Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/9/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

hora fijada no lo hubiera logrado, podrá sesionar válidamente con un número que no sea inferior al total de los miembros titulares y suplentes de la comisión directiva en ejercicio, haciendo exclusión de ellos Art. 21 del estatuto.
Mario Amado, presidente; Sonia F. Garat, secretaria.
-F.C.S. 00027322 3 v./21.9.05
- TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO
- ANTERIOR
- PARANA
Doña Mirta Vartorelli, matrícula individual Nº 4.569.974, CUIT Nº 27-04569974-4, argentina, casada, con domicilio en H. Irigoyen 75, de Paraná, hace saber por este medio de la transferencia de fondo de comercio, de acuerdo a Ley 11867, mediante la que la Srta. Pamela Betiana Laggiard, CUIT 2729398747-0, argentina, soltera, comerciante con domicilio constituido en José Guex 1680, de Villa Elisa ER, le vende el comercio dedicado a la fabricación y comercialización de pastas frescas y comidas que gira con el nombre de Raviolandia PL, con domicilio comercial en Av.
Ramírez 2172, de Paraná.
Los reclamos de ley pueden hacerse en el domicilio de calle Corrientes 342, de Paraná, en el horario comercial.
Ley 11867 Artículo 4º: El documento de transmisión sólo podrá firmarse después de transcurridos diez días desde la última publicación, y hasta ese momento, los acreedores afectados por la transferencia, podrán notificar su oposición al comprador en el domicilio denunciado en la publicación, o al rematador o escribano que intervengan en el acto reclamando lo retención del importe de sus respectivos créditos y el depósito, en cuenta especial en el banco correspondiente, de las sumas necesarias para el pago.
Este derecho podrá ser ejercitado tanto por los acreedores reconocidos en la nota a que se refiere el artículo anterior, como por los omitidos en ella que presentaren los títulos de sus créditos o acreditaren la existencia de ellos por asientos hechos en los libros llevados con arreglo a las prescripciones del Código de Comercio. Pasado el término señalado por el artículo 5º, sin efectuarse embargo, las sumas depositadas podrán ser retiradas por el depositante.
-F.C.S. 00027204 5 v./20.9.05

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/9/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha19/09/2005

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones4797

Primera edición01/12/2003

Ultima edición29/07/2024

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