Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/10/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

CONSIDERANDO:
Que a fojas 01 la Coordinadora del Área Casos y Situaciones de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación remite las actuaciones al Señor Subsecretario de Derechos Humanos de la Provincia, para su consideración, evaluación y efectos que estime corresponder;
Que a fojas 02/04 luce agregada copia del reclamo de la señora Constante de Carreón quién, luego de realizar un relato pormenorizado de los hechos ocurridos, concretamente solicita la reincorporación a su trabajo en el Hospital "Justo José de Urquiza" de Concepción del Uruguay del cual fue separada por aplicación de una medida disciplinaria;
Que a fojas 07/22 obran copias simples de: a Legajo Personal de la presentante; b Decreto N 5731/00 MSAS, por el cual se dispone dar por finalizado el sumario administrativo que se le instruyó y por el que se le aplicó la sanción de cesantía, c Decreto N 3560/01 SES, que resuelve rechazar el Recurso de Revocatoria interpuesto por la Señora Constante de Carreón contra Decreto N 5731/00 MSAS, y confirmar la sanción disciplinaria;
Que a fojas 24 se giran las actuaciones a la Fiscalía de Estado a fin de que dictamine: a Respecto de las constancias obrantes a los folios 9 a 22, si se habría agotado o no la vía administrativa; b Si ha mediado o no acción contencioso administrativa y/u otra de índole judicial y para el supuesto afirmativo, si ha mediado o no sentencia y en su caso, se agreguen fotocopias de los antecedentes que eventualmente pudieren existir en la Fiscalía, y c Sobre lo que su elevado criterio se sirva estimar o dictaminar como pertinente y útil a los fines interesados al folio 1;
Que ante este requerimiento, la Fiscalía de Estado dictamina que en el punto a y conforme a los antecedentes agregados en autos por la Secretaría de Salud, cabe señalar que la vía administrativa ya se encuentra agotada con el dictado del Decreto N 3560 S.E.S., de fecha 25 de septiembre de 2.001, por el cual se rechaza el recurso revocatoria interpuesto por la señora Constante de Carreón;
Que en relación al requerimiento del punto b, consultados los registros obrantes Fiscalía de Estado, es dable informar que no se ha recepcionado notificación alguna por la que se comunique el inicio de demanda deducida por la presentante contra el Estado Provincial;
Que a fojas 27 el señor Subsecretario de Derechos Humanos de la Provincia, eleva las presentes actuaciones al Señor Gobernador para su conocimiento y consideración;
Que a fojas 28 este Poder Ejecutivo expresa que dado lo dictaminado por la Fiscalía de Estado y agotadas todas las instancias, se proceda a la confección del respectivo texto legal rechazando la presentación interpuesta;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º - Recházase en todos sus términos la presentación efectuada por la señora Graciela Constante de Carreón, DNI Nº 4.720.099, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
Art. 2º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educació, Obras y Servicios Públicos.
Art. 3º - Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese y archívese.
- JORGE P. BUSTI
- Sergio D. Urribarri - -----DECRETO Nº 2403 GOB
- Paraná, 11 de mayo de 2006

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/10/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha13/10/2006

Nro. de páginas81

Nro. de ediciones4778

Primera edición01/12/2003

Ultima edición01/07/2024

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