Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/10/2007

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que el Consejo General de Educación remite las actuaciones a esta Unidad Ejecutora Provincial UEP en fecha 24.06.2003 para conocimiento en virtud del requerimiento realizado;
Que los antecedentes fueron remitidos a la Asesoría Legal de esta repartición a los fines de que emita dictamen sobre la procedencia del reclamo interpuesto, concluyendo que se debe hacer lugar al mismo;
Que la Ley Nº 6351 de Obras Públicas Provincial, en el Art.
57, párrafo 4º y su decreto reglamentario establecen el derecho por parte de la contratista a percibir intereses cuando se le abonen certificados de obra fuera de término;
Que el Área Contable procedió a efectuar el cálculo de la deuda según el procedimiento aplicable, ascendiendo el monto actualizado de la deuda al 31.12.2005 a pesos sesenta y cuatro mil ochenta y nueve con 27/100 $ 64.089,27;
Que en fecha 2.3.2006 se firma el acta acuerdo entre el Coordinador General de la Unidad Ejecutora Provincial y el representante legal de la empresa contratista donde convienen en conformar la liquidación por pago fuera de término de los certificados Nº 1/16, la devolución de los fondos de reparo correspondientes a los certificados de obra Nº 15/16 y la cancelación parcial pendiente del certificado de obra Nº 15, todo con su correspondiente actualización;
Que la partida correspondiente está prevista por Ley Nº 9665 de Presupuesto provincial para el ejercicio 2006;
Que ha tomado intervención la Contaduría General de la Provincia de Entre Ríos;
Que la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos ratifica el criterio adoptado para efectuar el cálculo de la deuda, determinando que es procedente aplicar la tasa de interés del 12% anual hasta el 6 de enero de 2002 y posteriormente la tasa activa del Banco Nación Argentina;
Que ha tomado la intervención de su competencia el Área Legal de la Unidad Ejecutora Provincial;
Que el Área de Administración de la Unidad Ejecutora Provincial ha efectuado la reserva del crédito;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Ratifícase el Acta Acuerdo celebrada entre el Coordinador General de la Unidad Ejecutora Provincial y el representante legal de la firma Ernesto Ricardo Hornus SA
en fecha 2.3.2006.
Art. 2º -- Autorizar al Servicio Administrativo Contable de la Unidad Ejecutora Provincial a realizar el pago a la firma Ernesto Ricardo Hornus SA de la deuda reconocida según acta Acuerdo entre el Coordinador General de la Unidad Ejecutora Provincial y el representante legal de la empresa en fecha 2.3.2006.
Art. 3º -- Disponer la solicitud de fondos a la Tesorería general de la Provincia, por la suma de pesos sesenta y cuatro mil ochenta y nueve con veintisiete centavos $ 64.089,27.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/10/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha09/10/2007

Nro. de páginas105

Nro. de ediciones4800

Primera edición01/12/2003

Ultima edición01/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2007>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031