Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/2/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

asamblea general ordinaria del 22.3.1994, ratificado por asamblea general extraordinaria del 17.11.1995, legajo de la sociedad en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas "S" 1158, texto de los estatutos sociales según la conformidad administrativa de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas en las Resoluciones Nº 198 del 16.12.1994 y Nº 276 del 26.10.2004.
ARTICULO PRIMERO: Nombre y domicilio: La sociedad anónima constituida bajo la denominación de "SERACO SOCIEDAD
ANONIMA CONSTRUCTORA E INDUSTRIAL", girará bajo la denominación de "SERACO SACI".
ARTICULO CUARTO: Capital: El capital social se fija en cincuenta mil pesos $ 50.000 representados por cincuenta mil acciones de un peso $ 1 cada una, la que estará representadas por títulos de una o más acciones, ordinarias o preferidas, nominativas o al portador.
ARTICULO UNDECIMO: Directorio: La sociedad será administrada y dirigida por un directorio compuesto por un mínimo de uno 1 y hasta un máximo de cinco 5
directores, según lo establezca anualmente la asamblea general ordinaria de accionistas.
Para el caso de un solo director, el mismo será el presidente del órgano de administración. En el caso de dos directores se elegirán entre ellos un presidente y un vicepresidente. El mandato de los miembros del directorio durará entre uno y tres ejercicios económicos según lo determine la asamblea que los elija, prolongándose hasta el día en que los nuevos directores elegidos asuman sus funciones. Los directores pueden ser reelegidos indefinidamente.
ARTICULO DECIMO SEPTIMO: Representación legal de la sociedad: La representación legal de la sociedad la tiene el presidente, quien la podrá comprometer con su sola firma y otorgar los instrumentos públicos y privados que sean necesarios.
ARTICULO DECIMO OCTAVO: Ausencia, impedimento o enfermedad del presidente: En este caso será sustituido por el vicepresidente y un síndico.
ARTICULO VIGESIMO CUARTO: Elección del síndico: anualmente la asamblea general ordinaria elegirá un síndico titular y otro suplente, quienes podrán ser reelegidos indefinidamente.
Registro Público de Comercio - DIPJ -- Paraná, 31 de enero de 2005 -- Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
-F.C.S. 00021637 1 v./9.2.05

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/2/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha09/02/2005

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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