Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/7/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CONSIDERANDO:
Que acorde al aspecto formal del recurso impetrado, el mismo ha sido interpuesto en tiempo y forma;
Que el recurrente manifiesta su disconformidad por la ubicación Nº 41 en el orden de mérito, sustentando los agravios en la antigedad acumulada, sus antecedentes y desempeño en la fuerza, expresando también la existencia de pares en su jerarquía con menor antigedad y mejor posicionados;
Que analizando la ubicación en el orden de mérito elevado por la Junta de Calificaciones al Jefe de Policía, con el promedio final que dicho órgano colegiado le ha otorgado, la ubicación es correcta, siendo la misma correlativa con el puntaje obtenido de las calificaciones parciales que se deben tener en cuenta para tal fin;
Que la ubicación en el orden de mérito en que se encuentra el recurrente en la resolución recurrida, es la misma que le ha otorgado la Junta de Calificaciones, siguiendo el procedimiento establecido para tal fin en el capítulo V del Reglamento de Calificaciones y Promociones Policiales;
Que por todo lo expuesto, corresponde el rechazo del recurso incoado;
Que obra dictamen de Fiscalía de Estado;
Que en su intervención, la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia, se expide en sentido concordante con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos, interesando el rechazo del recurso analizado;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Recházase el recurso contra la Resolución DP Nº 1962/05, interpuesto en los términos del Art. 99 de la Ley 5654/75
por el Cabo de Policía de la Provincia Julio Alberto Saldaña, LP Nº 22.818, MI Nº 17.994.143, acorde a los motivos expuestos en los considerandos del presente.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario Ministerial de Obras y Servicios Públicos, conforme a lo dispuesto por el Art. 2 del Decreto Nº 5906/06 MGJEOSP.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, y archívese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia a sus efectos y, oportunamente archívense.
- JORGE P. BUSTI
- Adán H. Bahl - -----DECRETO Nº 7747 MGJEOySP
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 27 de noviembre de 2006
VISTO:

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/7/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha31/07/2007

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones4802

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/08/2024

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