Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/6/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

cinco 5 días que en los autos caratulados "Suigo Blanca O. s/
Pedido de quiebra - Hoy su quiebra", Expte. N 19.524, F 216, año 2002 se ha decretado la quiebra de Blanca Olga Suigo. Se ha fijado como plazo para la verificación de créditos y títulos correspondientes hasta el 6 de julio del cte. año, los que se formularán ante el síndico CPN Hugo Larrazábal, CUIT N
2011379578/7 con domicilio en calle Courreges N 35 donde atenderá los días lunes y viernes en el horario de 17:00 a 19:30 hs.
Se ha fijado los días 2 de septiembre y 21 de octubre del cte.
año para la presentación de los informes previstos en los artículos 35 y 39 de la LC.
La resolución que así lo ordena dice: "Paraná, 12 de mayo de 2004. Visto y Considerando Resuelvo: 1 - Declarar la quiebra de la Sra. Blanca Olga Suigo, DNI 16.610.099, con domicilio en calle Candiotti N 338 de esta ciudad de Paraná y domicilio legal en calle Urquiza N 356 PB, también de esta ciudad. 9 - Prohibir a los terceros efectuar pagos a la fallida los que de producirse serán ineficaces. 12 - hacer saber a la fallida que queda desapoderado de pleno derecho de sus bienes existentes a esta fecha de declaración de quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación y que tal desapoderamiento impide que ejercite sus derechos de disposición y de administración, Art. 107 Ley 24.522.
13 - Disponer la realización de los bienes de la fallida la que será llevada a cabo por un martillero, artículos 88 inciso 9 y 261 LC, a cuyo efecto deberá librarse oportunamente oficio a la Oficina Central de Notificaciones y Mandamientos para designarlo por orden de lista.
16 - Publicar edictos por cinco 5 días en el Boletín Oficial y el diario "Uno" comunicando la presente en forma y con los datos que fija el artículo 89 de la Ley 24.522". Fdo.:
Valentina Ramírez Amable, Juez en lo Civil y Comercial N 3.
La presente publicación se realiza sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere, artículo 89 de la Ley 24.522.
Paraná, 26 de mayo de 2004 -- María del Pilar Remedi, secretaria.
-F. 00002918 5 v./4.6.04
- ------ FEDERACION
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Dr. Guillermo Oscar Delrieux, Secretaría de la suscripta, hace saber por cinco días que en autos caratulados "Ruiz Orlando Sebastián c/ Reniero, José Antonio - Pedido de quiebra", Expte. N 5524/04, el día 29 de abril de 2004 se ha decretado la quiebra del señor José Antonio Reniero, argentino, con domicilio real en calle Champagnat N 2965 de Chajarí E.R.. Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante el síndico Carlos Alberto Guitar, los días martes y viernes, en el horario de 16:00 a 19:00 horas en el domicilio de calle 3 de Febrero N 2585 de esta ciudad, hasta el día 12 de julio de 2004, inclusive.
El fallido y los terceros deberán entregar al síndico sus libros de comercio y demás documentación contable dentro de las veinticuatro horas. Serán ineficaces los pagos que se hagan al fallido.
La resolución que así lo dispone, en su parte pertinente dice:
"Chajarí, abril 29 de 2004. Visto Considerando Resuelvo:

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/6/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha03/06/2004

Nro. de páginas71

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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