Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 18/6/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 29.016

CORRIENTES, 18 DE JUNIO DE 2024

fuerza pública, allanar domicilio y requerir los servicios crédito por el modo presencial o por protocolo de de un cerrajero en caso necesario en esta jurisdicción, verificación de créditos virtual Acdo. 8/2020 Anexo del debiendo retrotraer los inmuebles a las condiciones de Superior Tribunal de Justicia. Los deudores y los seguridad en que los hubiere encontrado. Para el caso de acreedores que hubieran solicitado verificación deberán hallarse signos de desplegarse actividad comercial concurrir al domicilio de la sindicatura hasta el 20 de atribuible al fallido, se procederá a la clausura Agosto de 2024 art. 34 L.C.Q. a efectos de revisar los requiriéndose las medidas necesarias, comunicando legajos y formular por escrito las impugnaciones y dentro de las 24 hs. al Tribunal. En tal supuesto, observaciones respecto de las solicitudes formuladas consignará en Secretaría las llaves pertinentes. bajo el régimen previsto por el art. 32 de la ley 24.522.
Informará sobre las condiciones de seguridad. Procederá Intimase a la sindicatura a presentar dentro de las a la colocación de las fajas pertinentes. Se prescindirá de cuarenta y ocho 48 horas de vencido el plazo del art. 34
efectivizarse la clausura si en el inmueble se realizan LCQ copia de las impugnaciones recibidas para ser actividades comerciales no imputables a la fallida en el incorporadas al legajo del art. 279 de la L.C.Q. 2 Fijar el supuesto de tratarse de una vivienda particular, sin día 16 de Septiembre de 2.024 de como fecha hasta la perjuicio en tal caso de la incautación de documentación cual deberá presentar la Sindicatura el Informe de la fallida y el embargo de bienes que fuere menester. Individual art. 35, debiendo en dicha oportunidad El mandamiento deberá ser confeccionado y indicar el modo de verificación por el cual optó el diligenciado por el síndico, haciéndosele saber que, a los acreedor. Fijar el día 29 de Octubre de 2024 como fecha fines de proteger el patrimonio de la fallida, deberá hasta la cual deberá presentar la Sindicatura el Informe proceder al urgente trámite y efectivización de la General que prescribe la ley 24.522 art. 39. 3 Fijar el día diligencia ut supra encomendada. 20 Disponer la 01 de Octubre de 2.024 como fecha en la que el juez realización de los bienes de los fallidos que se hallaren, dictará la resolución de procedencia de los créditos art.
difiriéndose la designación del enajenador y la decisión 36 L.C.Q., respecto de todos los créditos que se hayan sobre la modalidad de venta hasta tanto se detecte la insinuado en este proceso como en el concurso existencia de los mismos y sus características, en cuyo preventivo. 4 Fijar la fecha del 11 de Diciembre de 2024
caso deberá el funcionario concursal acompañar las para dictar la resolución prevista en el art. 117 de la L.C.Q.
piezas necesarias para la formación del incidente de 5 Disponer la interdicción de salida del país del Sr.
venta, donde se proveerá lo pertinente. Hágase saber al Rubén Daniel Encinas D.N.I. N: 16.125.539, sin previa síndico que deberá procurar a la enajenación de la autorización del tribunal art. 103 L.C.Q., la que cesará en totalidad del activo de la fallida dentro de los cuatro forma automática el día 29 de Octubre de 2024. A fin de meses corrientes desde la presente art. 217 LCQ, bajo asegurar su cumplimiento, Ofíciese al Ministerio de apercibimiento de remoción. 21 Disponer se oficie Seguridad de la Provincia de Corrientes, a efectos de que comunicando la quiebra y requiriendo la remisión de las por su intermedio comunique tal circunstancia a la causas de contenido patrimonial contra los deudores, de Policía Federal Argentina, Prefectura Naval Argentina, conformidad al art. 132 y 133 de la Ley 24.522 y su modif. Dirección Nacional de Migraciones, Gendarmería Ley 26.086. La remisión de los procesos atraídos deberá Nacional, Policía de Corrientes, Policía de Seguridad hacerse previo pase por Mesa Receptora Informatizada a Aeroportuaria Jefe de Unidad Operacional de fin de que le asigne radicación en este Juzgado Civil y Corrientes. 6 Insértese, Regístrese y Notifíquese. Fdo.
Comercial N 9, lo que expresamente se hará constar en Dra. Marina Alejandra Antúnez. Juez. Dr. Ricardo M
el oficio a librarse, salvo las exceptuadas en el art. 21 inc. 1 Andreau. Secretario. Juzgado Civil y Comercial N9.
a 3 L.C.Q. bajo el régimen allí previsto Ley 26086, a Corrientes.saber: 1 los procesos de expropiación, los que se funden Se hace saber que la sindicatura está a cargo de C.P.N.
en las relaciones de familia, 2 los de conocimiento en Carlos Federico Rubio con domicilio en calle Entre Ríos trámite y los juicios laborales, salvo que el actor opte por N933 de la ciudad de Corrientes, teléfono fijo: 4424174, suspender el procedimiento en el juzgado de origen y teléfono celular: 379-4691888 y correo electrónico:
verificar su crédito conforme al art. 32 y c.c. L.C.Q. ante el cfrrubio@gmail.com. Días y Horarios de Atención: Lunes juez concursal; y 3 los procesos en que el concursado a Viernes de 17 a 20 hs.sea parte de un litisconsorcio pasivo necesario, Publíquese sin necesidad de previo pago conforme lo conforme Ley 24.522 reformada por Ley 26086; casos en establecido en el art. 273 inc 8 de la Ley Nº 24.522.
los cuales los procesos proseguirán ante el tribunal de su Corrientes, 07 de Junio de 2024.
radicación originaria con intervención necesaria del Dra. Marina Alejandra Antunez - Juez.
síndico. También se deberá consignar nombre y Dr. Ricardo Miguel Andreau - secretario domicilio del síndico. 22 Insértese, Regístrese y I: 14/06 V: 18/06
Notifíquese. Y la Resolución N70 Corrientes, 05 de Junio de 2024.- Y Vistos: . y Considerando: . Resuelvo: 1
Expte. N 229340/22
Fijar el día 06 de Agosto de 2024, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de El Sr. Juez Laboral N 3 de la ciudad de Corrientes, Dr. Julio verificación y los títulos pertinentes al síndico art. 32 Valentin Medina, cita y emplaza por Edictos, los que se L.C.Q.; pudiendo los acreedores optar por verificar su publicaran sin cargo por tres días consecutivos en el PAG. Nº 8

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 18/6/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaísArgentina

Fecha18/06/2024

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones512

Primera edición09/11/2020

Ultima edición25/06/2024

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