Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/9/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que las Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social ha tomado intervención de su competencia en el sentido expuesto;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr.
Juan José Gastiasoro por derecho propio y con patrocinio letrado, con domicilio legal en calle Santa Fe Nº 165 PA, Oficina 2º de esta ciudad, por el retardo en que ha incurrido la Secretaría de Salud, en resolver el expediente Nº 2139/97, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- Dispónese que una vez notificado el presente recurso al actor se remitan las presentes actuaciones a la Secretaría de Salud a fin de que se lo notifique de la reserva dispuesta del expediente principal hasta la sanción del presupuesto 2007.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 4º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y pasen las presentes actuaciones a la Secretaría de Salud de la Provincia de Entre Ríos, a sus efectos.
- JORGE P. BUSTI
- Gustavo E. Bordet - -----DECRETO Nº 8282 MSAS
- HACIENDO LUGAR A RECURSO
- Paraná, 7 de diciembre de 2006
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por los apoderados legales de varias jubiladas de amas de casa, en autos caratulados Nelly Desideria Acevedo y otras; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede ante la presunta tardanza en que habría incurrido la autoridad administrativa, en este caso la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en resolver un reclamo de pago retroactivo y reajuste de sus haberes jubilatorios;
Que obra en autos Memorandum Nº 804/06 mediante el cual se requiere al presidente del organismo la remisión de las actuaciones principales, las que han sido giradas a este ministerio en fecha 17.11.06 con la cuestión de fondo resuelta a través de la Resolución Nº 3206/06 CJPER, aunque no consta fehacientemente que la misma fue notificada a las actoras;
Que resulta procedente la consideración del presente recurso por ser la Caja de Jubilaciones y Pensiones un ente, sometido a contralor de legitimidad o de mérito por

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/9/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha07/09/2007

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones4803

Primera edición01/12/2003

Ultima edición06/08/2024

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