Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/9/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

- BUENOS AIRES
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22, a cargo de la Dra. Margarita R. Braga, Secretaría Nº 43, a cargo de la Dra. María Gabriela Gutiérrez Cabello, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, 3º piso, de esta ciudad, comunica y hace saber por cinco días que en los autos: Rodalia SCA s/ Concurso preventivo, 3061548222-2, se ha resuelto en fecha 18 de agosto de 2006
decretar la apertura del concurso preventivo.
Los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación hasta el día 16 de octubre de 2006, ante el síndico designado, contador Roque Alberto Pepe, domiciliado en Argentina 5785, PB, de esta ciudad.
El día 30 de octubre de 2006 vence el plazo para que la deudora y los acreedores concurran ante el síndico a revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas Art. 34 LC.
El informe individual de los créditos será presentado el día 27 de noviembre de 2006 Art. 35 LC. El informe general será presentado por el síndico el día 14 de febrero de 2007, la audiencia informativa ha sido fijada para el día 30 de junio de 2007, a las 9 horas, que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado.
Buenos Aires, 11 de setiembre de 2006 - Ma. Gabriela Gutiérrez Cabello, secretaria.
-F.C.S. 00035043 5 v./21.9.06
- SENTENCIA
- ANTERIOR
- PARANA
Excma. Cámara Primera en lo Criminal de esta capital, Sala II, Nº 4403 Gómez Luis Eduardo, Basualdo Rubén Darío s/
Robo calif. p/ uso arma de fuego y resistencia autor. en concurso real.
En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil cinco SENTENCIA: I Declarar que LUIS EDUARDO
GOMEZ, ya filiado, es coautor material y responsable de los delitos de robo calificado por el uso de arma de fuego y resistencia a la autoridad materialmente concursados entre sí y en consecuencia, condenarlo a la pena de siete años de prisión y accesorias legales, Arts. 5, 12, 40, 41, 45, 55, 166 Inc. 2º y párrafo siguiente y 239 del C. Penal. Fdo.
Dres. Nazar, Herzovich, García, vocales. Ante mí Dr. Oscar Dosba, secretario.
II Declarar que RUBEN DARIO BASUALDO, ya filiado, es coautor material y responsable de los delitos de robo calificado por el uso de arma de fuego y resistencia a la autoridad realmente concursados entre sí y en consecuencia, condenarlo a la pena única de diez años de prisión y

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 18/9/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha18/09/2006

Nro. de páginas94

Nro. de ediciones4777

Primera edición01/12/2003

Ultima edición28/06/2024

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