Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/7/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

- Paraná, 5 de diciembre de 2005
VISTO:
El recurso de queja Silverio De Diego; y
interpuesto
por
el
Sr.

Juan
Jorge
CONSIDERANDO:
Que el mismo procede ante la presunta tardanza en que habría incurrido la autoridad administrativa, en este caso el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social en resolver el recurso de apelación jerárquica que fuera interpuesto contra la Resolución Nº 0940/IAFAS;
Que obra en autos memorándum Nº 403/05 mediante el cual se requiere al presidente del instituto la remisión de las actuaciones principales, las que a la fecha no fueron remitidas;
Que conforme surge de volante adjunto en autos, las actuaciones de referencia se encuentran paralizadas desde el 7.9.05 en el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social sin poderse corroborar que se halla resuelto el planteo efectuado por el actor, por lo que corresponde hacer lugar al recurso de queja, debiendo el mencionado instituto, en un plazo perentorio de veinte 20 días resolver la cuestión de fondo planteada;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social ha tomado intervención de su competencia;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr.
Juan Jorge Silverio De Diego, con domicilio legal en calle Tucumán Nº 300, por el retardo en que habría incurrido el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social en resolver el recurso de apelación jerárquica que fuera interpuesto contra la Resolución Nº 0940/IAFAS, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- Fíjase un plazo de veinte 20 días, contados a partir de la recepción de las actuaciones, para que el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social, se pronuncie respecto del reclamo formulado, atento lo expresado en el presente texto legal.
Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 4º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y pasen las presentes actuaciones al Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social de la Provincia de Entre Ríos, a sus efectos.
- JORGE P. BUSTI

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/7/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha17/07/2006

Nro. de páginas75

Nro. de ediciones4786

Primera edición01/12/2003

Ultima edición12/07/2024

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