Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/12/2003
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
Que por lo expresado corresponde convalidar el beneficio aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, habiendo intervenido la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Acción Social;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Concédese el beneficio de jubilación de Amas de Casa, artículo 7º, Ley Nº 8107, a partir del mes de setiembre de 2003, aconsejado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, a la Sra. Lidia Krauss, clase 1945, MI Nº 4.994.667, domiciliada en ejido, de Villa Libertador San Martín.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, notifíquese por medio del ente previsional provincial y archívese.
- SERGIO A. MONTIEL
- Rubén A. Villaverde - -----DECRETO Nº 4291 MAS
- CONCEDIENDO BENEFICIO
- Paraná, 18 de setiembre de 2003
VISTO:
Las presentes actuaciones elevadas por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, relacionadas con la solicitud efectuada por la Sra. Rosa Elicia Corrales, al régimen de la Ley Nº 8107; y, CONSIDERANDO:
Que según se informa en autos, la solicitante ha reunido los requisitos establecidos por el artículo 7º de la norma para hacerse acreedora al beneficio interesado, como asimismo ha cumplimentado los requisitos exigidos por los artículos correlativos de los Decretos Nº 765/89 MGJOSP, 4076/89 MGJOSP, 3371/90
MEH y 2108/91 MEH;
Que acorde al artículo 10º de la mencionada ley y su concordante artículo 5º del Decreto Nº 3371/90 MEH, el