario autorizar la contratación de la FUCOFA para el desarrollo de las acciones pertinentes, dado que su reconocida capacidad, idoneidad y experiencia en la lucha sanitaria asegura una rápida y exitosa gestión que redundará sin dudas, en un aumento de la productividad y rentabilidad de la ganadería de esta región del Litoral;
Que el costo de dicha contratación a cargo del Estado Provincial, estimado en la suma de pesos doscientos ochenta y nueve mil cuarenta $ 289.040 representa el cuarenta por ciento 40% del gasto total presupuestado por la FUCOFA en relación a la lucha contra la garrapata en el territorio provincial, quedando a cargo del SENASA y los productores, la atención del resto de los costos que demandará la campaña Abril 2007/Marzo 2008 y cuya distribución zonal y temporal dependerá de los focos que se detectan y de la presencia estacional de la enfermedad;
Que a tales fines la Secretaría de la Producción, Ad Referéndum de este Poder Ejecutivo ha suscripto en fecha 10
de marzo de 2007, un convenio con el Sr. Presidente de la FUCOFA, a efectos de establecer los derechos y obligaciones

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 25/6/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha25/06/2008

Nro. de páginas95

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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