Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/6/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

la sentencia de segunda instancia, efectuada esta última notificación, esta parte hubiere debido reclamar al quejoso la devolución de los emolumentos percibidos, en razón de la revocación de la sentencia de primera instancia dispuesta por la sentencia del máximo Tribunal Provincial como Tribunal de Alzada;
Que, por otra parte, como bien se señala en el Dictamen de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social, de fecha 10.3.05, obrante a fojas 24 y vta.
de las presentes, el actor sólo puede pedir la aplicación de la sentencia que pone fin a la instancia o en su caso si pretendió pedir la ejecución de su primera sentencia lo debió hacer antes que se expidiera la Alzada, y específicamente antes de la notificación de esta última;
Que dado que acceder al pago de los conceptos que ahora se reclaman implicaría contrariar una orden judicial expresa, firme y consentida por el propio reclamante, generando a favor de este un enriquecimiento incausado, se aconseja rechazar el presente recurso;
Que la Fiscalía de Estado ha tomado intervención de su competencia aconsejando rechazar el recurso interpuesto;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto por el señor Osvaldo Salvador Borrás, domiciliado legalmente en calle Laprida Nº 374 de esta ciudad, contra la Resolución Nº 3434/05 MSAS del Ministerio de Salud y Acción Social, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y pase al Ministerio de Salud y Acción Social de la Provincia de Entre Ríos.
- JORGE P. BUSTI
- Gustavo E. Bordet - -----DECRETO Nº 5728 MSAS
- Paraná, 3 de octubre de 2007
Ratificando el beneficio de pensión, concedido por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en un 50% del haber, a la señora Marta Luisa Schumacher de Retamal, clase 1957, MI Nº 13.142.629, en su carácter de cónyuge supérstite del extinto Tomás Nemesio Retamal, domiciliada en calle Islas Malvinas Nº 515, de la localidad de General Ramírez.
Concediendo el 50% restante reservado del beneficio de pensión a favor de los señores Pedro Américo Retamal, clase 1955, MI Nº 11.259.956, y Pablo Agapito Retamal, clase 1959, MI Nº 13.142.613, en su carácter de hijos mayores de edad e incapacitados del extinto Tomás Nemesio Retamal, representados por su curadora definitiva señora Eufemia

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/6/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/06/2008

Nro. de páginas87

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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