Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 21/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.613
Que a fs. 01 obra solicitud del Ministro Secretario General en el que expresó los fundamentos del pedido del fondo especial solicitado y agregó a fs. 02 comprobante de modificación presupuestaria por la suma de PESOS
CIENTO CUARENTA MILLONES
$ 1 4 0 . 0 0 0 . 0 0 0 , 0 0 ; a f s. 0 3 / 0 4 l a D i r e c c i ó n d e Administración y Personal del citado Ministerio emitió el informe técnico contable en el que indicó el trámite a s e g u i r e n a u to s y e fe c t u ó e l e n c u a d re l e g a l correspondiente; y a fs. 05 y vta. intervino la Dirección de Asistencia Legal y Administrativa del citado Ministerio a través del Dictamen Nº 4 de fecha 19 de enero de 2022, en el que opinó en sentido favorable a la prosecución del trámite.
Que a fs. 06 el Ministro Secretario General remitió las actuaciones al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en cumplimiento del trámite normado para el caso, y en consecuencia intervinieron, a fs. 07/08 la Contaduría General de la Provincia quien a través de los Informes Nº 31/2022 y Nº32/20 de fecha 28 de enero de 2022, efectuó un análisis de lo actuado sin formular objeciones, y a fs.
09 se expidió en igual sentido la Tesorería General de la Provincia; a fs. 12 la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas, quien se expidió respecto del trámite presupuestario; y a fs. 13 y vta. la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Nº 00050
de fecha 3 de enero de 2022, en el que auspicio el dictado del presente decreto.
Que en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Nº 3.055/2004 Anexo I, se dio intervención al Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Que el artículo 35 de la Ley Nº 5.571 de Administración Fi n a n c i e r a e s t a b l e c e q u e l o s re c u r s o s s e r á n incorporados al presupuesto por decreto del Poder Ejecutivo, como así también los créditos por igual importe para atender la finalidad a la que dichos recursos estuvieran destinados, debiendo comunicarse a la Legislatura Provincial.
Que el artículo 15 de la Ley Nº 6.594 de Presupuesto de 2022 faculta al Poder Ejecutivo para que través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen ampliaciones del crédito presupuestario en las partidas ya existentes, o a incorporar como partidas específicas en la medida que las mismas sean consecuencia de mayores ingresos, en concepto de recursos que no se encuentren considerados en dicha norma.
Que conforme a ello, el presente caso se encuadra en los artículos 5º inciso b; 6º inciso e; ll, 12 y 26, Capitulo II del Anexo I del Decreto Nº3.055/2004; así como también en lo previsto en los artículos 23, 28, y 29 inciso b, puntos 1, 3, 4, y 5 del mencionado instrumento legal.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
A R T Í C U LO 1 º : A P R U É B A S E l a m o d i f i c a c i ó n presupuestaria de gastos Nº 10/2022 de la Jurisdicción 02-Ministerio de Hacienda y Finanzas, la que como anexo forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º: CONSTITÚYASE en la Jurisdicción: 07-

CORRIENTES, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Ministerio Secretaria General, Unidad de Organización:
15 -Secretaria General, un fondo especial por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MILLONES $ 140.000.000,00, con cargo de oportuna y documentada rendición ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, que será destinado a atender gastos que emerjan de la realización de los Carnavales Correntinos 2022, tales como montaje de infraestructura, palcos y tribuna, audio unificado, baños químicos con servicio de desagote y limpieza, y carros de sonido; a llevarse a cabo en el Cosmódromo Nolo Alias de la Ciudad de Corrientes durante el mes de febrero de 2022.
A R T I C U LO 3 º : AU TO R I Z A S E l a D i re c c i ó n d e Administración y Personal del Ministerio Secretaria General a emitir el correspondiente comprobante de contabilidad General de la Provincia del fondo, contra la Tesorería General de la Provincia, y a su favor debiendo imputar la erogación a las partidas específicas el presupuesto vigente, por la suma y conceptos indicados en el artículo 2º.
ARTÍCULO 4º: ENCUÁDRASE el presente caso en los artículos 50 inciso b; 60 inciso e; 11, 12 y 26 del Capítulo II
del Anexo I del Decreto Nº 3.055/2004; así como también en lo previsto en los artículos 23, 28, y 29 inciso b, puntos 1, 3, 4, y 5 del mencionado instrumento legal.
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura Provincial, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 34 tercer párrafo de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTICULO 6º: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas y el Ministro Secretario General.
ARTICULO 7º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Ministerio Secretario General, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Rivas Piasentini
Decreto N 2018
Corrientes, 11 de julio de 2022
Visto:
El expediente Nº 150-00014-2020 del registro de la Secretaría de Energía, y;
Considerando:
Que, en las presentes actuaciones se eleva la Resolución Nº 184 de fecha 10 de mayo de 2022, solicitando su aprobación correspondiente por decreto del Poder Ejecutivo.
Que en atención a la normativa vigente resulta necesaria la aprobación el acto administrativo de referencia, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativas de la jurisdicción 17-unidad organizacional número 02-Dirección de Desarrollo Eléctrico Secretaría de Energía, encuadrando el presente caso en lo establecido por Decreto Nº 612 de fecha 3 de Abril de 2002, por lo que estima oportuno proceder en
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 21/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaísArgentina

Fecha21/09/2022

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones532

Primera edición09/11/2020

Ultima edición25/07/2024

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