Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 15/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.936

CORRIENTES, 15 DE FEBRERO DE 2024

Sección Administrativa Decretos Decreto N 3519
Corrientes, 29 de diciembre de 2023

Dr. Gustavo Adolfo Valdés
Dr. Pedro Braillard Poccard
C. P. Miguel Angel Olivieri Ministro Coordinación y Planificación
Dr. Carlos José Vignolo
Práxedes Ytatí López Ministra de Educación
Dr. Ricardo Alberto Cardozo Ministro de Salud Pública
Ing. Claudio Horacio Anselmo
Dra. Herminda María Gabur Ministro Industria, Trabajo y Comercio
Dr. Buenaventura Duarte Ministro de Seguridad
Osvaldo Claudio Polich
Gustavo Adan Gaya Ministro de Desarrollo Social
Dr. Juan José López Desimoni
Alejandra Eliciri Ministra de Turismo
Dr. Horacio David Ortega C.P. Jorge Antonio Gómez Ministro de Ciencia y Tecnología
Visto:
El expediente Nº 123-28-11-15819/2023, caratulado: MINISTERIO DE HACIENDA
Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS REF: PROYECTO CALENDARIO
FISCAL 2024, y Considerando:
Que en estas actuaciones se establece el calendario de vencimientos para el Ejercicio Fiscal 2024, en el que se incluyen las fechas de vencimiento para el pago de los Impuestos, Tasas y Contribuciones que recauda la Dirección General de Rentas de la Provincia.
Que conforme al artículo 47 del Código Fiscal, corresponde al Poder Ejecutivo establecer las fechas de vencimiento para el pago de los Impuestos, Tasas y Contribuciones que recaude la Dirección General de Rentas de la Provincia.
Que el artículo 56 del citado Código, faculta al Poder Ejecutivo a otorgar bonificaciones que no superen el quince por ciento 15% del impuesto.
Que conforme lo establece el artículo 141 del Código Fiscal, aquellos contribuyentes que ejerzan su actividad en dos o más jurisdicciones deben ajustar su liquidación a las normas del Convenio Multilateral.
Que la Comisión Arbitral establecerá los vencimientos para los contribuyentes de Convenio Multilateral, y los Agentes de Recaudación de los sistemas de que administra.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 de la Ley N 6.250, corresponde al Poder Ejecutivo establecer la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración jurada de existencias de ganado.
Que conforme al artículo 47 de la Ley Nº 6.250 se creó el Impuesto a los Premios obtenidos en juegos realizados en máquinas tragamonedas, para el cual es necesario establecer las fechas de vencimiento respectivas.
Que en cumplimiento de lo normado en el artículo 10, inciso 3, del Código Fiscal, intervino la Dirección General de Rentas, y en consecuencia, a fs. 02/04 y vta. de agregó modelo de decreto; y a fs. 06 el Subsecretario de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, remitió las actuaciones por autorizadas.
Que a fs. 07 y vta. se expidió la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas a través del Dictamen Nº 002052 de fecha 07 de diciembre de 2023 en el que no formuló objeciones respecto al dictado de la norma legal auspiciada y efectuó el encuadre legal correspondiente.
Que a fs. 10/12 y vta. se agregó el proyecto de decreto; a fs. 13 el Ministro de Hacienda y Finanzas se expidió en los términos de los artículos 6 y 9 de la Ley N
6.233; y a fs. 14 y vta. la Fiscalía de Estado emitió el Dictamen Nº 02766 de fecha 28
de diciembre de 2023, en el que no formuló objeciones al trámite de autos, y auspició el dictado del presente acto administrativo.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, inciso 1 y 2
de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: ESTABLÉCESE que para el Ejercicio Fiscal 2024 regirán las fechas de vencimientos para los diferentes tributos, contribuyentes y responsables, que se detallan en el presente decreto.
ARTÍCULO 2: DISPÓNGASE que en tanto las fechas de vencimiento para contribuyentes que tributan bajo el Régimen de Convenio Multilateral, Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias SIRCREB y Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación SIRCAR, coincida con días inhábiles provinciales, el vencimiento se trasladará al primer día hábil siguiente.

PAG. Nº 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 15/2/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaísArgentina

Fecha15/02/2024

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones532

Primera edición09/11/2020

Ultima edición25/07/2024

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