Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/1/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

la cilindrada solicitada y 4º Realizar a través de la Unidad Central de Contrataciones un nuevo llamado a licitación pública para adquirir la camioneta y el minibús;
Que la Dirección General de Intendencias y Servicios de la Gobernación manifiesta la necesidad de contar a la brevedad con dichos vehículos, correspondiendo encuadrar dicha gestión en las disposiciones del artículo 13º del Decreto Nº 795/96 MEOSP y modificatorios;
Que a fojas 103/113 obran los pliegos que regirán el nuevo llamado a licitación pública, con las modificaciones del anexo II aconsejadas en el acta antes mencionada;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Apruébase la Licitación Pública Nº 16/04 autorizada por Decreto Nº 5600/04 GOB, efectuada por la Unidad Central de Contrataciones para la adquisición de dos vehículos destinados a la Dirección General de Intendencias y Servicios de la Gobernación.
Art. 2º -- Recházase por inadmisible la única propuesta recibida, de la Casa Nº 01 al Renglón 2 Automotores Mega SA por no ajustarse lo ofrecido a lo solicitado en el anexo II del pliego de condiciones particulares que rige el acto licitario.
Art. 3º -- Declárase desierto el Renglón 1 de la licitación pública Nº 16/04, por no haberse recepcionado ofertas.
Art. 4º -- Autorízase a la Unidad Central de Contrataciones a efectuar un nuevo llamado a licitación para la adquisición de dos vehículos destinados a la Dirección General de Intendencias y Servicios de la Gobernación, por un monto de pesos ciento cincuenta y nueve mil doscientos cinco $
159.205,00.
Art. 5º -- Apruébanse los pliegos de condiciones generales y particulares con las modificaciones en el anexo II
aconsejadas, que regirán el acto licitario que se autoriza efectuar en el artículo anterior, los que agregados forman parte de este texto legal.
Art. 6º -- Encuádrase la presente gestión en las disposiciones previstas en el artículo 13º del Decreto Nº 795/96 MEOSP y modificatorios.
Art. 7º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 8º --

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/1/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha17/01/2005

Nro. de páginas57

Nro. de ediciones4798

Primera edición01/12/2003

Ultima edición30/07/2024

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