Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/3/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

finalizado su mandato, según lo establece el estatuto de la institución.
La orden del día es:
a Elección de dos socios para la firma del acta.
b Lectura y aprobación de memoria y balance.
c Elección de dos socios para escrutar los votos.
d Elección.
Mercedes Godoy, vicepresidente; Gabriel Berman, secretario.
-F.C.S. 00014393 3 v./30.3.04

- CITACION

- ANTERIOR
- PARANA
- a los derecho habientes del extinto ROLANDO RUBEN RICKERT
La Jefatura de Policía de la Provincia de Entre Ríos, cita por el término de cinco 5 días hábiles a partir de la primera publicación, a los derecho habientes del extinto ROLANDO RUBEN
RICKERT, quien se desempeñaba con el grado de Subcomisario en la Dirección Asuntos Internos, a quien se considere con derecho, para que comparezca a acreditar su vínculo con el causante o sus pretensiones con respecto a los haberes caídos.
Los interesados deberán presentarse en la División Finanzas de la Dirección Logística Jefatura de Policía Central, munidos de documentos personales y libreta de familia.
-2234 5 v./26.3.04

- CESION DE CUOTAS

- NUEVAS
- PARANA
- C.P. SRL
Por resolución del Sr. Director de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar el presente edicto, por un 1 día en el Boletín Oficial:
Entre Pilar Martínez de Oneto, LC 9.992.272, domiciliada en Avda. Belgrano 1526, de la ciudad de Crespo, casada en primeras nupcias con Miguel Angel Oneto, en su calidad de socia de CP
SRL, con domicilio en 25 de Mayo 1053, de la ciudad de Crespo, inscripto su estatuto en el Registro Público de Comercio al Nº 461, en fecha 15 de julio de 1988, titular de 450 cuotas sociales de la misma, que representan el treinta por ciento 30% del total del capital social, en adelante "cedente" por una parte, y Julieta Mariana Oneto, DNI 26.307.042, de estado civil soltera, domiciliada en Avda. Belgrano 1526, de Crespo, en adelante "cesionaria", por la otra parte, celebran este contrato de cesión de cuotas sociales, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La cedente dona a la cesionaria, la cantidad de 75
setenta y cinco cuotas sociales de las que es titular de CP
SRL, que representan el 5 cinco por ciento de participación en dicha sociedad y del capital social de la misma.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/3/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha26/03/2004

Nro. de páginas90

Nro. de ediciones4791

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/07/2024

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