Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/4/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

El recurso de apelación jerárquica deducido por el apoderado legal de la docente Marta Possamay, maestra de ciclo de la Escuela Nº 1 "Juan José Castelli" del Departamento Gualeguay, contra la Resolución Nº 1895/CGE, de fecha 21 de junio de 2002, mediante la cual se rechaza un anterior recurso de apelación jerárquica interpuesto ante el señor presidente del Consejo General de Educación; y CONSIDERANDO:
Que las decisiones de los entes autárquicos como el Consejo General de Educación, cuyo carácter se halla especialmente contemplado en el artículo 206º de la Constitución Provincial, pueden ser recurridas por esta vía ante el Poder Ejecutivo;
Que no existe control un jerárquico del Poder Ejecutivo sobre los antes autárquicos, sino sólo de tutela jurídica, pudiendo revisar sus actos en cuanto a su legitimidad y mérito;
Que el control sobre la motivación relativa a la oportunidad y conveniencia, es propio de las funciones del ente autárquico y consecuentemente no pueden en principio ser alterados o modificados por el control del Ejecutivo;
Que la apelante se notifica en disidencia del concepto anual profesional que le ha correspondido por su desempeño durante el año 2000, fundándose en que las inasistencias a los actos patrios de aquél año no pueden considerarse injustificadas, atento al acatamiento que hizo de la medida de fuerza ordenada por la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos, AGMER;
Que la disidencia fue resuelta a través del Dictamen Nº 915/02 del Tribunal de Calificaciones y Disciplina, no haciendo lugar a la misma, considerando que cada falta injustificada se tendrá como simple a los efectos de cálculo de asistencia;
Que contra dicho dictamen la docente presentó un recurso de apelación jerárquica ante el señor presidente del Consejo General de Educación, siendo rechazado mediante Resolución Nº 1895/02 CGE, obrante a fojas 22/23;
Que contra dicha resolución se agravia la recurrente, deduciendo un recurso de apelación jerárquica;
Que la reclamante considera que existen vicios insalvables en el trámite de la disidencia, atacando la Resolución Nº 1426/00 CGE, que impuso a los docentes dependientes del Consejo General de Educación el cumplimiento de una obligación laboral en día feriado, sin contemplar la debida contraprestación dineraria, defendiendo la decisión gremial de actuar en tal sentido;
Que además cuestiona el modo en el cual el Tribunal de Calificaciones y Disciplina ha tomado la decisión de rechazar la disidencia, manifestando entre otros agravios que dicho dictamen resulta un acto administrativo nulo, por cuanto ha

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/4/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha01/04/2004

Nro. de páginas117

Nro. de ediciones4786

Primera edición01/12/2003

Ultima edición12/07/2024

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