Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/2/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

incluya el orden del día dirigida al domicilio de cada socio que tenga comunicado en la sociedad.
Las decisiones serán tomadas por mayoría del capital presente, salvo las que se refieran al cambio de objeto, modificación de plazo, transformación, fusión o escisión de la sociedad, que serán por unanimidad y las que la ley le señale mayoría especial. Cada cuota confiere el derecho a un voto. De las asambleas se labrará acta que se asentará en el libro destinado al efecto, suscrita por los asistentes.
DECIMO SEGUNDA: La fiscalización de las operaciones sociales podrá ser ejercida en cualquier momento por los socios, pudiendo inspeccionar libros, cuentas y demás documentación y pedir realización de balances parciales, conforme al artículo cincuenta y cinco, con la salvedad prevista en el artículo doscientos noventa y nueve, inciso segundo de la Ley de Sociedades Comerciales.
DECIMO TERCERA: La liquidación de la sociedad será practicada por los socios o por un liquidador nombrado por los mismos, debiendo efectuar en inventario y balance dentro de los treinta días de entrar en estado de liquidación.
Si la efectuaran los socios, actuarán conjuntamente bajo el rubro social con el aditamento "En liquidación". Realizarán el activo social y extinguido el pasivo, el aporte por capital y excedente o pérdidas en su caso, se distribuirán entre los socios en proporción a su respectivo capital.
DECIMO CUARTA: La sociedad se regirá por este contrato y en lo que no estuviere previsto por las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales número 19.550, modificada por la Ley número 23.903, Código de Comercio, u otra de la materia.
DECIMO QUINTA: Cualquier cuestión o divergencia suscitada entre los socios durante la existencia de la sociedad o al disolverse o liquidarse, será resuelta en instancia judicial sometiéndose a la justicia de los Tribunales Ordinarios de esta ciudad.
II -- En la forma expuesta, los firmantes dejan concluido el contrato constitutivo de Transporte Galante S.R.L. y aceptan la presente por estar de acuerdo con sus términos.
III -- Que por unanimidad fijan la sede social y administrativa de la sociedad de responsabilidad limitada en calle Av. Presidente Perón y Acef Bichilani de esta ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos.
IV -- Autorización especial: Los socios autorizan a los señores Gustavo Rafael Solari, DNI Nº 14.599.839 y el señor Jorge Poloni, DNI Nº 14.669.893, para que actuando conjunta o indistintamente realicen los trámites para la aprobación del presente contrato e inscripción respectiva ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, pudiendo aceptar las modificaciones que indique dicha entidad,

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/2/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha23/02/2005

Nro. de páginas121

Nro. de ediciones4789

Primera edición01/12/2003

Ultima edición17/07/2024

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