Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/1/2005

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Recházase el recurso de gracia interpuesto por parte del Cabo de Policía Juan Ramón Díaz, L.P. 19.572, DNI Nº 17.394.161, conforme a los considerandos que forman parte del presente.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pasen las actuaciones a sus efectos a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
- JORGE P. BUSTI
- Sergio D. Urribarri - -----DECRETO Nº 5512 MGJEOySP
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 27 de octubre de 2004
VISTO:
El recurso de revocatoria interpuesto por el Comisario Principal Carlos Ramón Martínez, L.P. Nº 17.392, MI Nº 12.399.538, contra el Decreto Nº 253/03 MGJ; y CONSIDERANDO:
Que de las constancias obrantes en las presentes actuaciones, se advierte que el Comisario Principal Martínez, no interpuso con anterioridad al recurso que hoy dilucida, el medio de impugnación previsto en el artículo 99º de la Ley 5654, contra la Resolución D.P. Nº 1979/02, mediante el cual el señor Jefe de Policía estableció el orden de mérito para los ascensos policiales, en virtud de la mencionada no le fue notificada;
Que el recurrente manifiesta haber tomado conocimiento del Decreto Nº 253/03 el día 4.2.03 mediante la publicación del diario "La Acción" de Nogoyá, que acompaña como prueba y agrega a fs. 3 de estas actuaciones. Tal actitud es encuadrada en el artículo 25º, inciso d de la Ley 7060, por lo que se considera notificado el mismo día de la publicación conforme las propias manifestaciones del recurrente;
Que el plazo para interponer el recurso, venció para el quejoso el día 18.2.03, constando que el recurso que nos ocupa se presentó en fecha 27.2.03, por lo que resulta extemporáneo;
Que sin perjuicio de ello se tratará la cuestión de fondo planteada;
Que se agravia el recurrente por considerar que la mayoría de los ascendidos por Decreto Nº 253/03, si bien tienen 2
años en el grado y aprobado el curso de la Escuela

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 7/1/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha07/01/2005

Nro. de páginas70

Nro. de ediciones4796

Primera edición01/12/2003

Ultima edición26/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2005>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031