Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/4/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

dictamen final a fojas 76/77 de autos, la Dirección de Sumarios de la Fiscalía de Estado, deslinda la responsabilidad en el suceso a los restantes galenos investigados, haciendo la salvedad con relación a la conducta desplegada por el doctor Mendieta, a quien se le imputa, en grado de sospecha, haber dispuesto el traslado del menor Meza, desde el Centro Asistencial al Hospital Materno Infantil Doctor Ramón Carrillo de Concordia, sin asistencia de equipo de oxígeno ni personal especializado que vele por la salud del mismo ante su delicado estado, lo que habría agravado mortalmente la salud del menor;
Que del informe proveniente del Juzgado de Instrucción Nº 2
de la ciudad de Concordia, surge que el doctor Mendieta se encuentra imputado por el presunto delito de homicidio culposo por la denuncia que efectuara la señora Ana María Fernández, a causa de la muerte del menor Brian Felipe Meza;
Que así las cosas y ante la existencia de una imputación judicial concreta, respecto de la conducta de un agente de la administración, aconseja el dictado de una resolución disponiendo un sumario administrativo, proceso que permitirá confirmar o de desvirtuar, en definitiva, la sospecha que se desprende con relación a la conducta desplegada por el doctor Mendieta;
Que al solicitar información al Juzgado de Instrucción Nº 2 de Concordia, a cargo del doctor Alejandro Marcelo Garay, donde se tramita la causa penal caratulada: Mendieta, Héctor s/homicidio culposo, se comunica que el imputado Mendieta, se le ha dictado auto de sobreseimiento, en fecha 05.5.05, acompañando copia de la resolución a fojas 135/137;
Que la defensa técnica del sumariado, a fojas 141 y vta., señaló que la sentencia dictada en sede penal, a favor de su pupilo, ha quedado firme y consentida ya que la misma no fue recurrida por la parte denunciante, acompañando copia certificada de la resolución dictada en Sede Penal de fojas 162/164, resolviendo sobreseer al doctor Mendieta, por la comisión del delito de homicidio culposo, artículo 84º del Código Penal;
Que el señor Juez de Instrucción, entre los fundamentos esgrimidos para dictar el sobreseimiento del doctor Mendieta, trae a colación una cita del penalista Eugenio Zaffaroni, correspondiente al Tratado de Derecho Penal, parte General III, página 396, que textil reza: La conducta voluntaria que causa el resultado es violatoria de un deber de cuidado, y entre la violación del deber de cuidado y el resultado debe existir una relación de determinación, Y, como ya dijera en el auto de falta de mérito, en base a la Historia Clínica de fojas 173/202, el informe autópsico de fojas 212/213, informe anatomopatológico de fojas 216, informe médico de fojas 221, en modo alguno permiten determinar que la muerte del niño Meza se debió a que no se le administró oxígeno en el viaje de Estancia Grande al Hospital Carrillo. En efecto, el informe de fojas 148, que es firmado por el médico forense José Alberto Gesualdi y el doctor Carlos Alfredo Arizabalo concluyen luego del examen de la documentación

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/4/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha19/04/2007

Nro. de páginas77

Nro. de ediciones4799

Primera edición01/12/2003

Ultima edición31/07/2024

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