Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/9/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

declaración indagatoria y designar abogado defensor Art. 205 del CPP en la causa que se le sigue por el delito de Coutinio Roxana y otros s/ Usurpación e instig. a cometer delitos en C. Real Nº 3028, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, ordenándose su detención, en caso de incomparecencia.
Concordia, 27 de julio de 2005 Gustavo Pablo Castillo, secretario.
-4109 5 v./21.9.05
- ------

- a SARA DUARTE
Por disposición del S.S. el Sr. Juez de Instrucción de esta jurisdicción, Dr. Martín Francisco Carbonell, cita, llama y emplaza por el término de quince días a contar de la primera publicación del presente edicto, a/el/la encausado/a SARA DUARTE, argentina, soltera, 23 años, DNI Nº 28.678.363 y cuyo domicilio se desconoce, para que se presente a dicho Juzgado, Secretaría del autorizante, dentro de dicho término, a prestar declaración indagatoria y designar abogado defensor Art. 205 del CPP en la causa que se le sigue por el delito de Coutinio Roxana y otros s/
Usurpación e instig. a cometer delitos en C. Real Nº 3028, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, ordenándose su detención, en caso de incomparecencia.
Concordia, 27 de julio de 2005 Gustavo Pablo Castillo, secretario.
-4110 5 v./21.9.05
- ------

- a DANIEL GAUTO
Por disposición del S.S. el Sr. Juez de Instrucción de esta jurisdicción, Dr. Martín Francisco Carbonell, cita, llama y emplaza por el término de quince días a contar de la primera publicación del presente edicto, a/el/la encausado/a DANIEL GAUTO, cuyos restantes datos de identidad se ignoran, con último domicilio conocido en calle 6 de Caballería y A. Niez, de esta ciudad, para que se presente a dicho Juzgado, Secretaría del autorizante, dentro de dicho término, a prestar declaración indagatoria y designar abogado defensor Art. 205 del CPP en la causa que se le sigue por el delito de González Julio, Gauto Darío s/
Lesiones leves y amenazas en C.
Real, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, declarárselo rebelde y ordenarse su detención.
Concordia, 26 de julio de 2005 Gustavo Pablo Castillo, secretario.
-4111 5 v./21.9.05
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- a JORGE R. ROBLES
Por disposición del S.S. la Sra. Jueza de Instrucción de Nº 3, Dra. Marta A.G. de Amaduzzi, Secretaría a cargo de la autorizante, se cita, llama y emplaza por el término de quince días a contar de la primera publicación del presente edicto, al testigo JORGE R.
ROBLES, cuyos datos personales se desconocen, para que se presente a dicho Juzgado, dentro de dicho término, a prestar declaración testimonial, en la causa caratulada de of. Sup. infrac. Art. 289
Silveira Juan Pablo s/ De oficio 1130/578, bajo apercibimientos de ley.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/9/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha15/09/2005

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones4803

Primera edición01/12/2003

Ultima edición06/08/2024

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